Facultad de Educación

Junta de facultad y comisiones

La Junta de Facultad es el órgano máximo de representación y gobierno de la
Facultad, con competencias propias en materia de organización, coordinación y gestión. Está formada por el Equipo Decanal y una representación del profesorado, estudiantado y personal de administración y servicios que integran la Facultad.

Entre sus funciones están:

a) Definir y aprobar la política de actuación de la Facultad, tanto en lo que concierne a la docencia como en lo relativo a su régimen administrativo y económico.

b) Aprobar el Proyecto de Reglamento de Régimen Interior de la Facultad y sus modificaciones.
c) Elegir al Decano o Decana, así como resolver las cuestiones de confianza y las mociones de censura que se pudieran presentar.
d) Aprobar los planes de ordenación docente de la Facultad.
e) Proponer e informar la modificación de sus planes de estudio.
f) Aprobar los criterios para la elaboración de horarios y calendario de
exámenes.
g) Aprobar la distribución de los fondos asignados al Centro con cargo a
los Presupuestos de la Universidad de La Laguna, y conocer, al menos
semestralmente, el grado de ejecución de su presupuesto.
h) Supervisar y conocer la actuación de los órganos colegiados y
unipersonales de gobierno de la Facultad, de las Comisiones de la Facultad y de sus servicios, de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del
presente artículo.
i) Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Universidad de La
Laguna y el Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Educación.
j) Ejercer cualesquiera otras funciones que le asignen los órganos
superiores de gobierno universitario o le reconozca la normativa vigente.

La Facultad de Educación posee en el Entorno Colaborativo del Campus Virtual un espacio donde se puede consultar toda la documentación vinculada a la Junta de Facultad (actas, documentos aprobados e informaciones).

Siguiendo el Capítulo I, Artículo 24 del Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Educación, la Junta de Facultad será presidida por el decano, y estará integrada por doscientos miembros, que serán los siguientes:

  1. El decano o decana, los vicedecanos y vicedecanas, el secretario o secretaria y el administrador o administradora de la Facultad.
  2. Una representación de los distintos sectores que integran la Facultad, cuya composición se ajustará a los siguientes porcentajes:
    1. Un cincuenta y uno por ciento constituido por:
      1. El profesorado funcionario que figure en la programación docente de la Facultad, y que desarrolle al menos el 25% de su actividad docente en la misma.
        1. Los directores de aquellos departamentos que impartan al menos un 25% de su carga lectiva en la Facultad y sean funcionarios de los cuerpos docentes universitarios.
        2. El resto del profesorado funcionario necesario para completar el 51% mediante elección entre el que preste servicios en la Facultad.
    2. Un nueve por ciento constituido por:
      1. Los directores de aquellos departamentos que impartan al menos un 25% de su carga lectiva en la Facultad y sean profesores contratados.
      2. El resto del profesorado contratado necesario para completar el 9% mediante elección entre los que figure en la programación docente de la Facultad, y que desarrolle al menos el 25% de su actividad docente en la misma. En todo caso deberán estar representadas todas las áreas de conocimiento que impartan docencia en la Facultad.
        Los directores de los departamentos que impartan docencia en la Facultad y no formen parte de la Junta de Facultad tendrán derecho a audiencia en las Juntas de Facultad en las que se sometan a debate cuestiones relativas a las materias que imparten en el mismo.
    3. Un treinta por ciento del alumnado de los diversos ciclos matriculado en la Facultad.
    4. Un diez por ciento del personal de administración y servicios que presta sus servicios en la Facultad y en los departamentos que impartan al menos un 25% de su carga lectiva en la Facultad.

En el caso de que el alumnado y/o el personal de administración y servicios no cubran por completo los puestos que les corresponden en la Junta de Facultad, dichos puestos serán atribuidos al sector del profesorado contratado. En el caso en que el profesorado contratado y el personal de administración y servicios no cubran por completo los puestos que les corresponden en la Junta de Facultad, dichos puestos serán atribuidos al alumnado.

Composición Junta de Facultad 

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