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Movilidad internacional

AVISO

Movilidad Erasmus 2012-2013 STA, STT y PAS.

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2012, por la que se convocan ayudas del Organismo Au- tónomo de Programas Educativos Europeos pa- ra participar en acciones de movilidad do- cente (STA) dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-Erasmus en el curso académico 2012-2013.

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2012, por la que se convocan ayudas del Organismo Au- tónomo de Programas Educativos Europeos pa- ra participar en acciones de movilidad inter- nacional de formación (STT) del Personal de Administración y Servicios (PAS) dentro del Pro- grama de Aprendizaje Permanente-Erasmus, curso académico 2012-2013.

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2012, por la que se convocan ayudas del Organismo Au- tónomo de Programas Educativos Europeos pa- ra participar en acciones de movilidad inter- nacional de formación (STT) del Personal Docente e Investigador dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-Erasmus, curso aca- démico 2012-2013.

Cosultar aquí. Fin plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Programa LLP/ERASMUS (movilidad de estudiantes entre universidades europeas)

El objetivo principal del programa de movilidad de estudiantes es contribuir a mejorar la calidad de la educación superior reforzando la cooperación europea e incrementando las oportunidades de aprendizaje de los ciudadanos de la Unión Europea (UE).

El programa financia una amplia variedad de actividades destinadas a incrementar la colaboración en el sector europeo de la enseñanza superior, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de los recursos humanos en todos los países participantes.

El Programa ofrece a los estudiantes la oportunidad de realizar un período de estudios en una universidad asociada mediante el correspondiente Convenio Bilateral, y obtener el Reconocimiento Académico de sus estudios.

El Vicerrectorado de Relaciones Universidad y Sociedad, a principios de año (febrero-marzo) realiza una única convocatoria en la que se relacionan todas las plazas de intercambio que la ULL, a través de sus Centros, tiene acordadas en los convenios firmados con Universidades e Instituciones de Enseñanza Superior de la Unión Europea y otros países asociados.

La convocatoria, gestionada en coordinación con los Centros por la Oficina de Relaciones Internacionales, recoge las condiciones de las plazas de intercambio, los procedimientos de selección y el calendario de actuaciones y plazos.

La selección y adjudicación de las plazas se hará siguiendo los criterios específicos de elegibilidad para la movilidad en el nuevo Programa LLP/Erasmus mencionados en el apartado 1.2.

Los recomendados desde la ORI:


Además de los criterios específicos de cada centro.

¿Quién puede ser candidato Erasmus?

Los criterios de elegibilidad para la movilidad de estudiantes son los siguientes:

Programa  LLP-Erasmsus – Movilidad de estudiantes – Prácticas

El Programa ofrece a los estudiantes la oportunidad de realizar un período de prácticas en empresas. El alumno, junto con el beneficiario (en este caso La Fundación Universidad Empresa) y la empresa, firmará su Contrato de Prácticas acompañado de dos anexos: El Acuerdo de Formación (Training Agreement) y las Condiciones Generales del Contrato.

El Acuerdo de Formación (Training Agreement) incluirá: el programa de tareas o de trabajo que se llevará a cabo, los resultados del aprendizaje en materia de conocimientos, las competencias y capacidades que deben adquirirse, las disposiciones relativas a la tutoría, la correspondencia del período de prácticas realizado con los estudios/la titulación del estudiante, el reconocimiento pleno de dichas prácticas, etc. Cualquier variación del mismo tiene plazo de un mes para su modificación una vez el estudiante haya llegado al lugar de destino. El Compromiso de Calidad  es un documento estándar que presenta las funciones y responsabilidades de las partes implicadas en las prácticas y que forma una parte integral del Acuerdo de Formación.

Aspectos generales


La ULL, ULPGC y la FULP forman un consorcio con el objeto de trabajar conjuntamente y facilitar las prácticas en empresas destinadas a estudiantes de enseñanza superior. El coordinador del consorcio (FULP) es la organización que está al frente del grupo y es denominado ‘beneficiario’ según el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos (OAPEE).

Serán empresas elegibles para prácticas todas aquellas entidades que cumplan la definición de "Empresa": cualquier entidad que desempeñe una actividad económica en el sector público o privado, independientemente de su tamaño, régimen jurídico o del sector económico en el que opere, incluida la economía social (base legal, Art.2, nº 25).

 No se considerarán entidades de acogida los siguientes tipos de organizaciones:

A efectos de la realización de prácticas de estudiantes, NO es necesaria la existencia de acuerdos interinstitucionales entre la institución de enseñanza superior de origen y la empresa de acogida elegible.

Se establecen los siguientes requisitos para el procedimiento de selección:

 
Las instituciones de origen otorgarán pleno reconocimiento a los períodos de prácticas que formen parte del plan de estudios del estudiante, preferiblemente a través de los créditos ECTS.  En el caso de un período de prácticas que no forme parte del plan de estudios, la institución debe prestar su reconocimiento de dicho período como mínimo haciendo constar dicha información en el Suplemento Europeo al Título.

¿Quién puede ser candidato Erasmus en prácticas?

Los criterios de elegibilidad para la Movilidad de Estudiantes en Prácticas son los siguientes:

Trámites que debe seguir el alumno interesado

Tras la publicación de la convocatoria, el alumno presentará en su centro correspondiente la documentación necesaria, que será remitida al consorcio para su posterior negociación con la empresa en destino y gestión de contrato.

La empresa puede contactar con el alumno con el fin de comprobar datos y acreditaciones, bien sea por teléfono o correo electrónico.

Una vez aceptado como alumno en prácticas debe firmar los siguientes documentos:

    * Acuerdo de Formación (Training Agreement) que incluirá:

               1. el programa de tareas o de trabajo que llevará a cabo,
               2. los resultados del aprendizaje en materia de conocimientos,
               3. las competencias y capacidades que deben adquirirse,
               4. las disposiciones relativas a la tutoría,
               5. la correspondencia del período de prácticas realizado con los estudios/la titulación,
               6. el reconocimiento pleno de dichas prácticas, etc.

Cualquier variación del mismo tiene plazo de un mes para su modificación una vez el estudiante haya llegado al lugar de destino;

                      # Condiciones generales del contrato

Al término de su estancia en prácticas, el alumno debe presentar un informe de su actividad junto al resto de documentación requerida por el jefe de fila del consorcio.


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