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Reconocimiento y transferencia de créditos

Transferencia y Reconocimiento de Créditos: sistema propuesto por la Universidad

Este Plan de Estudios se ha articulado siguiendo las directrices de la ULL y el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en sus artículos nº 6 y 13, a fin de satisfacer y garantizar la transparencia en el reconocimiento de las habilidades y competencias adquiridas en cada asignatura, así como el número de créditos ECTS empleados para este fin.

Los créditos obtenidos por el estudiante con anterioridad, podrán ser reconocidos en las nuevas enseñanzas seguidas por él, de acuerdo a la normativa que a tal efecto establece la Universidad de La Laguna. En todo caso, se deberán respetar las siguientes reglas básicas:

De acuerdo con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado.

En el Grado de Ingeniería Agrícola y del Medio Rural, estos 6 créditos serán reconocidos por materias de carácter optativo.

El Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de Créditos de la Universidad de La Laguna fue aprobado en la sesión del Consejo de Gobierno celebrada el 24 de marzo de 2010 (Boletín Oficial de Canarias, nº 81, de 27 de abril).


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