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Trabajo de Fin de Grado

Normativa del Trabajo de Fin de Grado

Estudios Clásicos (EE CC)

En el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales e indica que todas las enseñanzas de Grado concluirán con la realización de un trabajo de fin de Grado, que formará parte del plan de estudios.

La siguiente normativa recoge las directrices generales acerca de la elección, tutela, realización y presentación, para su posterior evaluación, del trabajo fin de Grado.

Definición y características

El Trabajo de Fin de Grado (TFG) constituye un trabajo individual que cada estudiante realizará bajo la supervisión de un tutor, sobre un tema elegido por el alumno.

El TFG ha de tener un tamaño de entre 30 y 50 páginas, no superando en ningún caso esta última cifra.

Para matricularse en la asignatura del TFG, el alumno ha de tener completada la totalidad de los créditos correspondientes a los tres primeros cursos, y para poder presentar el TFG es necesario haber completado, también, la totalidad del resto de los créditos del Grado.

Sobre la figura del tutor

Cada curso académico, se fijará un plazo, dentro del primer semestre de 4º curso, en el que los estudiantes que cumplan las condiciones arriba indicadas, presentarán una instancia en la Secretaría del Departamento en la que se haga constar el tema sobre el que se desea trabajar y el tutor que dirija el trabajo.

El alumno tendrá hasta el mes de enero del curso en que se matricule para realizar posibles modificaciones en relación al tema y al tutor elegidos. Habrá de comunicarlo al coordinador de la asignatura "Trabajo Fin de Grado", que llevará un registro de los TFG que se han propuesto para ese curso académico.

El coordinador de la asignatura procurará, oyendo al alumno y al posible tutor, una asignación adecuada y proporcionada de tutores y TFG. En caso de que más de dos alumnos aspiren a trabajar con el mismo tutor, serán aquellos con las dos notas medias más altas en los tres primeros cursos del Grado los que accedan a ser tutorizados por ese profesor.

En cualquier caso, el coordinador de la asignatura orientará al alumno en el tema sobre el que trabajar y el profesor que lo tutorice, sin menoscabo de decisión final por parte del alumno y la aceptación por parte del tutor.

El tutor del trabajo solo podrá ser elegido por el alumno entre los profesores que aparezcan en la Guía Docente de la asignatura "Trabajo Fin de Grado".

La asignación de tutor y tema tendrá validez únicamente durante el curso académico vigente.

Los alumnos que participen en un programa de movilidad y realicen el TFG durante su estancia en otro centro tendrán igualmente asignado un tutor del departamento por el procedimiento arriba indicado.

Sobre la presentación y evaluación del TFG

La presentación y defensa del TFG se realizará en las convocatorias oficiales establecidas. El plazo para la entrega y aprobación del Trabajo Fin de Grado es el mismo que para cualquier otra asignatura, es decir, el fijado para las diferentes convocatorias.

Se entregarán en la Secretaría del Departamento una copia impresa del TFG y una copia en formato digital, que serán archivadas en la Secretaría del Departamento.

El trabajo se adaptará a las normas de estilo y redacción utilizadas para los trabajos realizados durante el grado en las diversas asignaturas (Formato de trabajo normalizado para EE CC).

El trabajo será evaluado atendiendo a los criterios de evaluación establecidos en la Guía Docente de la asignatura por un tribunal integrado por tres profesores de la ULL nombrados a tal fin por el tutor del trabajo, sin que se realice una defensa pública del mismo.

En el caso de disconformidad con la calificación obtenida, se seguirán los procedimientos habituales establecidos al efecto.

La titularidad de los derechos de propiedad intelectual de los TFG corresponde a los estudiantes que los hayan realizado, en los términos y con las condiciones previstas en la legislación vigente (Ley de Propiedad Intelectual, Real Decreto Legislativo 1/1996, 12 abril).

En caso de publicación del trabajo habrá de hacerse constar el tutor y el origen y función original del trabajo.

Se habilitará un libro de actas en la Dirección del Departamento, cuyo custodio será el Secretario, para el registro de los TFG presentados, haciendo constar el nombre de los miembros del tribunal, el tutor, el alumno, el título del trabajo y la calificación obtenida.


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