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Normativa

Definición

Las Aulas Culturales de la Universidad de La Laguna (ACULL) constituyen entidades autónomas especializadas, de carácter democrático y participativo, vinculadas orgánicamente, y a todos los efectos, al Vicerrectorado con competencias en materia de Extensión Universitaria (VEU) como departamento responsable de la política y proyección culturales de la ULL.

Objetivos

Los objetivos de las ACULL son diversos, debiendo establecerlos cada una de ellas en su correspondiente Documento de Identidad. De modo general, se pueden citar los siguientes:

  • Promover la dinamización cultural en el ámbito universitario, especializándose en distintas temáticas.
  • Contribuir a la descentralización de la actividad cultural del VEU.
  • Favorecer la participación conjunta en actividades culturales de profesores, alumnos y PAS, junto a personas y entidades que no formen parte de la comunidad universitaria.

Creación, registro y desaparición

Las ACULL serán creadas por la Junta de Gobierno de la ULL, previo acuerdo de la Comisión Delegada con competencias en materia de Extensión Universitaria.

La solicitud de creación de un Aula deberá dirigirse al Vicerrector con competencias en materia de Extensión Universitaria, acompañada preceptivamente de la siguiente documentación: documento de identidad del Aula (nombre, antecedentes, objetivos, etc.); Director y Secretario provisionales; relación de componentes; propuesta de reglamento de régimen interior; programa anual de actuaciones; cualquier otra documentación que se estime conveniente.

En el VEU se abrirá un Registro de ACULL en el que se inscribirán los identificadores de cada Aula, y en especial las variaciones en sus cargos directivos, así como todas aquellas modificaciones que se produzcan fruto de su normal funcionamiento.

Cuando un ACULL no realice actividad alguna a lo largo de dos cursos académicos consecutivos, el VEU podrá proponer a la Comisión Delegada con competencias en materia de Extensión Universitaria la desaparición del Aula, que causará baja en el Registro de ACULL cuando lo apruebe la Junta de Gobierno.

Organización y funcionamiento

Las ACULL habrán de dotarse de un Reglamento de Régimen Interior (RRI) que aprobará el órgano que decida la propia Aula y refrendará la Comisión Delegada de Junta de Gobierno con competencias en materia de Extensión Universitaria, previo dictamen de los servicios jurídicos de la ULL.

El RRI establecerá los órganos y los procedimientos que estime conveniente con el fin de asegurar la organización y el funcionamiento democrático del Aula.

El RRI determinará el procedimiento para la elección de un Director, que habrá de ser miembro del PDI o del PAS, y un Secretario de actas del Aula, que serán los interlocutores válidos con el VEU. En todo caso el Director deberá ser miembro de la comunidad universitaria y sólo en casos excepcionales, suficientemente justificados, podrá haber un Codirector externo a la ULL. Los Directores de las Aulas serán nombrados por el Vicerrector con competencias en materia de Extensión Universitaria, dando cuenta de ello a la Comisión Delegada correspondiente.

Se crea una Comisión Asesora de ACULL, integrada por el Vicerrector con competencias en materia de Extensión Universitaria, todos los Directores, el Director del Secretariado de dicho Vicerrectorado, el Jefe de Sección del mismo y el Coordinador de las ACULL. Su objetivo fundamental será el de asesorar al Vicerrector y coordinar la actividad de las ACULL, diseñar las convocatorias anuales de proyectos, proponer la programación conjunta e informar de cuantos asuntos se estimen de interés en la relación de las ACULL con el Vicerrectorado. Se reunirá con carácter ordinario en el mes de diciembre de cada año y con carácter extraordinario cuantas veces se requiera para el buen funcionamiento de la ACULL, tanto a petición de la mayoría de éstas como del Vicerrectorado, siempre por medio de convocatoria oficial.

Las relaciones de las ACULL con el VEU se articularán, a efectos de la gestión ordinaria de su programación, a través del Coordinador de las ACULL, del Área de Gestión Cultural del VEU.

Programación cultural y dotación económica de las ACULL

Las ACULL tienen autonomía para elaborar su programación cultural, cuya planificación será anual. El VEU hará cada año una convocatoria de proyectos a efectos de subvencionar en parte o en su totalidad, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias, la programación anual de las ACULL. Dicha convocatoria será resuelta por la Comisión Delegada de Junta de Gobierno con competencias en materia de Extensión Universitaria. Las ACULL elaborarán una memoria anual de sus actividades, que será presentada en el VEU en el plazo que se establezca. La presentación en forma y plazo de dicha memoria es condición indispensable para concurrir a siguientes convocatorias.

El presupuesto anual de las ACULL estará formado por los recursos que le sean asignados por el VEU y por las subvenciones externas que reciba por su actividad, que en todo caso habrán de ser de carácter finalista. Igualmente, las ACULL deben realizar cada año un balance económico de su actividad, cuya memoria detallada se remitirá al VEU en el plazo que se establezca. La presentación en forma y plazo de dicha memoria también es condición indispensable para concurrir a siguientes convocatorias.


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