Artículo 37.- La Universidad de La Laguna, en los términos que establezca el Consejo de Gobierno, admite dos tipos de matrícula:
a) La ordinaria, que habrá de realizarse para seguir los estudios encaminados a la obtención de un título o diploma.
b) La extraordinaria, que podrá realizarse en asignaturas diversas por motivos de interés personal, con el consiguiente reconocimiento académico.