Para el acceso a los estudios oficiales de Posgrado será necesario estar en posesión del título de Grado u otro expresamente declarado equivalente.
Excepcionalmente, y previa solicitud individual y razonada del interesado, las universidades, mediante resolución rectoral, previo informe vinculante del Consejo de Dirección, podrán admitir a aquellos estudiantes que, sin estar en posesión del correspondiente título, acrediten haber superado al menos 180 créditos correspondientes a las enseñanzas de primer ciclo, siempre y cuando entre éstos esté comprendida la totalidad de los contenidos formativos comunes de un título de Grado.
Normativa Reguladora de Acceso a los Estudios de Posgrado de la ULL.