Contenidos teóricos y prácticos de la asignatura
El TFG podrá ser un proyecto técnico, trabajo teórico, empírico o experimental, de carácter o de aplicación profesional o de innovación.
La Comisión de TFG, en coordinación con los departamentos/UD, publicará un listado de propuestas de TFG con el profesorado encargado de su supervisión. Una vez finalizado el período de matrícula, la Comisión de TFG comunicará a cada área de conocimiento el número mínimo de proyectos de TFG que deberá ofertar. Cada área de conocimiento implicada deberá remitir a al Comisión de TFG, en el plazo establecido para ello, una relación de temas de TFG con sus tutores y tutoras, suficiente para cubrir el número de proyectos de TFG mínimo que se le haya solicitado.
El procedimiento de asignación de TFG al alumnado será el siguiente:
a. En el plazo que establezca el Centro, y siempre antes de la publicación de la oferta de TFG mencionada anteriormente, el alumnado y el profesorado podrán acordar la tutorización de un determinado TFG, con el visto bueno del Departamento/UD al que pertenezca el profesor o la profesora. Para ello, el alumnado deberá comunicarlo antes de la finalización del plazo que se establezca y por el procedimiento que el Centro establezca a tales efectos.
b. Una vez remitida por las áreas, la Comisión de TFG hará pública una relación de temas y tutoras y tutores para los TFG.
c. Los y las estudiantes deberán solicitar la asignación de TFG, para ello deberán establecer la prelación entre los TFG ofertados. La asignación de TFG se realizará según una relación priorizada de alumnos matriculados atendiendo a la nota media de las asignaturas de los tres primeros cursos (en el caso de asignaturas no superadas se tendrá en cuenta la mayor calificación obtenida). En el caso de alumnado que no haya cursado asignaturas del tercer curso por haber participado en programas de movilidad y no existir asignaturas equivalentes en la universidad de destino, no se le contabilizarán las calificaciones de esas asignaturas a la hora de obtener la nota media
d. En el menor plazo posible desde la finalización de la matrícula, la Comisión de TFG deberá notificar a los y las estudiantes, el listado provisional de las adjudicaciones y el periodo de reclamaciones.
e. Finalizado el periodo de reclamaciones, la Comisión de TFG publicará el listado definitivo. Cualquier modificación posterior tendrá que ser decidida de común acuerdo por los y las estudiantes y profesorado afectado y, en todo caso, siempre que la Comisión de TFG lo autorice, dándole la adecuada publicidad.
f. Para el estudiantado que hubiese ampliado su matrícula al TFG en el período que se estableciese al efecto en la instrucción de matrícula del curso académico correspondiente, se publicará un listado con las mismas características que el anterior, en el que se podrán utilizar las tutelas que hayan quedado vacantes, adicionando las que sean necesarias, en su caso, para cubrir el total de TFG de nueva demanda, siendo de aplicación lo expuesto en los apartados anteriores.
g. Si el o la estudiante no superase la asignatura en ese curso y se matriculase en el curso siguiente, no será necesario renovar la adjudicación y tutela del TFG, salvo que el o la estudiante o la o el tutor solicite cambiarla. La adjudicación tendrá una validez de dos años académicos consecutivos, salvo que el o la estudiante o el o la tutora solicite una nueva adjudicación.
La Comisión de TFG, en coordinación con los departamentos/UD, publicará un listado de propuestas de TFG con el profesorado encargado de su supervisión. Una vez finalizado el período de matrícula, la Comisión de TFG comunicará a cada área de conocimiento el número mínimo de proyectos de TFG que deberá ofertar. Cada área de conocimiento implicada deberá remitir a al Comisión de TFG, en el plazo establecido para ello, una relación de temas de TFG con sus tutores y tutoras, suficiente para cubrir el número de proyectos de TFG mínimo que se le haya solicitado.
El procedimiento de asignación de TFG al alumnado será el siguiente:
a. En el plazo que establezca el Centro, y siempre antes de la publicación de la oferta de TFG mencionada anteriormente, el alumnado y el profesorado podrán acordar la tutorización de un determinado TFG, con el visto bueno del Departamento/UD al que pertenezca el profesor o la profesora. Para ello, el alumnado deberá comunicarlo antes de la finalización del plazo que se establezca y por el procedimiento que el Centro establezca a tales efectos.
b. Una vez remitida por las áreas, la Comisión de TFG hará pública una relación de temas y tutoras y tutores para los TFG.
c. Los y las estudiantes deberán solicitar la asignación de TFG, para ello deberán establecer la prelación entre los TFG ofertados. La asignación de TFG se realizará según una relación priorizada de alumnos matriculados atendiendo a la nota media de las asignaturas de los tres primeros cursos (en el caso de asignaturas no superadas se tendrá en cuenta la mayor calificación obtenida). En el caso de alumnado que no haya cursado asignaturas del tercer curso por haber participado en programas de movilidad y no existir asignaturas equivalentes en la universidad de destino, no se le contabilizarán las calificaciones de esas asignaturas a la hora de obtener la nota media
d. En el menor plazo posible desde la finalización de la matrícula, la Comisión de TFG deberá notificar a los y las estudiantes, el listado provisional de las adjudicaciones y el periodo de reclamaciones.
e. Finalizado el periodo de reclamaciones, la Comisión de TFG publicará el listado definitivo. Cualquier modificación posterior tendrá que ser decidida de común acuerdo por los y las estudiantes y profesorado afectado y, en todo caso, siempre que la Comisión de TFG lo autorice, dándole la adecuada publicidad.
f. Para el estudiantado que hubiese ampliado su matrícula al TFG en el período que se estableciese al efecto en la instrucción de matrícula del curso académico correspondiente, se publicará un listado con las mismas características que el anterior, en el que se podrán utilizar las tutelas que hayan quedado vacantes, adicionando las que sean necesarias, en su caso, para cubrir el total de TFG de nueva demanda, siendo de aplicación lo expuesto en los apartados anteriores.
g. Si el o la estudiante no superase la asignatura en ese curso y se matriculase en el curso siguiente, no será necesario renovar la adjudicación y tutela del TFG, salvo que el o la estudiante o la o el tutor solicite cambiarla. La adjudicación tendrá una validez de dos años académicos consecutivos, salvo que el o la estudiante o el o la tutora solicite una nueva adjudicación.
Actividades a desarrollar en otro idioma
Atendiendo a que los alumnos deben demostrar que han adquirido la competencia del conocimiento de una segunda lengua extranjera, se ha establecido como requisito previo a la presentación y defensa del TFG la acreditación, por parte del estudiante, del conocimiento del inglés como lengua extranjera, debiendo acreditar nivel B1 o equivalente. Para más información consultar el apartado 2 de esta guía docente.