Descripción
1) MODALIDAD DE EVALUACIÓN CONTINUA (EVC)
De conformidad con la Memoria de Verificación del Grado, la evaluación del alumno se realizará a través del desarrollo de las actividades que se describen a continuación:
i) la asistencia regular a las clases prácticas programadas semanalmente, a cuyo fin el alumnado será sometido a un control de asistencia; esta actividad representará 0,5 puntos del máximo posible de 2,0 puntos de la EVC; para puntuar en este apartado será indispensable que los alumnos/as acrediten, al menos, la asistencia a todas menos una de esas clases prácticas, según el control regular de asistencia realizado por el profesor/a; la asistencia a un número inferior de prácticas semanales, con independencia de las razones justificadas o no que exponga el alumno/a, y dado el carácter continuado de la evaluación, obligarán a éste a optar, bien por puntuar sólo en el resto de las pruebas de la EVC, bien por realizar la prueba alternativa que se dirá, con la finalidad de disputar la totalidad de la calificación posible de la asignatura.
ii) la asistencia a la actividad formativa (AF) programada en la asignatura, en la cuál se llevará a cabo un control de asistencia, así como la realización de un cuestionario de respuestas cortas relacionado con dicha AF; representará 0,50 puntos del máximo posible de 2,0 puntos de la EVC.
iii) y la realización de dos prácticas evaluables relacionadas con los contenidos de la asignatura, que deberán ser entregadas al profesor/a según las normas y calendario que se publique con suficiente antelación en el Aula Virtual, y no más tarde de la última semana lectiva del curso; estas dos prácticas serán evaluadas a razón de un total por ambas de 1,0 punto del máximo posible de 2,0 puntos de la EVC, es decir, 0,5 puntos por cada práctica evaluable.
iv) el alumno/a podrá obtener un máximo de 2,0 puntos en la EVC (equivalente al 20% de la calificación total de la asignatura); los restantes 8,0 puntos posibles (equivalentes al 80% de la calificación total) saldrán de la realización -en la convocatoria oficial de la asignatura- de una prueba tipo test; en este test se deberá obtener, además, al menos la mitad de la puntuación posible, y dicha puntuación mínima será ponderada al 80% (equivalente a 8,0 puntos máximos posibles) y sumada a la puntuación total obtenida en la EVC, para determinar por la suma de ambas la calificación final de la asignatura (hasta el máximo de 10,00 puntos posibles o el 100% de la calififacación). Los alumnos/as que no obtengan en el test, al menos, la mitad de la puntuación máxima, no sumarán, por tanto, la calificación de la EVC, y figurarán -con la nota del test ponderada- con la calificación final de suspenso.
v. La EVC estará sometida a los siguientes requisitos mínimos:
1. para participar en las pruebas de EVC y aspirar a calificación por este concepto será indispensable que el alumno/a publique en el aula virtual, no más tarde de la segunda semana de clases, una fotografía tipo carnet (que permita su identificación de forma clara y que sea respetuosa con el entorno académico al que va dirigida);
2. para puntuar por EVC será necesario obtener, al menos, la mitad de la puntuación reservada a las pruebas de la misma, esto es, 1,00 punto de los 2,00 máximos posibles. Los/as que no obtengan al menos 1,00 punto no sumarán ninguna puntuación por EVC y sólo podrán obtar, sin perjuicio de hacerlo por la evaluación alternativa, al 80% de la calificación total que representa la prueba objetiva tipo test que se realizará en la convocatoria oficial de la asignatura.
3. la calificación obtenida por EVC se mantendrá durante las tres convocatorias oficiales ordinarias del curso académico, salvo que el interesado opte por la evaluación alternativa (EA) en cualquiera de ellas, en cuyo caso no se tendrá en cuenta en esa convocatoria, ni en la/s que pueda/n restar de las tres mencionadas.
4. los alumnos de 5ª, 6ª y 7ª convocatoria son, por defecto, alumnos de Tribunal y, por tanto, sólo podrán aspirar a obtener calificación por EVC en caso de que renuncien a Tribunal al comienzo de las clases y, en todo caso, dentro del plazo reglamentario, todo ello de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna.
5. la participación en las actividades de evaluación continua no constituye un requisito necesario para presentarse al examen tipo test. No obstante, los alumnos que no hayan participado en las actividades de evaluación continua y opten, a pesar de ello, por presentarse al examen tipo test de la convocatoria (en lugar de someterse al sistema de evaluación alternativa) habrán de tener en cuenta que la calificación obtenida en el examen constituye únicamente el 80% de la calificación final de la asignatura.
2) MODALIDAD DE EVALUACIÓN ALTERNATIVA (EA)
Los alumnos/as que renuncien a la calificación obtenida en la EVC, o que no tengan calificación en dicha EVC por la razón que sea, o los que siendo de 5ª, 6ª o 7ª convocatoria no hayan renunciado en tiempo y forma a Tribunal, podrán/deberán optar por la evaluación alternativa (EA), que consistirá en un examen de carácter oral, en el que deberán responder a las preguntas de índole teórica y/o práctica que les formularán los profesores de la asignatura. La prueba será calificada de 0 a 10, debiendo responder correctamente a todas las preguntas formuladas para superar la asignatura. Todo ello de conformidad con los Estatutos y los reglamentos vigentes de la ULL.
Los alumnos/as que opten por esta EA deberán comunicarlo al profesor/a de su grupo, mediante el correo institucional, no más tarde de la penúltima semana lectiva del cuatrimestre, a fin de que pueda organizarse adecuadamente la realización de la prueba oral, permitiendo el reparto de tareas entre el profesorado evaluador y previendo, caso de ser necesario, el número de sesiones que requiera la realización de dicha prueba.
En caso que el estudiante no se presente al examen de la convocatoria oficial, la calificación en el acta será de no presentado