La Evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación (REC) de la Universidad de La Laguna (Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna de 23 de junio de 2022), modificado parcialmente en Consejo de Gobierno el 31 de mayo de 2023, o el que la Universidad tenga vigente, además de por lo establecido en la Memoria de Verificación o Modificación vigente.
En virtud de dicho reglamento, todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, salvo el que se acoja a la evaluación única, lo que tendrá que ser comunicado por el propio alumnado antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua (ver art. 5.5 del REC), o excepcionalmente por circunstancias sobrevenidas (ver art. 5.7 del REC).
Evaluación ContinuaLa evaluación continua consistirá, según la Memoria de Verifica/Modifica para la titulación, en las siguientes tres pruebas:
- Evaluación de un primer proyecto (PR1), con un peso del 35% en la nota final obtenida. Será necesario para superar esta prueba obtener una calificación mínima de 5 (sobre 10)
- Evaluación del segundo proyecto (PR2), con un peso del 35% en la nota final obtenida. Será necesario para superar esta prueba obtener una calificación mínima de 5 (sobre 10)
- Prueba escrita objetiva (PO), que será un examen final con un peso del 30% en la nota final obtenida. Será necesario para superar esta prueba obtener una calificación mínima de 5 (sobre 10)
Agotamiento de la Evaluación Contínua
En relación a la evaluación continua, conforme al artículo 4.7 y 4.8 del REC, se entenderá agotada la convocatoria (y por tanto, se recibirá una nota diferente de No Presentado) cuando la suma de las ponderaciones de las pruebas anteriores realizadas supere el 60%. Si esto no se cumple, la nota final será de No Presentado.
Obligatoriedad de las actividades
Será obligatorio realizar todas las pruebas de evaluación propuestas. En ese caso, la nota final (NF) o calificación en el acta se obtiene tras la aplicación de la siguiente fórmula:
- Si se realizan y se superan todas las pruebas de evaluación, entonces NF = 0,35 * PR1 + 0,35 * PR2 + 0,3 * PO
- Si no se realizan o no se superan todas las pruebas de evaluación, entonces:
- Si se ha agotado la evaluación continua (se han realizado pruebas cuya suma de ponderaciones es mayor o igual al 60%, en este caso dos pruebas realizadas), entonces NF es la menor de entre 4,5 o el resultado de la expresión ( 0,35 * PR1 + 0,35 * PR2 + 0,3 * PO), donde si hubiera una prueba no presentada computaría como 0.
- Si no se ha agotado la evaluación continua, entonces NF = “No Presentado”.
La modalidad de evaluación continua se mantendrá en la segunda convocatoria. Por lo tanto, la segunda convocatoria podrá utilizarse para recuperar las pruebas de evaluación continua no superadas antes del fin de la primera convocatoria de la asignatura.
Evaluación únicaEn los supuestos que contempla el Reglamento de Evaluación de la ULL, se aplicará la evaluación única a la asignatura, de la forma descrita a continuación.
El alumnado podrá evaluarse del contenido teórico realizando el examen similar a la prueba PO de la evaluación contínua y con un peso de 30%, y de la parte práctica realizando las entregas de los proyectos PR1 y PR2 con pesos del 35% que forman parte del sistema de evaluación continua, antes de la fecha oficial de convocatoria que figure en el calendario académico. La nota final NF será NF = 0,35 * PR1 + 0,35 * PR2 + 0,3 * PO y para obtener dicha nota se aplicarán las consideraciones expresadas más arriba en la evaluación continua.
Evaluación del 5% de inglés:
Las actividades en inglés de la asignatura que se describen en el apartado 6 serán evaluadas en las pruebas PR1 y PR2 mediante la evaluación de la redacción de las conclusiones de las mismas en inglés.
Respecto a la 5ª convocatoria y posteriores
El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la Dirección de la Escuela de Doctorado y Estudios de Posgrado. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.