De acuerdo con el vigente
Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, para cada asignatura se establecen
dos convocatorias por curso académico, la primera en el primer o segundo cuatrimestre del curso y la segunda con dos llamamientos, pero una única acta en junio-julio (quienes no superen la asignatura en el primer llamamiento podrán volver a presentarse en el segundo, pero no para subir nota).
Se contemplan, además,
dos modalidades: la evaluación continua y la evaluación única. En la primera convocatoria todos los estudiantes serán considerados de
evaluación continua, salvo que elijan la modalidad de
evaluación única por el procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua (es decir,
no podrán acogerse a la evaluación única si se han presentado a actividades que computan, al menos, el 40% (4 puntos) de la evaluación continua).EVALUACIÓN CONTINUAEl estudiante ha de realizar las siguientes pruebas y actividades:
- Primera prueba (20% de la calificación final).
- Segunda prueba (30% de la calificación final).
- Tercera prueba (50% de la calificación final).
Todas las pruebas de evaluación son obligatorias y constarán de traducción (propia del estudiante), análisis morfológico y sintáctico y con una dificultad progresiva. Se considerarán presentados a la convocatoria y, por tanto, tendrán calificación en el acta aquellos estudiantes que hayan realizado las pruebas de evaluación 1 y 2, que suponen el 50% de la calificación total de la asignatura.
Es
requisito mínimo para aprobar la asignatura superar la tercera prueba, esto es, obtener en ella 2.5 puntos. La calificación final de la asignatura será la suma de la nota alcanzada en la tercera prueba y la de la nota obtenida en las pruebas 1 y 2. En el caso de que se alcance en las pruebas una nota de 5 puntos sobre 10, pero no se cumple el requisito mínimo, no se aprueba la asignatura. En el acta se calificará como ‘suspenso’ (3.5).
Si se han suspendido algunas pruebas de la evaluación continua y la nota media de la asignatura no alcanza la calificación igual o superior a 5,0, los alumnos que hayan optado por la evaluación continua podrán recuperar las partes suspendidas en las fechas de las convocatorias oficiales, pero no podrán subir nota de las partes aprobadas.
La ausencia justificada a cualquiera de las tres pruebas escritas de la evaluación continua se recuperará en las fechas de las convocatorias oficiales.
[Se guardará la calificación de las partes superadas en las siguientes convocatorias del mismo curso académico.]
Agotarán la convocatoria los estudiantes que realicen pruebas evaluativas por un valor del 50% de la nota final y serán calificados en el acta con la nota que corresponda; por el contrario, se considerarán
NO PRESENTADOS aquellos que no alcancen dicho porcentaje, siempre y cuando no hayan solicitado la evaluación única, cumpliendo lo previsto en el reglamento.
EVALUACIÓN ÚNICAEn la primera convocatoria se aplica a los alumnos que hayan renunciado a la evaluación continua. En la segunda convocatoria todo el alumnado está sujeto a la evaluación única. Los estudiantes deben realizar la siguiente prueba en las fechas establecidas para la convocatoria: una traducción de un texto griego no trabajado en clase (50%) junto con su análisis sintáctico y morfológico (50%).
Es
requisito mínimo para superar la asignatura tener aprobadas ambas partes de la prueba evaluativa, esto es, haber obtenido 2.5 puntos en cada una de ellas. La suma de ambas partes será la nota final de la asignatura.
En el caso de que se obtenga en las pruebas una nota de 5 puntos sobre 10, pero no se cumple el requisito mínimo, no se supera la asignatura. En el acta se calificará como ‘suspenso’ (3.5).
Tanto en la evaluación continua como en la única, la traducción realizada por el estudiante ha de estar justificada con el análisis sintáctico y morfológico para considerarse válida.
Nota sobre quinta convocatoria y sucesivasEl estudiante que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica dirigida al Decano/a de la Facultad. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.