La Evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación (REC) que la Universidad de La Laguna tenga vigente, además de por lo establecido en la Memoria de Verificación o Modificación del título vigente.
En virtud de dicho reglamento, todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, salvo el que se acoja a la evaluación única, lo que tendrá que ser comunicado por el propio alumnado antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua (ver art. 5.5 del REC), o excepcionalmente por circunstancias sobrevenidas (ver art. 5.7 del REC).
Evaluación continuaDicha evaluación continua consiste, en conformidad con la Memoria de Verifica/Modifica para la titulación, en las siguientes pruebas:
PO1, Prueba Objetiva 1, con un peso del 25% en la nota final obtenida.
PO2, Prueba Objetiva 2, con un peso del 25% en la nota final obtenida.
Prácticas de Laboratorio: PL, con un peso del 35% en la nota final obtenida.
Trabajo y Proyectos: TP, con un peso del 15% en la nota final obtenida.
Se establece una calificación mínima de 4.0 en todas las actividades mencionadas.
Obligatoriedad de las actividades: Será obligatorio realizar todas las pruebas de evaluación propuestas. En ese caso, la nota final (NF) o calificación en el acta se obtiene con la media ponderada con los porcentajes indicados anteriormente.
Por defecto se aplicarán las ponderaciones cuando el estudiante haya entregado todas las pruebas evaluativas.
No obstante, si el estudiante no presenta todas las pruebas en la evaluación continua:
- Si solo se ha presentado a actividades de la evaluación continua cuyo peso total en la ponderación de la asignatura sea menos del 50%, se considerará No Presentado, conforme al Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna.
- En cambio, se entenderá agotada la convocatoria cuando el estudiante presente actividades cuya ponderación compute, al menos, el 50% de la evaluación continua. Para los trabajos que queden sin entregar, su nota a fines de cálculo de la calificación de la evaluación continua será de 0.
En caso de no superar satisfactoriamente todas las pruebas la calificación final será el mínimo de entre los siguientes dos ítems:
- 4,5
- La nota media ponderada entre las pruebas, siendo evaluadas con un 0,0 las pruebas no presentadas (únicamente a efectos de cálculo de la media).
La modalidad de evaluación continua se mantendrá en la segunda convocatoria. Por lo tanto, la segunda convocatoria podrá utilizarse para recuperar las pruebas de evaluación continua no superadas antes del fin de la primera convocatoria de la asignatura
Se guardarán las notas de EC para las siguientes convocatorias de la asignatura. Depende del profesorado de cursos posteriores la posibilidad de guardar las calificaciones de las partes superadas durante el presente curso.
Agotamiento de la Evaluación Contínua:En relación a la evaluación continua, conforme al artículo 4.7 del REC “se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua, salvo en los casos recogidos en el artículo 5.6". Por lo tanto, una vez realizado cualquier conjunto de actividades cuya suma de ponderaciones alcance el 50% supone el agotamiento de la evaluación continua de la asignatura. Una vez agotada la evaluación continua la calificación en el acta no podrá ser "No presentado".
Evaluación únicaSi el alumnado no se evalúa de forma continua (por las circunstancias que se describen en el REC), podrá evaluarse realizando una prueba objetiva que englobe los contenidos evaluados y no superados de las pruebas objetivas indicadas en el apartado de la evaluación continua y/o mediante la entrega de los trabajos y proyectos que forman parte del sistema de evaluación continua que no hayan sido entregados anteriormente o que no hayan sido calificados con una nota igual o superior a la mínima exigida, en un plazo indicado convenientemente en el aula virtual de la asignatura antes de la fecha oficial de convocatoria que figure en el calendario académico de la Universidad de la Laguna.
El alumnado que no supere la evaluación continua tendrá derecho a una segunda convocatoria, donde se conservará las pruebas de la evaluación continua, en las que hubiera obtenido una puntuación igual o superior a la calificación mínima indicada en cada caso. Los mecanismos de evaluación serán los mismos que los indicados para el alumnado que se presenta a evaluación única.
En cualquier caso, las ponderaciones a aplicar y los requisitos mínimos serán los mismos que los indicados para la evaluación continua.
En el caso de las prácticas de laboratorio, el alumnado interesado en presentarse, podría tener que comunicárselo al profesorado de la asignatura con una antelación mínima de diez días respecto a la fecha oficial en la que el/la estudiante quiera presentarse, para la preparación de un laboratorio de prácticas o similar.
Si la realización de alguna de las pruebas no puede realizarse el mismo día debido a su extensión o cualquier otra circunstancia, el profesorado convendrá con el alumnado una fecha alternativa para su realización.
Respecto a la 5ª convocatoria y posteriores:El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la Dirección de la Escuela de Doctorado y Estudios de Posgrado. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
Evaluación del 5% de inglés:Las actividades en inglés de la asignatura que se describen en el apartado 6 serán evaluadas de manera integrada dentro de las actividades de evaluación reflejadas en esta guía docente, realizando en inglés algunas de las preguntas de las pruebas objetivas o exigiendo la redacción en inglés de partes específicas de la documentación de las tareas-trabajos.
Otras consideraciones:En caso de que el profesorado detecte, tanto en EvC como EvU, dudas razonables sobre la autoría de las actividades evaluadas, podrá disponer las pruebas complementarias que considere al respecto: proponer ejercicios de modificación de código, entrevistas personalizadas, etc.