La evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna que la Universidad tenga vigente, además de por lo establecido en la actual Memoria Modificación por la se rige la titulación.
Todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, salvo que lo comunique antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 50% de la evaluación continua. El alumnado comunicará a través del procedimiento habilitado en el aula virtual su deseo de renunciar a la evaluación continua.
El estudiante acogido a la evaluación continua debe demostrar la adquisición de competencias teórico-prácticas que serán evaluadas y ponderadas como se indica en la tabla de Estrategia Evaluativa.
1. EVALUACIÓN CONTINUA:Se considerará que el estudiante participa de la modalidad continua desde que su asistencia supere o iguale el 75% así como que haya realizado un porcentaje mínimo del 50 % de las actividades de formación.
Estas actividades de formación, y sus correspondientes ponderaciones son las siguientes:
- Controles escritos, con pruebas de respuesta corta y de desarrollo, a realizar aproximadamente en la semana 7 y 14 cuya ponderación es del 50%
- Trabajos y proyectos, desarrollados generalmente en grupo. Por cada tema se plantearán ejercicios que el grupo deberá resolver, discutir y analizar resultados. La ponderación de esta tarea es del 15%
- Ejercicios individuales de ejecuciones de tareas reales y/o simuladas que el estudiante deberá resolver y entregar. Pondera un 20%
- Informe de un tema monográfico sobre operaciones básicas que el alumno deberá exponer y defender, con partes en inglés (ponderación: 15%)
Para aprobar la asignatura debe alcanzarse una puntuación mínima de
5 puntos (sobre 10) en cada una de las actividades formativas.
La nota de la asignatura se obtiene mediante la suma ponderada de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los apartados (detallado anteriormente) y acorde a lo contemplado en la estrategia evaluativa. Cuando no se cumpla alguno de los requisitos mínimos establecidos para superar la asignatura y el resultado del promedio ponderado de las calificaciones de evaluación continua sea
igual o superior a 5,0 (sobre 10); en ese caso, la calificación que aparecería en acta sería
4,5 puntos (sobre 10) (Suspendido) (art. 4.6 del REC).
La primera convocatoria queda agotada desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua.
2. EVALUACIÓN ÚNICA:Los casos posibles para esta modalidad son los siguientes:
2.1. Estudiantes acogidos a evaluación continua pero que NO han superado las pruebas objetivas: en este caso, la evaluación constará de un examen escrito de la materia correspondiente solo a estas pruebas objetivas y que pondera un 50%. En esta convocatoria se mantiene la ponderación de las actividades formativas realizadas en la evaluación continua.
2.2. En el caso de estudiantes que no opten por la evaluación continua, deseen subir nota y para todos los estudiantes que se presenten a la segunda convocatoria, la evaluación única consistirá en un examen escrito de toda la materia de la asignatura y contribuirá con un 100% a la nota final (podrá incluir parte en inglés).
El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la persona responsable de su Facultad o Escuela (recomendable concretar según la titulación: Decana, Decano, Director o Directora). Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.