La evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL que la Universidad tenga vigente con las apreciaciones desarrolladas para esta asignatura en el presente apartado.
La
evaluación continua se llevará a cabo mediante pruebas de desarrollo, con la siguiente ponderación:
- Primer seguimiento 30%,
- Segundo seguimiento 30%,
- Tercer seguimiento 30%,
- Cuarto seguimiento 10% (se realizará en la fecha de examen de convocatoria).
Dichos seguimientos:
- serán eliminatorios hasta la convocatoria de julio,
- la calificación mínima para realizar la media ponderada es de 3.3 sobre 10 puntos,
- si la ponderación de la calificación es igual o superior a 5, pero no se ha cumplido la calificación mínima de alguna de las partes, entonces la calificación que aparecerá en acta es de suspenso 4.0.
- las recuperaciones de las partes no superadas se realizarán en las fechas de examen de convocatoria.
- se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua.
La
evaluación única consiste en una prueba final escrita, un examen global basado en la resolución de problemas, que se realizará en la fecha de examen de la convocatoria indicada por el Centro.
Tanto en la evaluación continua como en la única, no se puede hacer uso de la calculadora, salvo cuando se esté examinando de los contenidos del Tema 10.
Para que el estudiante pueda acogerse a la evaluación única, deberá solicitarlo a través del procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura antes de que finalice el periodo de docencia del cuatrimestre.
La solicitud deberá presentarse antes de haber realizado actividades cuya ponderación acumulada supere el 90% de la evaluación continua.
El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado a tal efecto en la sede electrónica dirigida a la persona responsable de la Escuela Politécnica Superior de Ingeniería. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL. Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.
Información general sobre el desarrollo de la docencia de esta asignatura:Salvo que el profesorado especifique lo contrario, el uso del móvil, tablets u ordenadores personales en las clases está terminantemente prohibido (art. 15, puntos 6 y 7, del Reglamento de Convivencia de la ULL). El alumnado que no cumpla esta prohibición estará impidiendo el normal desarrollo de la docencia, lo que constituye una falta grave (art.6 del Reglamento del Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL). La penalización por incumplimiento de esta prohibición irá desde la inmediata expulsión de clase, previa advertencia (art. 21, punto 2 del Reglamento de Convivencia de la ULL), hasta la expulsión por un mes de la Universidad de La Laguna y la pérdida del derecho a evaluación en la convocatoria ordinaria (art. 8, punto 4, del Reglamento del Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL).
Verificación de autoría y autenticidad: Con el fin de garantizar la originalidad y la autoría de las pruebas y trabajos, conforme a los artículos 7.3 y 11 del Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, cuando concurran indicios objetivos y motivados que cuestionen la autoría de una prueba o trabajo entregado (incluido el empleo no autorizado de herramientas de inteligencia artificial u otras no autorizadas), el profesorado podrá convocar al estudiante a una entrevista de verificación de autoría sobre el trabajo realizado. Dicha entrevista tiene por objeto exclusivo verificar la autoría y no constituye una nueva prueba de evaluación. Si de ella resultara acreditada la falta de autoría o el uso de medios no autorizados, se aplicará la calificación de cero en la prueba o trabajo correspondiente, sin perjuicio del traslado a los órganos competentes a los efectos previstos en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.