La Evaluación debe regirse por el Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna (Boletín Oficial de la Universidad de La Laguna: 23 de junio de 2022, Num. 36, modificado por acuerdos del CGº de 13-07-2022, 8-11-2022 y 31-05-2023) y por lo establecido en la Memoria de Verificación (MV) inicial y/o su posterior modificación (MM) oficializada.
De manera general la evaluación será continua, realizándose diversos tipos de actividades a lo largo del curso con el objetivo de valorar si el alumnado ha alcanzado las competencias y los resultados del aprendizaje de la asignatura.
Atendiendo a la disposición transitoria contemplada en este reglamento, la distribución de porcentajes de las pruebas objetivas se mantendrá tal y como se contempla en la memoria de verificación del Grado en Ciencias Ambientales. En dicho documento, en la asignatura de Botánica se proponen actividades evaluables que equivalen al 50% de la nota final, y un examen teórico-práctico que corresponde al 50% restante.
IMPORTANTE: Si el profesorado detecta fraude o evidencia de copia o plagio, denunciará al alumno en cuestión al Decanato de la Facultad como establece el Reglamento.
PRIMERA CONVOCATORIASe evaluará: (1) un examen parcial
obligatorio no eliminatorio (20%), (2) el cuaderno de prácticas de laboratorio (30%), y (3) un examen final teórico-práctico (50%). Los exámenes pueden constar de un test de respuesta única, preguntas de respuesta corta, y/o preguntas que consistirán en la interpretación de imágenes y esquemas, así como en la identificación de muestras vegetales. Los exámenes pueden incluir preguntas sobre los contenidos desarrollados en las clases expositivas, en las sesiones de prácticas de laboratorio y campo así como en tutorías de aula, y actividades realizadas en el curso. Para superar la evaluación continua es requisito la asistencia en las clases teóricas, las tutorías de aula y las prácticas de laboratorio y campo, así como tener aprobados el cuaderno de prácticas. Para superar el examen teórico-práctico es necesaria una puntuación mínima de 5 sobre 10.
La calificación final será la resultante suma ponderada de las calificaciones obtenidas en el examen teórico-práctico y en el resto de las actividades evaluables. Por ello, la calificación de todas las actividades se publicará junto a la nota del examen teórico-práctico en la convocatoria correspondiente, y para la revisión de las calificaciones se habilitará un horario de consulta. En la evaluación continua, para aprobar la asignatura es necesario superar el examen final y el cuaderno de práctica.
La calificación que constará en el acta será la que resulte de la aplicación de los criterios de ponderación que están establecidos en esta guía de acuerdo con el Reglamento de Evaluación, Calificación, Revisión e Impugnación de Calificaciones y Rectificaciones de Actas de la Universidad de La Laguna. Si el profesorado observa que no se cumplen las normas establecidas para la realización de la prueba objetiva (teórica-práctica), o la duda de copia o plagio, denunciará al alumno en cuestión al Decanato de la Facultad como establece el Reglamento.
Se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua, salvo en los casos recogidos en los artículos 5.6 y 5.7 del Regalmento de evaluación ULL. El número de pruebas y las ponderaciones que consumen la convocatoria de evaluación continua deberán explicitarse en la correspondiente guía docente. No obstante, el profesorado promoverá la evaluación continua como forma preferente para la adquisición de conocimientos y competencias.
EVALUACIÓN ÚNICAPara que el estudiantado pueda optar a la evaluación única deberá comunicarlo a través del procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40 % de la evaluación continua.
En la evaluación única se realizará un examen teórico-práctico que puede constar, como en el caso anterior, de un test de respuesta única, preguntas de respuesta corta y/o una serie de preguntas que consistirán en la interpretación de imágenes o esquemas, así como en la identificación de muestras vegetales. Dicho examen incluirá preguntas sobre los contenidos desarrollados en las clases expositivas, en las sesiones de prácticas de laboratorio y campo así como en tutorías de aula, y actividades realizadas en el curso (50% de la nota final).
Si el profesorado observa que no se cumplen las normas establecidas para la realización de la prueba objetiva (teórica-práctica), o la duda de copia o plagio, denunciará al alumno en cuestión al Decanato de la Facultad como establece el Reglamento.
SEGUNDA CONVOCATORIASi bien el Reglamento de Evaluación y Calificación vigente establece que la calificación en la segunda convocatoria resultará de la evaluación única, el alumnado puede acogerse a esta opción o bien a la evaluación continua, siempre que haya aprobado todas las actividades evaluables que se recogen para la primera convocatoria. Si el profesorado observa que no se cumplen las normas establecidas para la realización de la prueba objetiva (teórica-práctica), o la duda de copia o plagio, denunciará al alumno en cuestión al Decanato de la Facultad como establece el Reglamento.
TRIBUNALES DE 5ª Y 6ª CONVOCATORIA Y DE LA CONVOCATORIA ADICIONALEl alumnado que se encuentre en la quinta convocatoria o posteriores podrá ser examinado y calificado por un tribunal constituido al efecto, del que no formará parte el profesorado que imparte la asignatura. El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la persona responsable de su Facultad o Escuela (Decana). Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes (Art. 10, apartado 5 de la Normativa de Progreso y Permanencia de la ULL).
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En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba”
“Verificación de autoría y autenticidad: Con el fin de garantizar la originalidad y la autoría de las pruebas y trabajos, conforme a los artículos 7.3 y 11 del Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, cuando concurran indicios objetivos y motivados que cuestionen la autoría de una prueba o trabajo entregado (incluido el empleo no autorizado de herramientas de inteligencia artificial), el profesorado podrá convocar al estudiante a una entrevista de verificación de autoría sobre el trabajo realizado. Dicha entrevista tiene por objeto exclusivo verificar la autoría y no constituye una nueva prueba de evaluación. Si de ella resultara acreditada la falta de autoría o el uso de medios no autorizados, se aplicará la calificación de cero en la prueba o trabajo correspondiente, sin perjuicio del traslado a los órganos competentes a los efectos previstos en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. ”