La opción de evaluación continua, se llevará a cabo con carácter formativo, basándose en la solicitud y valoración de las producciones de aprendizaje durante el proceso de enseñanza y aprendizaje, y aportando orientaciones al alumnado para la mejora de su aprendizaje, mientras el desarrollo de la asignatura tiene lugar. El alumnado participará en la valoración de algunas de las producciones de aprendizaje mediante la propuesta de indicadores de valoración, la aplicación de instrumentos de evaluación mediante coevaluación aportando retroalimentación. Mediante la participación del alumnado en la evaluación del aprendizaje se pretende promover el juicio evaluador del alumnado desde un enfoque de evaluación formativa concibiendo la evaluación como aprendizaje, y como elemento favorecedor de la autorregulación de este.
Los criterios de evaluación son:
1.- Conocer y discriminar los conceptos principales que nutren los fundamentos teóricos de la materia y su aplicación a partir de supuestos concretos. Como medio de evaluación el alumnado realizará una prueba escrita con carácter objetivo.
2.- Participar activamente en el desarrollo de talleres y prácticas en los que se aplican los contenidos de la materia, discriminando los contenidos objeto de desarrollo con una visión reflexiva y crítica. Como medio de evaluación el alumnado ha de acreditar su participación en los talleres de diseños de intervenciones y en las prácticas que se generen en el desarrollo de la asignatura, así como de la aportación de informes de valoraciones críticas del alcance formativo de lo realizado y el planteamiento de alternativas en su caso.
3.- Planificar una propuesta de intervención en la que se integren y apliquen los principales fundamentos teóricos de la materia. Como medio de evaluación el alumnado, de forma grupal, realizará un trabajo de aplicación.
El sistema de evaluación y calificación estará compuesto por dos opciones:
Evaluación ContinuaRespecto al primer criterio, se valorará el conocimiento teórico-práctico individual mediante una prueba teórica (4 puntos). Esta prueba se realizará antes del fin de la primera convocatoria de la asignatura, según establezca el calendario académico anualmente.
Con relación al segundo criterio, el alumnado habrá de acreditar la participación en el 75% en los talleres y prácticas, y la aportación de valoraciones críticas de los talleres y prácticas realizadas, mediante las tareas específicas o instrumentos de evaluación que se vayan habilitando en el aula virtual de la asignatura (2 puntos).
En cuanto al tercer criterio se valorará la capacidad de planificar, aplicar y evaluar un proyecto de intervención para la enseñanza y/o entrenamiento de una de las modalidades deportivas desarrolladas en la asignatura, mediante la entrega grupal de un trabajo de aplicación (4 puntos). De los cuales 2 puntos será la valoración del documento y los otros 2 puntos se valorará la presentación/defensa oral. Este proyecto se irá elaborando durante el desarrollo de la asignatura.
Evaluación Única.En esta opción de evaluación, participará el alumnado que comunique su deseo de no acogerse a la evaluación continua, a través del procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 50% de la evaluación continua, y el que no pueda acreditar el porcentaje de participación activa establecido para talleres y prácticas (75%), establecido en el segundo criterio de la opción de evaluación continua. En ambos casos, se tendrá en cuenta la evaluación de los talleres y prácticas realizadas en la evaluación continua si estas han sido superadas.
Las tareas de evaluación de esta opción son las siguientes: a) una prueba específica con carácter objetivo con una valoración global de 4 puntos; b) desarrollo individual de las tareas realizadas en el aula virtual durante el desarrollo de la asignatura (2 puntos); c) elaborar de manera individual, presentar y defender un Proyecto de Intervención de enseñanza y/o entrenamiento de la modalidad deportiva seleccionada, con una valoración global de 4 puntos.
La calificación de cada opción será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las actividades de evaluación, siempre y cuando se alcance en el conjunto de pruebas escritas una calificación mínima de 2 puntos para la evaluación continua, y 2 puntos para la evaluación única.
En ambas opciones, el alumnado que no acredite la realización de alguna de las actividades de evaluación previstas será calificado en el acta como \"No presentado\". Si el o la estudiante hubiera realizado todas las actividades de evaluación, obteniendo una calificación igual o superior a 5,0, pero no superase los requisitos mínimos contemplados para las pruebas escritas, se consignará en el acta una calificación de “suspenso” (4,5) (art. 4.6 del REC).
En la segunda convocatoria, el alumnado de evaluación continua que no la haya superado podrá conservar las calificaciones de las diferentes actividades realizadas durante la evaluación continua de la asignatura.
De acuerdo con el Art. 16.1 del REC, el alumnado que se encuentre en quinta o sucesivas convocatorias será examinado por un tribunal en evaluación única, pudiendo optar a la modalidad de evaluación continua en el caso señalado en el apartado 3 de este artículo, donde se expone que “El alumnado podrá renunciar a ser examinado y calificado por el tribunal mencionado, acogiéndose a la evaluación continua o única con el profesorado responsable de la asignatura. En este caso deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la persona responsable de su centro. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes de dicha convocatoria, según se establece en el calendario académico anual. Corresponde a los centros dictar las instrucciones pertinentes para la convocatoria y régimen de actuación de los tribunales cuando proceda su constitución".
Se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua, salvo en los casos recogidos en el artículo 5.6.
En cumplimiento
del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al
Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.