Descripción
El sistema de evaluación de los alumnos persigue comprobar la adquisición de los conocimientos teóricos y prácticos, competencias y resultados de aprendizaje propios de la asignatura.
En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.
A) EVALUACIÓN CONTINUA.
Todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, no obstante, podrá renunciar a la evaluación continua y presentarse a la evaluación única cuando no se hubiera presentado o no hubiera superado la primera de las dos actividades de la evaluación continua, en los términos señalados en el apartado que ordena dicho sistema de evaluación.
Primera prueba de evaluación continua. El 50% de la nota de la asignatura se obtendrá de la realización, a lo largo del cuatrimestre, de un examen que consistirá en una prueba teórica escrita y, además, una prueba de carácter práctico, ambos ejercicios tendrán la misma ponderación a la hora de determinar la calificación del examen. La superación de este examen requiere obtener, al menos, el 50% de la puntuación correspondiente a cada prueba, de ser así, la nota obtenida se mantendrá hasta la segunda convocatoria del curso. El examen teórico tiene carácter eliminatorio por lo que, si no se supera, no se corregirá el examen práctico, en este caso la calificación del estudiante será la obtenida en la prueba teórica (hasta un máximo de 4,5 puntos sobre 10). Si el alumno aprueba el examen teórico pero suspende el examen práctico y la puntuación total fuera igual o superior a 4,5 puntos, su calificación será de 4,5 puntos. Cuando el examen teórico consista en la realización de un cuestionario, tres respuestas erróneas restarán una correcta o su proporción si son más o menos de tres.
Segunda prueba de evaluación continua. El otro 50% de la nota de la asignatura corresponde a un segundo examen (examen final o de convocatoria) que consistirá en una prueba teórica escrita y, además, una prueba de carácter práctico, ambos ejercicios tendrán la misma ponderación a la hora de determinar la calificación del examen. La superación de este examen requiere obtener, al menos, el 50% de la puntuación correspondiente a cada prueba. El examen teórico tiene carácter eliminatorio por lo que, si no se supera, no se corregirá el examen práctico, en este caso la calificación final de la asignatura será la obtenida en la prueba teórica (hasta un máximo de 4,5 puntos sobre 10). Si el alumno aprueba el examen teórico pero suspende el examen práctico y la puntuación total fuera igual o superior a 4,5 puntos, su calificación final de la asignatura será de 4,5 puntos. Cuando el examen teórico consista en la realización de un cuestionario, tres respuestas erróneas restarán una correcta o su proporción si son más o menos de tres.
Con arreglo a este sistema de evaluación, la superación de la asignatura exigirá el cumplimiento de tres condiciones:
a) Tener una puntuación total de, al menos, 5 puntos.
b) Obtener en la primera prueba de evaluación continua, al menos, el 50% de la puntuación máxima correspondiente a la misma. Cuando no se cumpla esta condición, el estudiante podrá renunciar a la evaluación continua y evaluarse en primera convocatoria con arreglo al sistema de evaluación única.
c) Obtener en la segunda prueba de evaluación continua, esto es, en el examen final o de convocatoria, al menos, el 50% de la puntuación máxima correspondiente al mismo.
Se considerará agotada la convocatoria cuando el alumno se presente a las actividades cuya ponderación compute el 100% de la evaluación continua. Si el porcentaje de pruebas al que se presenta el alumnado de la modalidad continua es menor, figurará en el acta de la primera convocatoria un No presentado. Solo por causas sobrevenidas, y contempladas específicamente en el Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL (art. 5.7), se podrán admitir solicitudes para evitar el agotamiento de la convocatoria.
B) EVALUACIÓN ÚNICA.
Todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, salvo que renuncie expresamente a ello a través del procedimiento establecido en el Aula Virtual. El alumnado podrá presentar esa renuncia
antes de la fecha del examen de la primera convocatoria oficial (independientemente de que coincida o no con la última prueba de continua), y siempre que no se haya presentado a las actividades cuya ponderación computen el 100% de la evaluación continua. Solo por causas sobrevenidas y contempladas en el Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL (art. 5.7) podrán admitirse solicitudes para acceder a la única, aun y cuando se haya superado ese porcentaje.
El estudiantado al que se aplique este sistema deberá realizar en el examen de convocatoria un examen teórico escrito y, además, una prueba de carácter práctico. Ambos ejercicios tendrán una ponderación del 50% examen teórico y del 50% examen práctico, la superación de cada una de esas pruebas requiere obtener, al menos, el 50% de la puntuación que le corresponde a cada prueba. Cuando el examen teórico consista en la realización de un cuestionario, tres respuestas erróneas restarán una correcta o su proporción si son más o menos de tres. El examen teórico tiene carácter eliminatorio por lo que, si no se supera, no se corregirá el examen práctico, en este caso la calificación final de la asignatura será la obtenida en la prueba teórica (hasta un máximo de 4,5 puntos sobre 10). Si el alumno aprueba el examen teórico pero suspende el examen práctico y la puntuación total fuera igual o superior a 4,5 puntos, su calificación final de la asignatura será de 4,5 puntos. Además de lo expuesto anteriormente, la superación de la asignatura con arreglo a este sistema de evaluación exigirá tener una puntuación total de, al menos, 5 puntos.
En la evaluación única no se mantienen las calificaciones de las diferentes actividades realizadas durante la evaluación continua, si estas han sido superadas.
C) ALUMNADO EN 5ª, 6ª Y 7ª CONVOCATORIA.
Podrá solicitar la evaluación con un tribunal el alumnado que, estando en quinta y sucesivas convocatorias, no la haya agotado por haberse presentando en evaluación continua a las actividades cuya ponderación compute el 100% de la
evaluación. El ejercicio del derecho a ser evaluado mediante un tribunal será solicitado por el o la estudiante a través del procedimiento habilitado a tal fin en la sede electrónica. La solicitud debe presentarse con una antelación de, al menos, diez días hábiles antes del inicio de cada convocatoria oficial, según se establece en el calendario académico anual aprobado por Consejo de Gobierno.