De acuerdo con el vigente
Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, para cada asignatura se establecen
dos convocatorias por curso académico, la primera en el primer o segundo cuatrimestre del curso y la segunda con dos llamamientos, pero una única acta en junio-julio. Quienes no superen la asignatura en el primer llamamiento no podrán volver a presentarse en el segundo.
Se contemplan, además,
dos modalidades: la evaluación continua y la evaluación única. En la primera convocatoria todos los y las estudiantes serán consideradas de
evaluación continua. Agotará la primera convocatoria y será calificado en el acta con la nota correspondiente el alumnado que realice pruebas evaluativas por un valor del 50% de la nota final. Se considerará No Presentado el alumnado que no haya realizado pruebas por un valor del 50%.
La
evaluación continua se obtendrá mediante la suma y nota media de dos procedimientos:
(1) realización de un primer examen con la materia de los temas 1-2 (50%) y
(2) examen final del resto de la materia de la asignatura (50%).
Si se suspende la evaluación continua, el alumnado tendrá que presentarse en 2ª convocatoria (junio-julio) en evaluación única. No se guardarán las calificaciones de las actividades y pruebas anteriores. En caso de no presentarse a una prueba, el alumnado tendrá la calificación de "cero" en dicha prueba.
La
evaluación única se aplica al alumnado que haya renunciado a la evaluación continua por el procedimiento habilitado en el aula virtual, siempre que no haya realizado actividades evaluativas por valor del 50% de la nota final. Se realizará mediante la ejecución de un examen escrito sobre el temario de la asignatura (100%).
Nota sobre quinta convocatoria y sucesivas:El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica dirigida al Decano/a de la Facultad. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
En cumplimiento
del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al
Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.