El Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL prevé dos convocatorias por curso: la primera al final del 1er/2º cuatrimestre, y la segunda en junio-julio, con dos llamamientos y una única acta. Quienes superen la asignatura en el primer llamamiento de la segunda convocatoria no podrán volver a presentarse en el segundo. Existen dos modalidades de evaluación:
1. EVALUACIÓN CONTINUA: Se aplica por defecto a todo el alumnado de la asignatura. Agotará la primera convocatoria y será calificado en el acta con la nota correspondiente el alumnado que realice pruebas evaluativas por un valor del 50% de la nota final. Se considerará No Presentado el alumnado que no haya realizado pruebas por un valor del 50%. El estudiante ha de realizar las siguientes pruebas y actividades:
Dos actividades evaluativas de traducción y comentario filológico, cada una de las cuales se valorará con un 40% de la nota total final.
El 20% restante de la nota final consistirá en un comentario filológico de un texto perteneciente a algún autor lírico, a excepción de Safo y Teócrito, estudiado en la asignatura. Este trabajo deberá ser entregado por escrito en la fecha establecida en el cronograma y expuesto oralmente en clase. En las pruebas orales se dejará constancia, mediante informe o rúbrica, de los motivos en los que se basa la calificación.
La calificación final será la suma de las calificaciones alcanzadas en las actividades citadas de acuerdo con su ponderación. Los estudiantes que no superen la evaluación continua en la primera convocatoria, pasarán a evaluación única en la siguiente.
2. EVALUACIÓN ÚNICA. Se aplica al alumnado que haya renunciado a la evaluación continua por el procedimiento habilitado en el aula virtual, siempre que no haya realizado actividades evaluativas por valor del 50% de la nota final.
La modalidad de evaluación única consistirá en una única prueba escrita de traducción y comentario filológico de algún fragmento lírico de Safo o Teócrito (80%), y una prueba de desarrollo acerca de un autor distinto de los dos anteriores y que haya sido tratado en la asignatura (20%).
En cumplimiento
del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al
Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.
Nota sobre quinta convocatoria y sucesivas. El estudiantado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica dirigida al Decano de la Facultad. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.