EVALUACIÓN CONTINUAEn la
primera convocatoria, todo el alumnado matriculado por defecto será evaluado según la
modalidad continua. El sistema de evaluación valorará la adquisición de competencias y los resultados de aprendizaje previstos mediante las siguientes actividades:
1) Realización de las siguientes pruebas y actividades durante las semanas 8 a 15 (40%):
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Pruebas objetivas (escrito y oral) : 20%
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Pruebas de desarrollo (escrito y oral): 20%
[Para superar estas pruebas el estudiante debe alcanzar una calificación en cada apartado igual o superior al 5/10]
2) Se realizará una última actividad evaluativa (Prueba final) con una participación en la calificación final del 50% en las fechas de las convocatorias oficiales que consistirá en:
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Prueba escrita (sin material): 25%.
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Prueba oral (sin material) : 25%.
[Para superar estas pruebas el estudiante debe alcanzar una calificación en cada apartado igual o superior al 5/10]
En 1 y 2, las pruebas orales serán evaluadas mediante la evidencia de una rúbrica y/o grabación de audio.
3) Asistencia y participación en clase: se valorarán las intervenciones en clase en cantidad, calidad y pertinencia. En estas se incluyen las exposiciones en clase: (10%)
[Para superar estas actividades el estudiante debe alcanzar una calificación en este apartado igual o superior al 5/10]
La calificación final de la asignatura será el resultado de la Prueba final y, si este es igual o superior al 50% del valor de la prueba, se le sumará la nota correspondiente al resto de las actividades programadas, siempre y cuando las haya superado. Si no se cumplen estos requisitos, no se aprueba la asignatura y en el acta la calificación sera “SUSPENSO” y con la calificación numérica de 3,5 puntos.
Se guardará la calificación de las partes superadas en la siguiente convocatoria del mismo curso académico. Se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua.
EVALUACIÓN ÚNICALa evaluación única es el sistema de evaluación por defecto para la segunda convocatoria. En la primera, podrá acogerse a evaluación única el alumnado que lo solicite a través del procedimiento habilitado en el aula virtual y siempre y cuando no se haya presentado al 40 % de las pruebas previstas en la evaluación continua. Solo por circunstancias sobrevenidas como enfermedad grave, accidente o incompatibilidad laboral, se podrá admitir la renuncia a la evaluación continua aunque el estudiantado se haya presentado al porcentaje de actividades de evaluación continua que fijado en la guía docente (art. 5.7). El estudiante que se acoja a esta modalidad evaluativa deberá realizar la siguiente evaluación dividida en dos partes en correspondencia con la evaluación continua.
1. Realización de las siguientes pruebas (50%):
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Pruebas objetivas (escrito y oral): 25%.
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Pruebas de desarrollo (escrito y oral): 25%.
2. Prueba evaluativa (50%) consistente en:
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Prueba escrita (sin material): 25%.
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Prueba oral (sin material): 25%.
La calificación final de la asignatura será el resultado de la Prueba evaluativa y, si este es igual o superior al 50% del valor de la prueba, se le sumará la nota correspondiente al resto de las actividades programadas, siempre y cuando las haya superado. Si no se cumplen estos requisitos, no se aprueba la asignatura y en el acta la calificación sera “SUSPENSO” y con la calificación numérica de 3,5 puntos.
El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida a la persona responsable de su Facultad. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
En cumplimiento
del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al
Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.