Conforme al Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL (en adelante, "REC"), aprobado en la sesión del Consejo de Gobierno del día 21 de junio de 2022 y modificado por acuerdos del CG de 13-07- 2022, 8-11-2022, 31-05-2023, 26-07-2023, 01-07-2025, 19-12-2025 y 23-03-2026, se establecen dos modalidades de evaluación, continua y única.
En la primera convocatoria todos los estudiantes serán considerados de evaluación continua, salvo que elijan la modalidad de evaluación única por el procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua. Podrán renunciar a dicha modalidad hasta justo antes del inicio de la evaluación única (independientemente de que coincida o no con la última prueba de la EvC).
a) Modalidad de evaluación continua Constará de los siguientes apartados:
1. Asistencia a las sesiones de clase con participación activa: hasta 1 punto (10 % de la nota final) con una asistencia de un mínimo del 80% de las sesiones. La calificación obtenida se basa en el siguiente cálculo:
90-100% de asistencia: 1 punto.
80-90% de asistencia: 0,5 puntos.
Menos del 80% de asistencia: 0 puntos.
2. Actividades prácticas evaluables y obligatorias (hasta 3 puntos). Las actividades prácticas deberán entregarse a través del aula virtual en la forma y plazo establecidos; de lo contrario, no serán evaluadas. Para superarlas habrá que obtener una puntuación mínima de 1,5 puntos, habiéndolas entregado en su totalidad. No se contempla la recuperación de las actividades prácticas. En caso de no aprobar las prácticas con la nota mínima exigida, el alumnado perderá la evaluación continua y tendrá que acogerse a la evaluación única.
Elaboración y entrega del porfolio de la asignatura. Deberá contener los apuntes tomados por el alumno o alumna en el aula en relación a los contenidos impartidos, las notas y materiales de las salidas de campo, las prácticas realizadas, y los textos proporcionados. La calificación (hasta 1 punto) dependerá de la profundidad, responsabilidad y madurez con la que se haya realizado. El material a entregar deberá ser original y reflejar el trabajo personal y autónomo del/la alumno/a.
3. Examen individual teórico y/o práctico, que se realizará en las fechas de las convocatorias oficiales (hasta 5 puntos). La prueba consistirá en un examen escrito con preguntas cortas, preguntas de desarrollo y/o comentario y análisis de imágenes de los contenidos impartidos en el aula. De no obtener la puntuación mínima exigida en el examen (2.5), la calificación final en el acta será de suspenso, al no sumar los puntos obtenidos en las actividades prácticas. En caso de que el alumno/a no obtenga la puntuación mínima en el examen (2.5), pero haya superado la evaluación de la fase docente con un mínimo de 2.5, las calificaciones se guardarán en las sucesivas convocatorias oficiales del curso académico (junio-julio).
Si el alumnado obtuviera una calificación en la asignatura igual o superior a 5.0 pero no cumpliese con alguno de los requisitos mínimos contemplados en la guía docente no superará la asignatura y la calificación será de suspenso (3.0).
La convocatoria se entiende agotada desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50% de la evaluación continua.
Siguiendo lo establecido en el REC de la Universidad de La Laguna, el alumnado podrá presentarse a la convocatoria que estime oportuna y, en caso de no concurrir a examen, la calificación en acta será de "No presentado". Agotadas las convocatorias del curso, no se guardarán las calificaciones de las actividades y pruebas evaluativas de la evaluación continua.
a) Modalidad de evaluación únicaLa evaluación única puntuará hasta 10 puntos. La misma consistirá en un examen escrito sobre los contenidos teóricos y prácticos de la asignatura impartidos en el aula, las tareas encomendadas en relación al trabajo autónomo y en las salidas de campo. El examen combinará preguntas cortas, preguntas de desarrollo y análisis y/o comentario de imágenes.
Esta modalidad de evaluación se aplicará para calificar al alumnado que:
- Según el REC, art. 5.5, para optar a la evaluación única es necesaria su comunicación a través del procedimiento habilitado en el aula virtual de la asignatura, antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40 % de la evaluación continua. Dándose esta circunstancia, el alumando podrá renunciar a la evaluación continua hasta justo antes del inicio de la evaluación única por dicho procedimiento.
- No supere la calificación mínima exigida de la evaluación continua en la fase de docencia.
- Deba ser examinado y calificado por un tribunal (5º y 6ª convocatoria).
El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida al Decano de la Facultad. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
Con carácter general:
En todos los textos escritos (incluidos exámenes y pruebas escritas) se valorará específicamente la capacidad expresiva e idiomática, para ello se tendrá en cuenta, además de la adecuación de lo solicitado en el enunciado, la corrección ortográfica (grafías, tildes y puntuación) y la coherencia, cohesión, corrección gramatical, corrección léxica y presentación. La máxima deducción en el ejercicio será de un (1) punto de la forma siguiente:
Los dos primeros errores ortográficos no se penalizarán.
Cuando se repita la misma falta de ortografía se contará como una sola.
A partir de la tercera falta de ortografía se deducirán -0,10 puntos hasta un máximo de un punto. Por errores en la redacción, presentación, falta de coherencia, falta de cohesión, incorrección léxica, e incorrección gramatical se podrá deducir un máximo de medio punto.
En aquellos casos en los que las sumas de las deducciones anteriores sean superiores a un punto, la máxima deducción permitida será de 1 punto.
Según el artículo 5.7 del Reglamento de régimen disciplinario del estudiantado de la Universidad de La Laguna, se considera falta muy grave el fraude académico entendido como cualquier comportamiento premeditado tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo propio o ajeno, realizado como requisito para superar una asignatura o acreditar el rendimiento académico. Esto incluye la copia o plagio por métodos digitales (inteligencia artificial, información no citada correctamente) o físicos. En caso de ser detectado, se informará al servicio de inspección para la correspondiente apertura de expediente. El profesorado se reserva la posibilidad de realizar las comprobaciones pertinentes con software especializados y a convocar al alumnado a tutoría.
En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL. Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.