La Evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación que la Universidad de La Laguna tenga vigente, además de por lo establecido en la Memoria de Verificación o Modificación por la que se rige la titulación, y en la presente guía docente.
Todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura, salvo el que se acoja a la evaluación única, lo que tendrá que ser comunicado por el propio alumnado antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua (ver art. 5.5 del REC), o excepcionalmente por circunstancias sobrevenidas (ver art. 5.7 del REC).
EVALUACIÓN CONTINUALa evaluación continua consiste, según la Memoria de Verifica/Modifica para la titulación, en las siguientes pruebas:
- Evaluación de los contenidos de teoría (PT) mediante cuestionarios y pruebas de respuesta corta (RC) y pruebas de desarrollo (PD), con un peso del 45% en la nota final obtenida.
- Evaluación de las prácticas (PR) mediante cuestionarios y pruebas de respuesta corta (RC) y pruebas de desarrollo (PD), con un peso del 40% en la nota final obtenida.
- Realización de trabajos (TR), con un peso del 10% en la nota final obtenida.
- Realización de seminarios (SM), con un peso del 5% en la nota final obtenida.
Se guarda la prueba superada (PT y TR ó PR y SM) de la evaluación continua en la única antes del fin de la primera convocatoria de la asignatura.En relación a la evaluación continua, conforme al artículo 4.7 del REC
“se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50 % de la evaluación continua, salvo en los casos recogidos en el artículo 5.5". Por lo tanto, una vez realizado cualquier conjunto de actividades cuya suma de ponderaciones alcance el 50% supone el agotamiento de la evaluación continua de la asignatura. Una vez agotada la evaluación continua la calificación en el acta no podrá ser "No presentado".
Obligatoriedad de las actividades: Será obligatorio realizar todas las pruebas de evaluación propuestas en los diferentes módulos. Se deberá asistir a las prácticas de la asignatura en un porcentaje superior al 75% del total de sesiones realizadas durante el cuatrimestre, y entrega de los cuestionarios o informes de todas las prácticas.
Mínimos para aprobar la asignatura:
La prueba PT se realiza junto a la prueba final de la asignatura (PF), en la fecha oficial de la convocatoria que figure en el calendario académico.
- Se debe obtener un mínimo de 4.0 puntos para aprobar la asignatura.
Las pruebas de PR se realizan durante el curso.
- Se debe obtener un mínimo de 4.0 puntos para aprobar la asignatura.
Si alguno de estos requerimientos mínimos no se cumpliera, la nota final máxima que se puede obtener será de 4.5 puntos. Por tanto la nota final (NF) se obtiene tras la aplicación de la siguiente fórmula, donde se consideran puntuaciones sobre 10.0 puntos:
- Si (PT >=4.0) Y (PR >= 4.0) , NF = 0.45*PT + 0.40*PR + 0.10*TR + 0.05*SM.
- En caso contrario,
- Si se ha agotado la evaluación continua, NF = min ( 4.5 ; 0.45*PT + 0.40*PR + 0.10*TR + 0.05*SM ).
- Si no se ha agotado la evaluación continua, NF = "No Presentado".
EVALUACIÓN ÚNICASi el alumnado no se evalúa de forma continua (por las circunstancias que se describen en el REC), debe evaluarse de todo el contenido de la asignatura. Las notas de prácticas de la Evaluación Contínua podrán trasladarse a la Evaluación Única, siempre que se cumpla el requisito de nota mínima para aprobar la asignatura. La evaluación única, cuya realización debe ser comunicada al profesorado de la asignatura con una antelación mínima de 7 días respecto a la fecha oficial en la que el/la estudiante quiera presentarse, consiste en la realización de 2 pruebas:
- Una prueba (P1) que equivale a las pruebas PT y TR de la evaluación continua (Esta prueba no se realizaría si PT y TR han sido superadas en la Evaluación Contínua);
- Una prueba (P2) que equivale a las pruebas PR y SM de la evaluación continua (Esta prueba no se realizaría si PR y SM han sido superadas en la Evaluación Contínua).
Si la realización de estas pruebas no puede realizarse el mismo día debido a su extensión, el profesorado convendrá con el alumnado una fecha alternativa para su realización. La ponderación de las distintas pruebas de evaluación en la evaluación única de la asignatura es: NF = 0.55*P1 + 0.45*P2. La prueba P2 podrá coincidir con la fecha del examen de convocatoria en función de la disponibilidad del laboratorio.
Respecto a la 5a convocatoria y posteriores:El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida al Director/a de la ESIT. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
Evaluación del 5% en inglés:Las actividades y evaluación en inglés están contenidos dentro de las pruebas PT y PR. La evaluación de dichas pruebas contemplará, por tanto, la evaluación del inglés en esta asignatura.
En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que
durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL. Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.
Verificación de autoría y autenticidad:Con el fin de garantizar la originalidad y la autoría de las pruebas y trabajos, conforme a los artículos 7.3 y 11 del Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, cuando concurran indicios objetivos y motivados que cuestionen la autoría de una prueba o trabajo entregado (incluido el empleo no autorizado de herramientas de inteligencia artificial), el profesorado podrá convocar al estudiante a una entrevista de verificación de autoría sobre el trabajo realizado. Dicha entrevista tiene por objeto exclusivo verificar la autoría y no constituye una nueva prueba de evaluación. Si de ella resultara acreditada la falta de autoría o el uso de medios no autorizados, se aplicará la calificación de cero en la prueba o trabajo correspondiente, sin perjuicio del traslado a los órganos competentes a los efectos previstos en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. Lo dispuesto en este apartado no resulta de aplicación a las pruebas objetivas tipo test, cuyo control de autoría se efectúa mediante la acreditación de identidad y la supervisión durante su desarrollo.