La modalidad de evaluación será preferentemente la evaluación continua, pues al tratarse de una asignatura con competencias STCW, es
obligatoria la asistencia a clase. Debido a esto, y para poder optar a esta modalidad, el alumno deberá asistir al menos 80% de las clases y seminarios. No cumplir con esta premisa significa la pérdida del derecho a esta manera de superar la asignatura.
Se ha entender la evaluación continua como una modalidad de evaluación basada en un proceso sistemático de recogida y análisis de información objetiva, que permita conocer y valorar los procesos de aprendizaje y los niveles de avance en el desarrollo de las competencias del alumno.
Con el 80% de la asistencia completada, el alumno tendrá el derecho de presentarse a los tres parciales programados, que corresponden con los tres módulos en los que se estructura el programa, a saber:
I) Procedimientos de maniobras
II) Normativa aplicada al entorno portuario
III) Terminales portuarias
Para superar cada uno de los parciales será necesario una calificación igual o superior a cinco puntos. Será obligatorio aprobar todos los parciales para obtener la calificación final de asignatura, correspondiente a la media aritmética de los resultados obtenidos en cada una de las pruebas. Cada parcial contará no obstante con su respectiva recuperación.
No superar la asignatura por parciales, aboca al alumno a los exámenes ordinarios de convocatoria con la totalidad del temario.
Cualquier salvedad respecto a estos criterios queda a consideración del profesor.
Los alumnos que no opten por la evaluación continua deberán comunicarlo al coordinador de la asignatura, a través del procedimiento habilitado en el aula virtual en el plazo de un mes a partir del inicio de la docencia. El este caso, deberá asistir a las convocatorias ordinarias con la totalidad del temario de la asignatura.
En cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.