Evaluación continua: Se recomienda asistencia regular a las clases y optar por la evaluación continua en la que se evaluarán las siguientes actividades:
- Asistencia y participación en clases y talleres (presencial o de forma virtual).
- Realización de tareas complementarias sobre los contenidos del temario.
- Participación en foros de discusión sobre los contenidos abordados en clase.
- Elaboración y presentación de un trabajo individual (presencial o de forma virtual)
- Realización de una prueba objetiva final que se podrá realizar de forma presencial o virtual, en el que las preguntas pueden ser tipo test o de respuesta corta.
La calificación final se obtendrá de la siguiente manera:- Examen final (prueba objetiva final) 40% del total- Actividades de la evaluación contínua 60% del total. Un 40% corresponde a la realización, entrega y exposición de un trabajo individual o grupal (revisión bibliográfica sobre un tema relacionado con la asignatura). Otro 15 % corresponde a evaluaciones períodicas de los temas impartidos que tienen como finalidad repasar los conocimientos impartidos. Consistirán en cuestionarios a realizar en clase. El 5% restante corresponde a la asistencia y participación periódica en clase. Para aprobar la asignatura es necesario obtener una calificación de 5 puntos sobre 10 en el examen final (pruebas objetivas). Las pruebas objetivas consistirán en un cuestionario con preguntas de opción múltiple (con solo una opción válida), verdadero/falso, respuesta con un número o una palabra, y respuesta corta. Si no se supera el 5 en la prueba objetiva final, en el acta se calificará con suspenso con la calificación obtenida en dicha prueba objetiva final.
La evaluación continua se considera agotada uando no se haya hecho un 50% de las actividades programadas de evaluación continua.
Todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria, salvo petición expresa por su parte. Se mantiene la opción de recuperar las pruebas objetivas de evaluación continua en la 1º y 2ª convocatoria.
Evaluación única:De acuerdo con el Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna, se contempla dentro del proceso de evaluación la modalidad de una evaluación única. Antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute el 50% de la evaluación continua, los estudiantes que quieran optar por esta opción, deben solicitar la modalidad de evaluación única, mediante un escrito dirigido al coordinador de la asignatura que se presentará a través del aula virtual de la asignatura.
En caso de optar por la evaluación única, la evaluación se hará a través de un trabajo individual y un examen alternativo (diferente al de la evaluación continuada) con preguntas a desarrollar. El trabajo individual representará el 50% de la nota y el examen el 50% restante, para superar la asignatura es necesario que cada una de las partes obtenga una calificación igual o superior a 5 puntos.
En cumplimiento
del Reglamento de Convivencia de la Universidad de La Laguna (art. 16.4), se informa al estudiantado de que durante las pruebas de evaluación presenciales podrán utilizarse dispositivos detectores pasivos de radiofrecuencia y campos magnéticos. Estos dispositivos no emiten señales, no interfieren con las comunicaciones y no registran datos personales. La tenencia y/o uso de dispositivos electrónicos no autorizados podrá constituir infracción disciplinaria conforme a la Ley 3/2022 y al
Reglamento de Régimen Disciplinario del Estudiantado de la ULL . Los estudiantes portadores de dispositivos médicos electrónicos deberán comunicarlo antes del inicio de la prueba.
Verificación de autoría y autenticidad: Con el fin de garantizar la originalidad y la autoría de las pruebas y trabajos, conforme a los artículos 7.3 y 11 del Reglamento de Evaluación y Calificación de la ULL, cuando concurran indicios objetivos y motivados que cuestionen la autoría de una prueba o trabajo entregado (incluido el empleo no autorizado de herramientas de inteligencia artificial), el profesorado podrá convocar al estudiante a una entrevista de verificación de autoría sobre el trabajo realizado. Dicha entrevista tiene por objeto exclusivo verificar la autoría y no constituye una nueva prueba de evaluación. Si de ella resultara acreditada la falta de autoría o el uso de medios no autorizados, se aplicará la calificación de cero en la prueba o trabajo correspondiente, sin perjuicio del traslado a los órganos competentes a los efectos previstos en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. Lo dispuesto en este apartado no resulta de aplicación a las pruebas objetivas tipo test, cuyo control de autoría se efectúa mediante la acreditación de identidad y la supervisión durante su desarrollo.