Convocatoria de ayudas para alumnado damnificado por la erupción del volcán en la Isla de La Palma.

Extracto publicado en BOC de la Resolución de 11 de octubre de 2021, por la que se convocan, en régimen de concesión directa y con carácter de urgencia, ayudas destinadas a alumnado con vecindad en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, damnificados por la erupción del volcán en la Isla de La Palma.

Las solicitudes se cumplimentarán a través del procedimiento establecido en la sede electrónica de la ULL como «Solicitud de ayudas para estudiantes damnificados por la erupción del volcán en la Isla de La Palma«.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 19 de octubre hasta las 23:59 horas del 15 de diciembre, o hasta que se agote el presupuesto.

Los requisitos de participación y la documentación a presentar se establecen en las bases tercera y quinta, respectivamente. En «Acceso al documento de la convocatoria» tienen el texto íntegro de la convocatoria.

También deberán realizar la «Solicitud de Alta o Modificación en el Registro de Terceros de la ULL«.

Sólo tienen que realizar la solicitud de la ayuda, y la solicitud de alta en el registro de terceros de la ULL.

  • 1ª resolución parcial de ayudas. Ayudas correspondientes a las solicitudes presentadas hasta el 21 de octubre. El hecho de no aparecer en el listado no significa que se haya denegado; simplemente, los Ayuntamientos no tenían toda la información actualizada. Se volverán a requerir y se emitirán nuevas resoluciones.
  • 2ª resolución parcial de ayudas. Ayudas correspondientes a las solicitudes presentadas hasta el 10 de noviembre. El hecho de no aparecer en el listado no significa que se haya denegado; simplemente, los Ayuntamientos no tenían toda la información actualizada. Se volverán a requerir y se emitirán nuevas resoluciones.
  • 3ª resolución parcial y definitiva. A las personas que no aparecen en los listados no se les ha podido conceder la ayuda al no obtener información para justificar su situación de damnificadas.
  • Rectificación a la 3ª resolución. 
  • Resolución denegación ayudas.

Según se establece en la Base Décima, apartado 10.1.- Plazo de Justificación, las personas que hayan resultado beneficiarias de esta ayuda tienen plazo máximo hasta el 30 de septiembre de 2022, para justificar los gastos. Los gastos subvencionables se detallan en la Base Séptima.

La forma en que se deberá realizar se detalla en la misma Base Décima, apartado 10.2. (Puede consultar la convocatoria en el apartado «Acceso al documento de la convocatoria»).

La documentación para la justificación, Memoria y copia de las facturas, se deberán presentar entrando en la Sede Electrónica, «Mis trámites», y subir al expediente que ya tienen abierto en el procedimiento «Solicitud de ayudas para estudiantes damnificados por la erupción del volcán en la isla de La Palma».

El contenido de las facturas se debe ajustar a los requisitos previstos en el artículo 6 del R.D. 161/2012, que aprueba el reglamento sobre obligaciones de facturación. En general: Número de factura; Fecha de expedición; NIF/CIF, nombre y apellidos o denominación social del obligado a emitir la factura (empresa), así como la dirección; Nombre del destinatario de la factura.