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<norma id="1444" fecha_exportacion="2026-04-04T01:58:55">
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    <titulo>DIRECTRICES PARA EL DISEÑO, DESARROLLO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL DE LOS CENTROS DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA</titulo>
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    <estado>derogada</estado>
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    <aprobacion>2022-05-13</aprobacion>
    <creacion>2026-02-10 09:46:35</creacion>
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      <tipo slug="directrices">directrices</tipo>
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      <organo slug="consejo-gobierno">Consejo de Gobierno</organo>
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  <contenido><![CDATA[<h1>PREÁMBULO</h1> Estas directrices tienen como objetivo impulsar la organización, coordinación y consolidación del sistema de Orientación al estudiante que la Universidad de La Laguna (ULL) ha ido adoptando desde la aprobación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE, 24 de diciembre 2001) y suponen una actualización a las directrices que han regulado hasta este momento los Planes de Orientación y Acción Tutorial (POAT) y que fueron aprobadas en Consejo de Gobierno el 31 de enero de 2012. El modelo de formación universitaria en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), presenta una serie de características y condiciones que hacen necesario la implantación y desarrollo de diversas medidas de apoyo y orientación al alumnado. Los sistemas de orientación y tutoría universitaria tienen una especial relevancia, al contemplarse como un importante criterio de calidad, que es tenido en consideración en los procesos de evaluación de centros y títulos oficiales de grado y posgrado, implantados bajo la estructura del EEES. Las dificultades y problemas a los que se enfrentan los estudiantes en distintos momentos de su trayectoria formativa en la Educación Superior, justifican el desarrollo de actuaciones centradas en el alumnado que contemplen, además de la preparación científica para la adquisición de las competencias correspondientes al perfil de egreso de cada titulación, el desarrollo de otras capacidades referidas al conocimiento personal y la preparación para el acceso al empleo. Desde esta perspectiva, la función orientadora tiene que concebirse e integrarse como una extensión de la labor docente e investigadora. Desde la aprobación de las anteriores directrices del 2012 hasta este momento se han producido cambios que hacen necesaria una actualización. Para responder a esta necesidad, la Universidad de la Laguna establece las siguientes líneas de actuación para el diseño y/o adaptación de los Planes de Orientación y Acción Tutorial (POAT), con el fin de que todas las Escuelas y Facultades dispongan de directrices homogéneas en las que basarse para organizar su sistema de Orientación y Tutoría. Estas directrices están en consonancia con el nuevo modelo de POAT que se pretende desarrollar en la Universidad de La Laguna. <h2>1. SISTEMA DE ORIENTACIÓN Y TUTORÍA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA</h2> Para apoyar a los centros de la ULL en la implantación y mejora de los sistemas de aseguramiento de la calidad diseñados en el marco de los Programas AUDIT y VERIFICA, dando respuesta al compromiso de atender las necesidades de "orientación al estudiante", se propone un modelo integral de orientación y tutoría para el alumnado que, una vez aprobado por Consejo de Gobierno, sirva de referente para la elaboración y/o mejora de los Planes de Orientación y Acción Tutorial (POAT). Esta propuesta se justifica por la necesidad de contar con directrices para dar respuesta a las situaciones diversas pero de una forma coordinada. El modelo trata de atender las necesidades del alumnado, desde un enfoque <strong>preventivo, formativo, participativo, inclusivo y colaborativo</strong> de la intervención orientadora. Hablamos de una actuación que se desarrolla en tres planos fundamentales: <ul> <li><strong>A nivel de aula</strong></li> <li><strong>A nivel de titulación</strong></li> <li><strong>A nivel de Centro/Facultad</strong></li> </ul> <h3>Definición del POAT</h3> El POAT constituye un conjunto organizado y planificado de acciones formativas y orientadoras, que se ofrecen al alumnado con la finalidad de ampliar el marco de experiencias, expectativas y oportunidades, promoviendo la adquisición de competencias vinculadas al perfil de la titulación, que se concretan y estructuran a lo largo de sus estudios (con la ayuda del tutor) en un proyecto formativo, de relevancia para su proyección profesional. <h3>Finalidades del POAT</h3> <ul> <li>✓ La <strong>adaptación</strong> de los estudiantes a la ULL, fomentando su integración en la vida universitaria y en los órganos de participación y gestión.</li> <li>✓ La <strong>formación y apoyo</strong> a los estudiantes para la adquisición de estrategias que contribuyan a mejorar el acceso, manejo de la información y aprendizaje autónomo.</li> <li>✓ El <strong>desarrollo de habilidades</strong> para la adecuada planificación y aprovechamiento de su dedicación al estudio.</li> <li>✓ El <strong>seguimiento académico</strong> y el apoyo a las necesidades específicas del alumnado con el fin de prevenir y evitar el abandono temprano.</li> <li>✓ El <strong>desarrollo de competencias</strong> relacionadas con la planificación y desarrollo del aprendizaje (organización y gestión del tiempo, técnicas y estrategias de aprendizaje, comunicación y presentación de trabajos, aprendizaje autónomo, etc.)</li> <li>✓ La <strong>adquisición de habilidades, destrezas y capacidades</strong> para la toma de decisiones académicas y profesionales.</li> <li>✓ <strong>Fomentar la definición de itinerarios formativos</strong> para facilitar la permanencia de los estudiantes en la titulación.</li> </ul> <h2>2. REFERENTES NORMATIVOS</h2> La propuesta de este modelo integral de orientación y tutoría para el alumnado de la ULL, tiene en cuenta distintas normativas a las que da cumplimiento: <h3>Normativa Estatal</h3> <strong>Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades</strong> <ul> <li>Artículo 46/e: reconoce el derecho de los estudiantes al "asesoramiento y asistencia por parte de profesores y tutores" (BOE, 24 de diciembre de 2001).</li> </ul> <strong>Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre</strong> <ul> <li>Por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales</li> <li>Incorpora el criterio "Orientación al estudiante" (BOE, 30 de octubre de 2007).</li> </ul> <strong>Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre</strong> <ul> <li>Estatuto del Estudiante Universitario</li> <li>Se ocupa de la "tutoría universitaria"</li> <li>Los estudiantes recibirán orientación y seguimiento de carácter transversal</li> <li><strong>Capítulo V (de las Tutorías)</strong> distingue varios tipos: <ul> <li>Tutoría de titulación (o carrera) - Artículo 20</li> <li>Tutoría de materia o asignatura - Artículo 21</li> <li>Tutorías para estudiantes con discapacidad - Artículo 22</li> <li>Tutorías para estudiantes deportistas - Artículo 62</li> </ul> </li> </ul> <h3>Normativa ULL</h3> <strong>Decreto 89/2004, de 6 de julio</strong> <ul> <li>Estatutos de la Universidad de La Laguna</li> <li>Artículo 46/d: derecho del alumnado "a ser orientado por sus profesores mediante sistemas de tutorías"</li> <li>Artículo 32: considera las tutorías dentro de la evaluación de la calidad docente</li> </ul> <h3>Documentos Estratégicos</h3> <strong>Plan Estratégico de la ULL 2018-2021</strong> <ul> <li>Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2018</li> <li>Diagnóstico relacionado con orientación: <ul> <li>Tasa de rendimiento académico por debajo de la media nacional</li> <li>Alta tasa de abandono</li> <li>Necesidad de mejorar habilidades transversales del estudiantado</li> </ul> </li> <li>Acciones estratégicas (024): <ul> <li>Impulsar acciones con centros de secundaria para asesoramiento efectivo</li> <li>Facilitar incorporación a la comunidad universitaria</li> </ul> </li> </ul> <strong>Revisión 2019 del Sistema de Aseguramiento de la Calidad</strong> <ul> <li><strong>OC15</strong>: Potenciar la implementación y mejora de acciones de atención y orientación al estudiante</li> <li><strong>OC16</strong>: Impulsar metodologías docentes centradas en la atención a los estudiantes</li> <li><strong>OC17</strong>: Promover el desarrollo de acciones relacionadas con la mejora de resultados</li> </ul> <h3>Sistemas de Garantía Internos de Calidad (SGIC)</h3> Los SGIC en centros y titulaciones hacen referencia explícita a la orientación y tutoría como elemento clave de calidad. Procedimientos contemplados: <ul> <li>Definición de perfiles, admisión, matriculación y captación de estudiantes</li> <li>Orientación al estudiante y desarrollo de la enseñanza</li> <li>Gestión de la movilidad de los estudiantes</li> <li>Gestión de la orientación profesional</li> <li>Definición de la gestión de las prácticas externas integradas en el plan de estudios</li> </ul> <h2>3. OBJETIVOS DEL MODELO MARCO DE POAT</h2> Cada Escuela o Facultad de la ULL debe realizar un <strong>análisis de las necesidades y problemas del alumnado</strong> y, a partir de ahí, planificar, aprobar, hacer un seguimiento y evaluar el POAT. <h3>Elementos de referencia para planificar el POAT</h3> <ol> <li>Lo establecido en la <strong>Memoria de Verificación/Modificación</strong> de titulaciones</li> <li>El <strong>Sistema de Garantía Interna de Calidad</strong></li> <li>Los <strong>resultados de la evaluación</strong> de titulaciones y sus planes de mejora</li> <li>El <strong>diagnóstico de necesidades</strong> en cada contexto</li> <li>Las <strong>directrices comunes de la ULL</strong> en materia de POAT</li> <li>Las <strong>directrices anuales de la ULL</strong> para la elaboración del POD</li> </ol> <h3>Objetivos generales del POAT</h3> <table> <thead> <tr> <th>Objetivo</th> <th>Descripción</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td><strong>Integración</strong></td> <td>Que el alumnado se integre y se adapte a la Universidad, a la Facultad, a la titulación y al grupo</td> </tr> <tr> <td><strong>Aprendizaje autónomo</strong></td> <td>Que el alumnado adquiera las competencias para el aprendizaje autónomo y un óptimo rendimiento académico</td> </tr> <tr> <td><strong>Competencias transversales</strong></td> <td>Que el alumnado adquiera las competencias transversales importantes en relación al perfil profesional de la titulación que cursa</td> </tr> <tr> <td><strong>Motivación</strong></td> <td>Que el alumnado cuente con la motivación suficiente para alcanzar los resultados de aprendizaje previstos</td> </tr> <tr> <td><strong>Proyecto formativo</strong></td> <td>Que el alumnado defina su itinerario formativo y construya su proyecto académico profesional</td> </tr> <tr> <td><strong>Desarrollo profesional</strong></td> <td>Que el alumnado adquiera las competencias para su desarrollo profesional y para la inserción en un mercado laboral cambiante</td> </tr> </tbody> </table> <h2>4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN Y DESARROLLO DEL POAT</h2> <h3>Aprobación anual</h3> Para cada curso académico y <strong>antes de su inicio</strong>, cada Escuela o Facultad debe: <ol> <li><strong>Diseñar</strong> el POAT ajustándose a los requisitos del modelo marco</li> <li><strong>Aprobar</strong> en Junta de Centro el POAT</li> <li>El programa aprobado será el <strong>referente</strong> para el desarrollo de actividades</li> </ol> <h3>Seguimiento durante el curso</h3> <ul> <li>Reuniones periódicas convocadas por el coordinador de POAT con todos los tutores</li> <li>Realizar seguimiento del proceso de trabajo</li> <li>Introducir reajustes oportunos</li> </ul> <h3>Evaluación al finalizar el curso</h3> <ul> <li>Se realizará una <strong>memoria del desarrollo del POAT</strong></li> <li>Será presentada y aprobada en Junta de Escuela o Facultad</li> <li>Se <strong>publicará en la web oficial</strong> de cada centro</li> <li>Se remitirá copia al <strong>Vicerrectorado</strong> con competencias en materia de POAT</li> </ul> <h2>5. ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL POAT</h2> El POAT contempla el desarrollo de <strong>dos tipos de actividades</strong>: <h3>A) Actividades grupales a nivel de Escuela/Facultad</h3> Conjunto de charlas, talleres y otro tipo de actividades grupales con finalidad <strong>informativa y de orientación</strong> sobre diversas temáticas de interés: <ul> <li>Guía informativa</li> <li>Consultas sobre convalidaciones</li> <li>Cursos, ayudas, etc.</li> <li>Formación complementaria (cursos, talleres, seminarios, etc.)</li> </ul> <h3>B) Plan de tutorías de carrera</h3> <ul> <li>Atención por un <strong>profesor/a tutor</strong> y <strong>alumnos/as mentores</strong></li> <li>Asesoramiento y orientación sobre proceso formativo</li> <li>Planificación de itinerario académico</li> <li><strong>A nivel de titulación</strong></li> <li><strong>Dirigido principalmente a estudiantes de primer curso</strong></li> <li>El tutor/a se convierte en <strong>referente del estudiante a lo largo de la titulación</strong></li> </ul> <blockquote><strong>Nota importante</strong>: La focalización en primer curso se debe a las especiales características de este momento formativo, donde se detectan los mayores índices de abandono académico.</blockquote> <h3>Estructura del documento POAT</h3> El diseño debe incluir al menos: <ol> <li><strong>Introducción</strong></li> <li><strong>Referentes del programa</strong></li> <li><strong>Necesidades y objetivos</strong></li> <li><strong>Estructura y organización del centro</strong> para la gestión del POAT</li> <li><strong>Actividades, metodología y recursos</strong></li> <li><strong>Planificación y desarrollo temporal</strong></li> <li><strong>Seguimiento y evaluación</strong></li> </ol> <h2>6. DESTINATARIOS DEL POAT</h2> <h3>Alumnado de primer curso</h3> <ul> <li>El POAT se considerará una actividad de <strong>3 ECTS</strong> para el alumnado de primer curso</li> <li>Se pretende centrar la atención en el momento en que el alumnado demanda y precisa más ayuda</li> <li>Prevenir fracaso y abandono de los estudios</li> <li>Mejorar los resultados de rendimiento académico</li> </ul> <h3>Reconocimiento de créditos</h3> El alumnado tendrá derecho a su reconocimiento según lo estipulado en el <strong>Reglamento de Reconocimiento de Créditos por Participación en Actividades Universitarias en Enseñanzas Oficiales de Grado de la ULL</strong>. <blockquote><strong>Aclaración</strong>: Aunque el POAT focaliza su atención en el alumnado de primer curso, no son las únicas actuaciones de orientación que se llevan a cabo en cada Escuela o Facultad.</blockquote> <h2>7. ORGANIZACIÓN DE LOS CENTROS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL POAT</h2> <h3>Horario POAT</h3> <ul> <li><strong>Una hora semanal</strong> en el horario académico de cada titulación</li> <li>Debe figurar en los <strong>horarios académicos anuales</strong> de cada titulación de grado</li> <li>Aprobado en <strong>Junta de Escuela o Facultad</strong></li> <li>Permite que tanto profesorado tutor como alumnado de primer curso puedan participar</li> </ul> <h3>Nombramiento del profesorado</h3> <ul> <li>Los Departamentos nombrarán al profesorado que participará en el POAT</li> <li>Según el número de créditos que les corresponda a cada área</li> <li><strong>Antes del inicio del curso</strong> para que el programa comience desde la primera semana de clase</li> <li>Quedará reflejado en el <strong>POD</strong> la dedicación a esta actividad</li> </ul> <h3>Grupos de tutoría</h3> <ul> <li>Se recomienda crear <strong>grupos de 20 estudiantes máximo por tutor/a</strong> en primer curso</li> <li>Este enfoque permite una tutoría más personalizada y cercana</li> </ul> <h3>7.1. Coordinador del POAT de Escuela o Facultad</h3> <strong>Dependencia</strong>: Del decano/a del centro correspondiente <strong>Nombramiento</strong>: Por el rector a propuesta del decano/a, oída la Junta de Escuela o Facultad <strong>Número</strong>: Un coordinador por cada Escuela o Facultad (excepcionalmente más de uno con aprobación del Vicerrectorado) <h4>Funciones</h4> <ul> <li>✓ Participar en la <strong>elaboración y desarrollo</strong> del plan e impulsar su desarrollo</li> <li>✓ Realizar <strong>seguimiento y evaluación</strong> del mismo</li> <li>✓ Participar en las decisiones de la <strong>Comisión de Orientación y apoyo al alumnado</strong></li> <li>✓ Organizar la <strong>selección y formación</strong> del profesorado tutor</li> <li>✓ <strong>Coordinar</strong> la labor tutorial del profesorado tutor</li> <li>✓ <strong>Gestionar el reconocimiento</strong> del profesorado participante en el Plan del centro</li> <li>✓ Colaborar con el coordinador de calidad en cuestiones vinculadas a <strong>planes de mejora</strong></li> <li>✓ Mantener <strong>coordinación estrecha</strong> con el Vicerrectorado competente</li> </ul> <h4>Requisitos y reconocimiento</h4> <ul> <li>Debe contar con <strong>perfil y formación acreditada</strong> en temas de Orientación y apoyo al alumnado</li> <li>Reconocimiento en el POD de <strong>2 créditos ECTS</strong> por dedicación a este cargo académico</li> </ul> <h3>7.2. Comisión de Orientación y apoyo al alumnado</h3> <h4>Composición</h4> <ul> <li>Un representante del <strong>Equipo Decanal</strong> o Coordinador de Calidad</li> <li>El <strong>Coordinador del POAT</strong></li> <li>Una representación de los <strong>Departamentos</strong> que imparten docencia en el centro</li> <li>Los coordinadores de <strong>otras comisiones del centro</strong> vinculadas a la orientación al estudiante</li> <li>Un <strong>estudiante</strong> en representación del alumnado de los estudios de grados del centro</li> </ul> <h4>Funciones</h4> <table> <thead> <tr> <th>Función</th> <th>Descripción</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td><strong>Valoración de necesidades</strong></td> <td>Valorar las necesidades en materia de "orientación al alumnado" de la Escuela o Facultad</td> </tr> <tr> <td><strong>Toma de decisiones</strong></td> <td>Tomar acuerdos sobre procedimientos, medidas y resoluciones para la puesta en práctica del POAT</td> </tr> <tr> <td><strong>Provisión de recursos</strong></td> <td>Proporcionar los recursos necesarios para las distintas acciones</td> </tr> <tr> <td><strong>Coordinación</strong></td> <td>Asegurar la coordinación de las distintas actividades de orientación y apoyo</td> </tr> <tr> <td><strong>Supervisión</strong></td> <td>Supervisar el seguimiento y evaluación de las distintas acciones</td> </tr> </tbody> </table> <h3>7.3. Tutor/a de carrera</h3> Siguiendo el modelo de <strong>tutoría de carrera</strong>, tendrá asignadas las siguientes funciones: <h4>Funciones del tutor/a</h4> <ul> <li>✓ Apoyar el <strong>proceso de acogida, integración y orientación</strong> del alumnado desde la llegada al centro</li> <li>✓ <strong>Asesorar</strong> al alumnado en estrategias de aprendizaje autónomo</li> <li>✓ <strong>Motivar</strong> al alumnado para que sea persistente en el logro de las metas formativas</li> <li>✓ Asistir a las <strong>reuniones de planificación y coordinación</strong> del programa</li> <li>✓ Cumplir con los <strong>horarios establecidos</strong> para el desarrollo del POAT</li> <li>✓ <strong>Atender a los estudiantes asignados</strong> a lo largo de la titulación, poniendo especial énfasis en el primer curso</li> <li>✓ Contribuir a la <strong>selección de compañeros tutores</strong> para el grupo que tutela</li> <li>✓ Realizar un <strong>seguimiento del trabajo</strong> del alumnado e informar con regularidad</li> <li>✓ Ayudar al alumnado a definir los distintos apartados del <strong>Proyecto Formativo y Profesional</strong></li> <li>✓ Cumplimentar el <strong>acta de evaluación</strong> del alumnado tutelado necesaria para el reconocimiento de créditos</li> </ul> <h4>Reconocimiento y requisitos</h4> <strong>Reconocimiento en POD</strong>: <ul> <li>Máximo de <strong>2 créditos de dedicación</strong> a esta actividad</li> </ul> <strong>Requisitos para el reconocimiento</strong>: <ul> <li>El POAT debe estar <strong>aprobado en Junta</strong> de Escuela o Facultad</li> <li>Debe figurar como <strong>profesor tutor de carrera</strong> en el POAT</li> </ul> <strong>Formación</strong>: <ul> <li>El profesorado debe acreditar una <strong>formación adecuada</strong> en temas de Orientación y tutoría</li> </ul> <strong>Recomendación</strong>: <ul> <li>Se considera conveniente que el tutor de carrera sea también <strong>docente de primer curso</strong> (mayor participación e implicación del alumnado)</li> </ul> <h4>Coordinación con alumnos mentores</h4> En aquellos POAT con alumnos tutores (mentoría): <ul> <li>Garantizar el adecuado desarrollo de esta función</li> <li>Trabajar de manera coordinada</li> <li>Supervisar el desarrollo de cada sesión</li> <li><strong>El tutor de carrera es el responsable</strong> de la coordinación de las actividades</li> </ul> <h3>7.4. Compañero tutor/Alumnado mentor</h3> <h4>Definición</h4> <strong>Compañeros tutores</strong>: <ul> <li>Estudiantes de la misma titulación</li> <li>Realizan tareas de apoyo al desarrollo del POAT</li> <li>Colaboran con los profesores tutores de carrera</li> </ul> <strong>Alumnos mentores</strong>: <ul> <li>Estudiantes de últimos cursos de la titulación</li> <li>Seleccionados por su implicación y compromiso académico</li> <li>Asesoran al alumnado de nuevo ingreso en base a su experiencia universitaria</li> </ul> <h4>Funciones</h4> <ul> <li>✓ <strong>Informar y orientar</strong> a los estudiantes de primer curso en temas académicos, administrativos y sociales</li> <li>✓ <strong>Coordinarse</strong> con el profesor tutor de carrera del grupo en el desarrollo del programa de actividades</li> <li>✓ <strong>Planificar</strong> actividades de Orientación bajo la supervisión del tutor, de acuerdo a los objetivos del POAT</li> </ul> <h4>Reconocimiento</h4> La participación del alumnado mentor en la tutoría de carrera: <ul> <li>Tendrá derecho a su reconocimiento hasta <strong>1 ECTS</strong> por curso académico</li> <li>Se realizará según el <strong>Reglamento de Reconocimiento de Créditos</strong> por Participación en Actividades Universitarias en Enseñanzas Oficiales de Grado</li> </ul> <h2>8. COORDINACIÓN DE LOS CENTROS CON EL VICERRECTORADO</h2> Una vez aprobado el POAT por la Junta de Escuela o Facultad, se remitirán al <strong>Vicerrectorado con competencias en materia de POAT</strong> los siguientes documentos: <h3>Al inicio del curso</h3> Después de la primera Junta de Escuela o Facultad: <ol> <li><strong>Certificado firmado por el decano/a</strong> donde conste la aprobación del POAT del curso correspondiente</li> <li><strong>Relación de profesorado participante</strong> en el POAT</li> </ol> <h3>Al finalizar el curso</h3> <ol> <li><strong>Informe de seguimiento y evaluación del POAT</strong>, de acuerdo a la planificación aprobada</li> </ol>  ]]></contenido>
  <url>https://www.ull.es/portal/normativa/normativa/directrices-para-el-diseno-desarrollo-seguimiento-y-evaluacion-de-los-planes-de-orientacion-y-accion-tutorial-de-los-centros-de-la-universidad-de-la-laguna/</url>
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