{"id":1420,"date":"2026-02-10T09:46:32","date_gmt":"2026-02-10T09:46:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ull.es\/portal\/normativa\/normativa\/reglamento-del-trabajo-fin-de-grado-de-la-universidad-de-la-laguna\/"},"modified":"2026-02-10T09:46:32","modified_gmt":"2026-02-10T09:46:32","slug":"reglamento-del-trabajo-fin-de-grado-de-la-universidad-de-la-laguna","status":"publish","type":"norma","link":"https:\/\/www.ull.es\/portal\/normativa\/normativa\/reglamento-del-trabajo-fin-de-grado-de-la-universidad-de-la-laguna\/","title":{"rendered":"REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA"},"content":{"rendered":"<p>(Aprobado por Consejo de Gobierno el 06 de noviembre de 2024) <div class=\"ull-tabla-contenidos ull-toc-lista ull-toc-contraible ull-toc-inicialmente-colapsado\" data-total-items=\"24\"><div class=\"ull-toc-header\"><h2 class=\"ull-toc-titulo\">\u00cdndice de contenidos<\/h2><button class=\"ull-toc-toggle\" \n                    onclick=\"ullToggleTOC(this)\" \n                    aria-label=\"Expandir \u00edndice\" \n                    aria-expanded=\"false\"><span class=\"ull-toc-toggle-icon\"><svg class=\"ull-toc-icon-expand\" width=\"20\" height=\"20\" viewBox=\"0 0 20 20\" fill=\"currentColor\"><path d=\"M5.293 7.293a1 1 0 011.414 0L10 10.586l3.293-3.293a1 1 0 111.414 1.414l-4 4a1 1 0 01-1.414 0l-4-4a1 1 0 010-1.414z\"\/><\/svg><svg class=\"ull-toc-icon-collapse\" width=\"20\" height=\"20\" viewBox=\"0 0 20 20\" fill=\"currentColor\"><path d=\"M14.707 12.707a1 1 0 01-1.414 0L10 9.414l-3.293 3.293a1 1 0 01-1.414-1.414l4-4a1 1 0 011.414 0l4 4a1 1 0 010 1.414z\"\/><\/svg><\/span><span class=\"ull-toc-toggle-text\"><span class=\"ull-toc-text-expand\">Mostrar<\/span><span class=\"ull-toc-text-collapse\">Ocultar<\/span><\/span><span class=\"ull-toc-counter\">(24 secciones)<\/span><\/button><\/div><div class=\"ull-toc-lista ull-toc-collapsed\"><ul class=\"ull-toc-list\"><ul class=\"ull-toc-sublist\"><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-2\"><a href=\"#toc-exposicion-de-motivos-1\" class=\"ull-toc-link\">EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/a><\/li><ul class=\"ull-toc-sublist\"><ul class=\"ull-toc-sublist\"><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-1-objeto-y-ambito-de-aplicacion-2\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 1.- Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-2-definicion-y-naturaleza-del-tfg-3\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 2.- Definici\u00f3n y naturaleza del TFG<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-3-tutoria-de-los-trabajos-4\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 3.- Tutor\u00eda de los trabajos<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-4-cotutoria-de-los-trabajos-5\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 4. Cotutor\u00eda de los trabajos<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-5-las-comisiones-con-competencias-en-tfg-6\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 5. Las comisiones con competencias en TFG<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-6-coordinacion-de-la-asignatura-de-tfg-7\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 6. Coordinaci\u00f3n de la asignatura de TFG<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-7-matricula-y-gestion-academica-8\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 7.- Matr\u00edcula y gesti\u00f3n acad\u00e9mica<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-8-organizacion-de-la-docencia-9\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 8.- Organizaci\u00f3n de la docencia<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-9-asignacion-de-tfg-y-tutores-as-10\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 9. Asignaci\u00f3n de TFG y tutores\/as<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-10-sustituciones-renuncias-y-reasignaciones-de-tfg-o-tutores-as-11\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 10.- Sustituciones, renuncias y reasignaciones de TFG o tutores\/as<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-11-deposito-y-convocatorias-12\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 11.- Dep\u00f3sito y convocatorias<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-12-evaluacion-y-calificacion-13\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 12.- Evaluaci\u00f3n y calificaci\u00f3n<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-13-tribunales-de-evaluacion-14\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 13.- Tribunales de evaluaci\u00f3n<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-4\"><a href=\"#toc-articulo-14-revision-de-calificaciones-provisionales-y-calificacion-definitiva-15\" class=\"ull-toc-link\">Art\u00edculo 14.- Revisi\u00f3n de calificaciones provisionales y calificaci\u00f3n definitiva<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-disposicion-adicional-unica-16\" class=\"ull-toc-link\">Disposici\u00f3n adicional \u00fanica<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-disposicion-transitoria-unica-17\" class=\"ull-toc-link\">Disposici\u00f3n transitoria \u00fanica<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-disposicion-derogatoria-unica-18\" class=\"ull-toc-link\">Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-disposicion-final-unica-19\" class=\"ull-toc-link\">Disposici\u00f3n final \u00fanica<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-2\"><a href=\"#toc-acronimos-20\" class=\"ull-toc-link\">Acr\u00f3nimos<\/a><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-2\"><a href=\"#toc-anexo-i-21\" class=\"ull-toc-link\">ANEXO I<\/a><\/li><ul class=\"ull-toc-sublist\"><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-aspectos-a-regular-en-los-procedimientos-para-la-elaboracion-presentacion-evaluacion-y-gestion-de-los-tfg-22\" class=\"ull-toc-link\">Aspectos a regular en los Procedimientos para la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los TFG<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-2\"><a href=\"#toc-anexo-ii-23\" class=\"ull-toc-link\">ANEXO II<\/a><\/li><ul class=\"ull-toc-sublist\"><li class=\"ull-toc-item ull-toc-level-3\"><a href=\"#toc-declaracion-de-originalidad-del-trabajo-fin-de-grado-24\" class=\"ull-toc-link\">Declaraci\u00f3n de originalidad del Trabajo Fin de Grado<\/a><\/li><\/ul><\/li><\/ul><\/li><\/ul><\/div><\/div>\n<h2>EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/h2>\n<p> El Real Decreto 822\/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organizaci\u00f3n de las ense\u00f1anzas universitarias oficiales y del procedimiento de aseguramiento de su calidad establece la obligatoriedad de la realizaci\u00f3n de un Trabajo Fin de Grado (en adelante, TFG) se\u00f1alando, adem\u00e1s, que los TFG deber\u00e1n realizarse en la fase final del plan de estudios y estar\u00e1n orientados a demostrar el dominio y la aplicaci\u00f3n de los conocimientos, competencias y habilidades que conforman el plan de estudios del t\u00edtulo oficial de Grado. Sin embargo, el proceso de elaboraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los TFG deben ser regulados por cada universidad, en el ejercicio de su autonom\u00eda. La Universidad de La Laguna se ha venido dotando de sucesivos reglamentos que contemplan las particularidades que rodean a esta asignatura, desde la organizaci\u00f3n de la docencia, la asignaci\u00f3n de tutor\u00edas, las distintas modalidades, as\u00ed como la gesti\u00f3n acad\u00e9mica y administrativa de la matr\u00edcula y de las actas. Ahora y tras la experiencia acumulada a lo largo de los cursos, resulta necesario establecer una serie de directrices generales en nuestro \u00e1mbito general que simplifique los procedimientos administrativos de gesti\u00f3n de esta asignatura, pero que permita a los centros universitarios desarrollar las particularidades inherentes en cada t\u00edtulo a trav\u00e9s de la elaboraci\u00f3n de procedimientos para la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los TFG de sus t\u00edtulos en aras a la propia organizaci\u00f3n de cada uno. <\/p>\n<h4>Art\u00edculo 1.- Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n<\/h4>\n<ol>\n<li>El objeto de este reglamento es establecer las directrices generales relacionadas con la definici\u00f3n, realizaci\u00f3n, tutorizaci\u00f3n, defensa, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n acad\u00e9mica y administrativa de la asignatura Trabajo Fin de Grado (TFG) correspondiente a los t\u00edtulos oficiales de grado que se imparten en la Universidad de La Laguna.<\/li>\n<li>Las juntas de centro deber\u00e1n aprobar un Procedimiento para la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los TFG (PTFG) de sus titulaciones atendiendo a la memoria de verificaci\u00f3n y a las especificidades de cada una de las titulaciones de grado de las que el centro sea responsable regulando para cada t\u00edtulo al menos los aspectos recogidos en el Anexo I.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 2.- Definici\u00f3n y naturaleza del TFG<\/h4>\n<ol>\n<li>El TFG es un trabajo aut\u00f3nomo del o de la estudiante que se llevar\u00e1 a cabo bajo la supervisi\u00f3n o tutorizaci\u00f3n de una o dos personas. Consiste en la realizaci\u00f3n por parte del o de la estudiante, de forma individual o en grupo, de un proyecto, memoria o estudio en el que se demuestre de manera individual que se han adquirido las competencias propias de la titulaci\u00f3n.<\/li>\n<li>El tipo de TFG ser\u00e1 el que se establezca en la memoria de verificaci\u00f3n del grado. En caso de que no se especifique ninguno, el centro deber\u00e1 optar entre los siguientes tipos:\n<ul>\n<li>informe o proyecto de naturaleza profesional<\/li>\n<li>trabajo te\u00f3rico<\/li>\n<li>trabajo emp\u00edrico<\/li>\n<li>trabajo experimental<\/li>\n<li>trabajo de revisi\u00f3n e investigaci\u00f3n bibliogr\u00e1fica<\/li>\n<li>trabajo de car\u00e1cter o de aplicaci\u00f3n profesional<\/li>\n<li>trabajo coordinado con las pr\u00e1cticas externas<\/li>\n<li>resoluci\u00f3n de problemas en el \u00e1mbito de la ingenier\u00eda y la arquitectura<\/li>\n<li>trabajos derivados de la experiencia desarrollada en pr\u00e1cticas externas, siempre que no coincida con el material presentado para evaluar estas pr\u00e1cticas<\/li>\n<li>cualquier otro que recoja el PTFG.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>El TFG est\u00e1 concebido de forma que pueda ser realizado por el o la estudiante en el n\u00famero de horas correspondientes a los cr\u00e9ditos ECTS que tenga asignada esta asignatura en el correspondiente plan de estudios.<\/li>\n<li>Al igual que en el resto de las asignaturas, la matr\u00edcula de la asignatura TFG dar\u00e1 derecho a dos convocatorias de evaluaci\u00f3n ubicadas en el per\u00edodo establecido por el calendario acad\u00e9mico que se aprueba cada a\u00f1o por el Consejo de Gobierno, seg\u00fan lo contemplado en el art\u00edculo 7 del presente reglamento. Con car\u00e1cter excepcional, en aquellos grados en que exista un elevado n\u00famero de estudiantes matriculados\/as en el TFG, se podr\u00e1 ampliar el periodo de evaluaci\u00f3n, previa autorizaci\u00f3n del Vicerrectorado con competencias en la materia.<\/li>\n<li>El TFG podr\u00e1 llevarse a cabo, total o parcialmente en la Universidad de La Laguna o en otras universidades, instituciones o empresas siempre que exista el correspondiente convenio de colaboraci\u00f3n o cooperaci\u00f3n educativa.<\/li>\n<li>Los\/as estudiantes de la ULL podr\u00e1n cursar la asignatura TFG en el marco de un programa de movilidad nacional e internacional, siempre que el centro de destino oferte una asignatura de similar naturaleza y se cuente con la aprobaci\u00f3n previa de la propuesta del TFG por parte del centro de origen donde est\u00e1 matriculado el o la estudiante. Adem\u00e1s, para ser calificado el TFG por el centro de destino se deber\u00e1n cumplir los requisitos de calificaci\u00f3n de la asignatura de TFG que se establezcan en el PTFG.<\/li>\n<li>La realizaci\u00f3n y la defensa del TFG podr\u00e1n desarrollarse en un idioma distinto al castellano, conforme a lo dispuesto en la memoria de verificaci\u00f3n del t\u00edtulo o en el PTFG de la titulaci\u00f3n o del centro.<\/li>\n<li>Con car\u00e1cter general, la titularidad de los derechos de propiedad intelectual del TFG corresponde al o a la estudiante que lo haya realizado y los derechos referidos a la propiedad industrial se regir\u00e1n por la legislaci\u00f3n vigente en la materia.<\/li>\n<li>En cada t\u00edtulo de grado se deber\u00e1 optar por una de las siguientes modalidades de TFG: a) <strong>General.<\/strong> En el momento de la elaboraci\u00f3n del Plan de Organizaci\u00f3n Docente, y dependiendo de la previsi\u00f3n del n\u00famero de estudiantes susceptibles de realizar el TFG el curso siguiente y de las caracter\u00edsticas de los TFG de cada titulaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n con competencias en el TFG del t\u00edtulo (CTFG), en coordinaci\u00f3n con los departamentos y \u00e1reas de conocimiento, establecer\u00e1 la asignaci\u00f3n de grupos de TFG a las \u00e1reas implicadas. El PTFG deber\u00e1 establecer si en esta modalidad los TFG se realizar\u00e1n individualmente o en grupo. b) <strong>Espec\u00edfica.<\/strong> En esta modalidad el estudiantado realizar\u00e1 el TFG de forma individual. Habr\u00e1 dos modos de asignaci\u00f3n de TFG:\n<ul>\n<li>b.1. Por acuerdo previo estudiante-docente<\/li>\n<li>b.2. Por elecci\u00f3n entre la oferta de los departamentos\/\u00e1reas de conocimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 3.- Tutor\u00eda de los trabajos<\/h4>\n<ol>\n<li>El TFG se realizar\u00e1 bajo la supervisi\u00f3n de un tutor o una tutora que deber\u00e1 ser profesorado o personal investigador con responsabilidad docente adscrito a un \u00e1rea de conocimiento que imparta docencia en el grado en cuesti\u00f3n, seg\u00fan lo establecido en el Plan de Ordenaci\u00f3n Docente para cada curso acad\u00e9mico.<\/li>\n<li>La funci\u00f3n de la tutor\u00eda consistir\u00e1 en fijar el tema concreto del trabajo, exponer al o a la estudiante o grupo de estudiantes las caracter\u00edsticas del TFG, orientar y supervisar durante la elaboraci\u00f3n del trabajo, velar por el cumplimiento de los objetivos fijados, emitir una evaluaci\u00f3n de los TFG tutorizados, as\u00ed como orientar y asesorar al o a la estudiante en la preparaci\u00f3n, presentaci\u00f3n y defensa p\u00fablica.<\/li>\n<li>La participaci\u00f3n del profesorado sustituto en la tutor\u00eda de los TFG solo ser\u00e1 permitida como cotutor\/a de manera que se garantice, ante un eventual cese, la finalizaci\u00f3n del TFG.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 4. Cotutor\u00eda de los trabajos<\/h4>\n<ol>\n<li>Podr\u00e1 ser cotutor o cotutora de un TFG cualquier profesor o profesora o personal investigador con plena responsabilidad docente seg\u00fan lo establecido en el Plan de Ordenaci\u00f3n Docente en cada curso adscrito a cualquier \u00e1rea de conocimiento de la Universidad de La Laguna, aunque no imparta docencia en el grado.<\/li>\n<li>Asimismo, podr\u00e1 participar como cotutor o cotutora de TFG el personal investigador postdoctoral, el personal investigador en formaci\u00f3n y el personal investigador contratado, cuyos contratos reconozcan obligaciones docentes y no impidan expresamente la cotutorizaci\u00f3n de TFG. Como m\u00e1ximo, podr\u00e1n cotutorizar dos TFG.<\/li>\n<li>Cuando el alumnado tenga que desarrollar el TFG en su totalidad o en una parte significativa en empresas, instituciones y entidades p\u00fablicas o privadas externas a la Universidad de La Laguna, podr\u00e1 actuar como cotutor\/a un miembro de dicha empresa, instituci\u00f3n o entidad siempre y cuando tenga una titulaci\u00f3n de nivel 2 de MECES o superior. Para ello, ser\u00e1 necesario que exista previamente un convenio de colaboraci\u00f3n o de cooperaci\u00f3n educativa con dicha empresa, instituci\u00f3n o entidad.<\/li>\n<li>Podr\u00e1n participar tambi\u00e9n en calidad de cotutores\/as del TFG aquellas personas externas, que en su condici\u00f3n de profesionales aut\u00f3nomos, sean expertos en la materia objeto del TFG. Para ello, deber\u00e1n contar a estos efectos con una titulaci\u00f3n de nivel 2 de MECES o superior, la aprobaci\u00f3n de la CTFG del t\u00edtulo correspondiente y la firma de un convenio de colaboraci\u00f3n o de cooperaci\u00f3n educativa.<\/li>\n<li>En el caso de que el TFG se derive de pr\u00e1cticas externas, el cotutor o la cotutora puede proceder de la empresa, instituci\u00f3n o entidad en el que se desarrollaron dichas pr\u00e1cticas.<\/li>\n<li>Cada TFG podr\u00e1 contar, como m\u00e1ximo, con un cotutor o una cotutora.<\/li>\n<li>El PTFG podr\u00e1 impedir que act\u00faen como cotutor o cotutora el personal recogido en los apartados 2 y 3 de este art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 5. Las comisiones con competencias en TFG<\/h4>\n<ol>\n<li>Las comisiones con competencias en TFG (CTFG) de cada t\u00edtulo ser\u00e1n los \u00f3rganos encargados de gestionar todo el proceso relativo a los TFG y garantizar la aplicaci\u00f3n de este reglamento y del PTFG en cada t\u00edtulo de grado.<\/li>\n<li>Las juntas de centro deber\u00e1n crear el \u00f3rgano colegiado que asumir\u00e1 las competencias en esta materia, bien creando comisiones de TFG espec\u00edficas por t\u00edtulo, secci\u00f3n o centro, o bien compartiendo funciones dentro de otra ya creada.<\/li>\n<li>Entre las funciones de las CTFG se encuentran:\n<ul>\n<li>a) Establecer, en la modalidad general, la asignaci\u00f3n en el Plan de Organizaci\u00f3n Docente de los grupos de TFG a las \u00e1reas implicadas.<\/li>\n<li>b) Aprobar el procedimiento y calendario para la asignaci\u00f3n de TFG.<\/li>\n<li>c) Aprobar la asignaci\u00f3n de grupos, proyectos de TFG y profesorado tutor.<\/li>\n<li>d) Solucionar las incidencias acad\u00e9micas detectadas durante el desarrollo de los TFG, siempre que quien coordine el TFG de la titulaci\u00f3n no haya podido resolverlas.<\/li>\n<li>e) Establecer un protocolo de evaluaci\u00f3n o r\u00fabrica con los indicadores referentes a aquellos aspectos que se consideren susceptibles de evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<li>f) Nombrar los tribunales necesarios para poder evaluar los TFG presentados por la modalidad espec\u00edfica.<\/li>\n<li>g) Establecer el procedimiento de presentaci\u00f3n de la memoria y aprobar el calendario de presentaci\u00f3n y defensa del TFG en cada una de las convocatorias.<\/li>\n<li>h) Otorgar las matr\u00edculas de honor entre las propuestas de los tribunales.<\/li>\n<li>i) Todas aquellas funciones adicionales que la junta de centro le atribuyan en el \u00e1mbito de sus competencias.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 6. Coordinaci\u00f3n de la asignatura de TFG<\/h4>\n<ol>\n<li>La coordinaci\u00f3n del TFG de cada t\u00edtulo se llevar\u00e1 a cabo por la persona nombrada por el centro entre el profesorado que imparta docencia en cada t\u00edtulo.<\/li>\n<li>Entre sus funciones se encuentran:\n<ul>\n<li>a) Elaborar y presentar la gu\u00eda docente de la asignatura TFG.<\/li>\n<li>b) Actualizar y supervisar el aula virtual de la asignatura.<\/li>\n<li>c) Liderar el proceso de asignaci\u00f3n de los TFG.<\/li>\n<li>d) Solucionar las incidencias acad\u00e9micas detectadas durante el desarrollo de los TFG o comunicadas por el estudiantado o profesorado tutor.<\/li>\n<li>e) Resolver las renuncias, sustituciones y reasignaciones de persona\/s que tutorizan y cambios de proyectos de los TFG.<\/li>\n<li>f) Solucionar las incidencias acad\u00e9micas detectadas durante el desarrollo de los TFG.<\/li>\n<li>g) Incluir en el aula virtual de la asignatura TFG las actividades necesarias para subir las memorias de los TFG, las evaluaciones de las personas que tutorizan y de los tribunales.<\/li>\n<li>h) Resolver las solicitudes de reclamaci\u00f3n de las calificaciones provisionales.<\/li>\n<li>i) Firmar las actas de las asignaturas de TFG.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Los aspectos relativos al reconocimiento de la dedicaci\u00f3n docente del profesorado encargado de la coordinaci\u00f3n de los TFG ser\u00e1n regulados en el Reglamento de Organizaci\u00f3n Docente (ROD).<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 7.- Matr\u00edcula y gesti\u00f3n acad\u00e9mica<\/h4>\n<ol>\n<li>La matr\u00edcula del TFG se llevar\u00e1 a cabo en los mismos plazos que se establezcan para el resto de las materias o asignaturas del plan de estudios del t\u00edtulo de grado correspondiente.<\/li>\n<li>El alumnado podr\u00e1 matricularse del TFG cuando cumpla con los requisitos que establezca la memoria de verificaci\u00f3n de su t\u00edtulo.<\/li>\n<li>En el caso de que no se contemplen requisitos de matr\u00edcula del TFG en la citada memoria, el alumnado deber\u00e1 tener superados todos los cr\u00e9ditos de car\u00e1cter b\u00e1sico y restarle, para finalizar su grado, como m\u00e1ximo el n\u00famero de cr\u00e9ditos que establece la Normativa de Progreso y Permanencia en el periodo ordinario de matr\u00edcula. Asimismo, deber\u00e1 matricularse de todas las asignaturas de car\u00e1cter obligatorio que le queden para finalizar, as\u00ed como las pr\u00e1cticas externas.<\/li>\n<li>La junta de centro podr\u00e1 acordar la exclusi\u00f3n de determinadas asignaturas b\u00e1sicas del requisito del apartado anterior para sus t\u00edtulos. Con el objeto de planificar el procedimiento de matr\u00edcula anual, esta exclusi\u00f3n deber\u00e1 ser comunicada al vicerrectorado con competencias en titulaciones antes del 30 de abril del curso anterior al inicio de su aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Si la implantaci\u00f3n de la modificaci\u00f3n de un t\u00edtulo se realiza de forma gradual y contiene cambios en los requisitos de matr\u00edcula del TFG, estos ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n desde el primer curso de implantaci\u00f3n si as\u00ed lo acuerda la junta de centro y no perjudica al alumnado.<\/li>\n<li>Una vez matriculado el alumnado tendr\u00e1 derecho a presentar, defender y ser calificado del TFG si cumple con los requisitos establecidos en la memoria de verificaci\u00f3n del t\u00edtulo, en las convocatorias que se establezcan para las asignaturas de su misma temporalidad, de acuerdo con el calendario acad\u00e9mico anual.<\/li>\n<li>En el caso de que la memoria de verificaci\u00f3n del t\u00edtulo no contemple requisitos, el PTFG de cada t\u00edtulo o centro podr\u00e1 establecer los requisitos que debe cumplir el alumnado para poder realizar la presentaci\u00f3n y defensa del TFG. Entre estos requisitos se puede establecer el conocimiento de una segunda lengua extranjera, debiendo acreditar como m\u00e1ximo un nivel B1 de acuerdo con el Marco Com\u00fan Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL) seg\u00fan las formas de acreditaci\u00f3n del nivel de idioma admitidas por la Universidad de La Laguna.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 8.- Organizaci\u00f3n de la docencia<\/h4>\n<ol>\n<li>El TFG es una asignatura del plan de estudios cuyas actividades formativas corresponden fundamentalmente a trabajo aut\u00f3nomo del o de la estudiante. El n\u00famero de horas de actividades presenciales del estudiantado (entendidas como aquellas que requieran la intervenci\u00f3n directa de docentes y estudiantes) ser\u00e1 la que se recoja en la memoria de verificaci\u00f3n del t\u00edtulo o, en su defecto, entre el 10 % y el 20 % del total de cr\u00e9ditos ECTS del TFG en el plan de estudios.<\/li>\n<li>Las actividades presenciales de la asignatura TFG consistir\u00e1n, fundamentalmente, en tutor\u00edas, pudiendo contemplarse otras actividades formativas de distinto tipo (seminarios, talleres, tutor\u00edas colectivas, etc.) destinadas a orientar al o a la estudiante sobre la estructura del trabajo, la metodolog\u00eda, el tratamiento de los temas, la orientaci\u00f3n bibliogr\u00e1fica y su correcta presentaci\u00f3n.<\/li>\n<li>El TFG de cada titulaci\u00f3n tendr\u00e1 una gu\u00eda docente en la que se incluir\u00e1n, adem\u00e1s de los aspectos que est\u00e1n obligados por el modelo de gu\u00eda docente de la Universidad de La Laguna, los siguientes elementos que deber\u00e1n estar recogidos en la memoria de verificaci\u00f3n, en el PTFG del t\u00edtulo o centro, o haber sido aprobado previamente por la CTFG:\n<ul>\n<li>a) Posibles tipos de TFG y modalidades de los contemplados en los art\u00edculos 2.2 y 2.12, respectivamente, del presente reglamento)<\/li>\n<li>b) Aspectos relevantes de la organizaci\u00f3n y desarrollo de la asignatura: fechas en la que se seleccionar\u00e1n y asignar\u00e1n los TFG, organizaci\u00f3n de la oferta de trabajos, sistemas y criterios de evaluaci\u00f3n, etc.<\/li>\n<li>c) Actividades a realizar y descripci\u00f3n de las mismas en el caso de que no sean tutor\u00edas.<\/li>\n<li>d) Procedimiento p\u00fablico de elecci\u00f3n de grupo en la modalidad general o de temas en la modalidad espec\u00edfica.<\/li>\n<li>e) Criterios para la concesi\u00f3n de la menci\u00f3n de \u00abmatr\u00edcula de honor\u00bb (MH) entre el alumnado propuesto por las personas que eval\u00faan.<\/li>\n<li>f) Formato y normas de presentaci\u00f3n de los documentos que componen el TFG.<\/li>\n<li>g) Formato del acto de presentaci\u00f3n p\u00fablica.<\/li>\n<li>h) Aquellos otros aspectos recogidos sobre esta asignatura en la memoria de solicitud de verificaci\u00f3n del t\u00edtulo de grado correspondiente no contemplados en los apartados anteriores, as\u00ed como cualquier otra informaci\u00f3n relevante sobre la organizaci\u00f3n y desarrollo de la asignatura.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>El ROD fijar\u00e1 las pautas para la distribuci\u00f3n de los cr\u00e9ditos de la asignatura TFG entre las \u00e1reas de conocimiento participantes. No obstante, si hay acuerdo entre las \u00e1reas implicadas, no ser\u00e1 obligatorio seguir dichas pautas.<\/li>\n<li>El PTFG regular\u00e1 las herramientas de Inteligencia Artificial (IA) permitidas para la elaboraci\u00f3n del TFG. En cualquier caso, si se utilizan herramientas de IA durante la elaboraci\u00f3n del TFG se deber\u00e1 explicitarse su uso y referenciar adecuadamente.<\/li>\n<li>Si la utilizaci\u00f3n inadecuada de IA por el\/la estudiante diera lugar a fraude acad\u00e9mico falseando los resultados de su trabajo y su rendimiento acad\u00e9mico, se aplicar\u00e1 lo dispuesto en normativa de la Universidad La Laguna de desarrollo parcial de la Ley 3\/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. Asimismo, el TFG no podr\u00e1 estar plagiado total o parcialmente. El incumplimiento de alguna de estas condiciones podr\u00e1 derivar en las sanciones que la Universidad de La Laguna establezca al efecto. Todo el estudiantado deber\u00e1 firmar la Declaraci\u00f3n de originalidad del Trabajo Fin de Grado (Anexo II) y entregarla conjuntamente con la memoria del TFG.<\/li>\n<li>Las conductas deshonestas y de fraude acad\u00e9mico, como el plagio, las cooperaciones ileg\u00edtimas, la copia reiterada de textos sin citar su procedencia, la invenci\u00f3n y\/o falsificaci\u00f3n de datos, informaci\u00f3n o citas, el uso de algoritmos basados en IA para generar cualquier parte del TFG, o cualquier otra acci\u00f3n similar que sea constitutiva de fraude conllevar\u00e1n autom\u00e1ticamente la calificaci\u00f3n de suspenso (con nota de cero). La calificaci\u00f3n de suspenso por conducta deshonesta y fraude acad\u00e9mico deber\u00e1 entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias o de otro tipo en las que, en funci\u00f3n de la normativa vigente, pudieran incurrir los\/las estudiantes.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 9. Asignaci\u00f3n de TFG y tutores\/as<\/h4>\n<ol>\n<li>Si se opta en la titulaci\u00f3n por la modalidad general la asignaci\u00f3n del profesorado encargado se realizar\u00e1 como en cualquier otra asignatura en el momento de la elaboraci\u00f3n del Plan de Ordenaci\u00f3n Docente.<\/li>\n<li>Si se opta por la modalidad espec\u00edfica, la asignaci\u00f3n del profesorado se podr\u00e1 realizar mediante acuerdo previo. En este caso, el procedimiento ser\u00e1 el siguiente:\n<ul>\n<li>a) En el plazo que establezca la CTFG, el estudiantado y el profesorado podr\u00e1n acordar la tutorizaci\u00f3n de un determinado TFG (en adelante, TFG por acuerdo previo), con el visto bueno del departamento o \u00e1rea de conocimiento al que pertenezca el profesorado. Para ello, el estudiantado tendr\u00e1 que comunicarlo seg\u00fan el procedimiento que apruebe la CTFG.<\/li>\n<li>b) Con el objeto de asignar un TFG al estudiantado que no haya firmado TFG por acuerdo previo, la CTFG deber\u00e1 calcular los TFG que tienen que dirigir cada \u00e1rea aplicando el ROD, y a dicho valor se le restar\u00e1n los asignados por la modalidad de TFG por acuerdo previo.<\/li>\n<li>c) La persona encargada de la coordinaci\u00f3n del TFG deber\u00e1 solicitar a cada \u00e1rea un listado con el n\u00famero m\u00ednimo de proyectos de TFG (y el nombre de las personas que se encargar\u00e1n de la tutorizaci\u00f3n) que tendr\u00e1 que ofertar obtenido de la resta del apartado anterior.<\/li>\n<li>d) El estudiantado deber\u00e1 solicitar la asignaci\u00f3n de TFG estableciendo en la solicitud la prelaci\u00f3n entre los TFG ofertados por las \u00e1reas. La CTFG ser\u00e1 la encargada de aplicar los criterios de asignaci\u00f3n, previamente aprobados, y que se encuentran recogidos en las gu\u00edas docentes.<\/li>\n<li>e) En el menor plazo posible desde la finalizaci\u00f3n de la matr\u00edcula, la CTFG deber\u00e1 notificar a los y las estudiantes el listado provisional de las adjudicaciones y el periodo de reclamaciones.<\/li>\n<li>f) Finalizado el periodo de reclamaciones, la persona responsable de la coordinaci\u00f3n de los TFG publicar\u00e1 el listado definitivo. Cualquier modificaci\u00f3n posterior tendr\u00e1 que ser decidida de com\u00fan acuerdo por los y las estudiantes y profesorado afectado y, en todo caso, siempre que la comisi\u00f3n lo autorice, d\u00e1ndole la adecuada publicidad.<\/li>\n<li>g) Para aquellos\/as estudiantes que se matriculen del TFG en el per\u00edodo de ampliaci\u00f3n de matr\u00edcula regulado en la instrucci\u00f3n anual de admisi\u00f3n y matr\u00edcula del curso acad\u00e9mico correspondiente, se publicar\u00e1 un listado con las mismas caracter\u00edsticas que el anterior, en el que se podr\u00e1n utilizar las tutorizaciones que hayan quedado vacantes, adicionando las que sean necesarias, en su caso, para cubrir el total de TFG de nueva demanda, siendo de aplicaci\u00f3n lo expuesto en los apartados anteriores del presente art\u00edculo.<\/li>\n<li>h) Si el o la estudiante no superase la asignatura en ese curso y se matriculase en el curso siguiente, no ser\u00e1 necesario renovar la adjudicaci\u00f3n de TFG ni de la\/s persona\/s que lo tutoricen. Salvo que el o la estudiante o la\/s persona\/s que lo tutoricen soliciten cambiarla, la adjudicaci\u00f3n tendr\u00e1 una validez de dos a\u00f1os acad\u00e9micos consecutivos.<\/li>\n<li>i) Salvo aceptaci\u00f3n expresa del o de la estudiante, no se podr\u00e1 asignar para tutorizar un TFG por la modalidad espec\u00edfica a un \u00fanico profesor o profesora que se jubile en el curso acad\u00e9mico que se le asigne.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Los centros que no opten por ofertar TFG con acuerdo previo realizar\u00e1n la asignaci\u00f3n del profesorado encargado empezando por el subapartado c) del apartado anterior, de tal forma que la persona encargada de la coordinaci\u00f3n del TFG tendr\u00e1 que solicitar a cada \u00e1rea un listado con el n\u00famero m\u00ednimo de proyectos de TFG (y el nombre de las personas que se encargar\u00e1n de la tutorizaci\u00f3n) que deber\u00e1 ofertar.<\/li>\n<li>El n\u00famero m\u00e1ximo de cr\u00e9ditos en asignaturas de TFG a tutorizar por un mismo profesor o profesora deber\u00e1 sujetarse a lo establecido en el ROD.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 10.- Sustituciones, renuncias y reasignaciones de TFG o tutores\/as<\/h4>\n<ol>\n<li>En el caso de que, por causas justificadas, el profesorado no pueda o no desee continuar con su labor de tutorizaci\u00f3n de un TFG espec\u00edfico, deber\u00e1 hacerlo mediante escrito motivado y dirigido a la persona responsable de la coordinaci\u00f3n de los TFG que, una vez o\u00eddo el o la estudiante, nombrar\u00e1 en el plazo m\u00e1ximo de una semana un nuevo\/a tutor\/a, sin que esto suponga modificaci\u00f3n en el TFG asignado o elegido inicialmente, salvo en situaciones excepcionales acordadas por los responsables del centro, por causas debidamente justificadas o cuando exista acuerdo entre el o la estudiante y la\/s persona\/s que lo tutoricen.<\/li>\n<li>El o la estudiante que quiera cambiar de TFG o de la\/s persona\/s que lo tutoriza deber\u00e1 renunciar primero al que tenga adjudicado mediante escrito motivado y dirigido a la persona responsable de la coordinaci\u00f3n de los TFG, la cual, o\u00edda\/s a la\/s persona\/s que lo tutoricen, resolver\u00e1 sobre la procedencia de la renuncia y proceder\u00e1, en su caso, a la nueva asignaci\u00f3n de la\/s persona\/s que lo tutoricen o l\u00ednea de trabajo en el plazo m\u00e1ximo de 15 d\u00edas h\u00e1biles.<\/li>\n<li>La CTFG deber\u00e1 aprobar cada curso acad\u00e9mico un calendario para las sustituciones, renuncias y reasignaciones de TFG o tutores\/a.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 11.- Dep\u00f3sito y convocatorias<\/h4>\n<ol>\n<li>El estudiantado deber\u00e1 subir al aula virtual del TFG, en el plazo que establezca la CTFG, la memoria del TFG en formato PDF o en el formato que especifique la gu\u00eda docente. La entrega del TFG se podr\u00e1 realizar por sede electr\u00f3nica si as\u00ed se recoge en el PTFG.<\/li>\n<li>El o la estudiante es la persona responsable del TFG y ser\u00e1 qui\u00e9n tome la decisi\u00f3n de depositar o no el trabajo para su presentaci\u00f3n y defensa, sin necesidad de contar para ello con la autorizaci\u00f3n expresa de las personas que lo hayan tutorizado. El nombre de las personas que han realizado la tutorizaci\u00f3n solo constar\u00e1 en la memoria del TFG si han autorizado el dep\u00f3sito.<\/li>\n<li>El r\u00e9gimen de convocatorias de los TFG ser\u00e1 el mismo que el establecido para el resto de las asignaturas del grado.<\/li>\n<li>Las personas que coordinen los grupos en la modalidad general, as\u00ed como las que coordinen los TFG de las titulaciones en la modalidad espec\u00edfica, deber\u00e1n activar una tarea en el aula virtual de la asignatura, o en la que se habilite para ello, con el fin de que el alumnado pueda incorporar o subir la memoria del TFG.<\/li>\n<li>La memoria deber\u00e1 respetar las normas de estilo, formato y presentaci\u00f3n que se indican en la gu\u00eda docente de la asignatura.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 12.- Evaluaci\u00f3n y calificaci\u00f3n<\/h4>\n<ol>\n<li>La evaluaci\u00f3n del TFG se realizar\u00e1 teniendo en cuenta los criterios recogidos en la gu\u00eda docente de esta asignatura debiendo figurar, al menos:\n<ul>\n<li>una valoraci\u00f3n de los conocimientos, las competencias y las habilidades alcanzadas realizadas por la\/s persona\/s que lo tutorizan (en la modalidad espec\u00edfica, si no se contradice con la memoria de verificaci\u00f3n, debe tener una ponderaci\u00f3n m\u00ednima del 20 % sobre la calificaci\u00f3n final)<\/li>\n<li>una valoraci\u00f3n de la memoria y<\/li>\n<li>una valoraci\u00f3n de la presentaci\u00f3n y defensa del TFG.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Para llevar a cabo la evaluaci\u00f3n con garant\u00edas de homogeneidad, la CTFG establecer\u00e1 un protocolo de evaluaci\u00f3n o r\u00fabrica con los indicadores referentes a aquellos aspectos que se consideren susceptibles de evaluaci\u00f3n, tales como estructura, contenidos, presentaci\u00f3n oral, defensa, etc. Este protocolo deber\u00e1 ser seguido por el profesorado encargado de evaluar los TFG.<\/li>\n<li>El TFG deber\u00e1 ser expuesto y defendido de forma presencial y p\u00fablica y en el acto se deber\u00e1 evaluar tanto la presentaci\u00f3n como la defensa que realice el alumnado. En la modalidad general se har\u00e1 ante el profesorado responsable o ante un tribunal seg\u00fan se recoja en el PTFG y en la modalidad espec\u00edfica ante un tribunal.<\/li>\n<li>La CTFG podr\u00e1 autorizar la defensa telem\u00e1tica, siempre y cuando concurran las condiciones t\u00e9cnicas, administrativas y econ\u00f3micas que permitan su viabilidad.<\/li>\n<li>La defensa del TFG consistir\u00e1 en la exposici\u00f3n oral de su contenido o de las l\u00edneas principales del mismo, durante un tiempo m\u00e1ximo de 10-15 minutos o el que establezca la memoria de verificaci\u00f3n del grado, ante un tribunal evaluador o el profesorado responsable. A continuaci\u00f3n, el o la estudiante contestar\u00e1 a las cuestiones que plantee el profesorado responsable o los miembros del tribunal, en su caso, durante un m\u00e1ximo de 10 o 15 minutos, si as\u00ed se recoge en el PTFG.<\/li>\n<li>Una vez concluida la sesi\u00f3n, la\/s personas que realicen la evaluaci\u00f3n deliberar\u00e1\/n sobre la calificaci\u00f3n del TFG sometido a su evaluaci\u00f3n, teniendo en cuenta la documentaci\u00f3n presentada por los y las estudiantes, la exposici\u00f3n y defensa p\u00fablica del trabajo. Estos criterios contemplar\u00e1n, especialmente, el nivel de adquisici\u00f3n de las competencias propias del t\u00edtulo.<\/li>\n<li>En la modalidad de TFG espec\u00edfico, la entrega de las calificaciones se realizar\u00e1 a trav\u00e9s del medio que fije previamente el centro, preferentemente haciendo uso de las aulas virtuales. En el caso de emisi\u00f3n individual de calificaci\u00f3n por parte de los miembros del tribunal, el secretario o la secretaria del tribunal realizar\u00e1 la media de las valoraciones particulares con una \u00fanica calificaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La calificaci\u00f3n final se otorgar\u00e1 en funci\u00f3n de lo recogido en el Real Decreto 1125\/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de cr\u00e9ditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de car\u00e1cter oficial y validez en todo el territorio nacional.<\/li>\n<li>En la modalidad de TFG espec\u00edfico, las personas que se encarguen de la coordinaci\u00f3n de los TFG deber\u00e1n cumplimentar el acta de la asignatura a partir de la ponderaci\u00f3n de la calificaci\u00f3n de las personas que han realizado la tutorizaci\u00f3n y del tribunal.<\/li>\n<li>Para la concesi\u00f3n de MH en ambas modalidades de TFG, se constituir\u00e1 como tribunal la CTFG del t\u00edtulo, que evaluar\u00e1 todas las propuestas debidamente motivadas. Estas propuestas podr\u00e1n ser presentadas por los diferentes tribunales evaluadores o por el profesorado responsable. Si se recoge en el PTFG, la CTFG podr\u00e1 delegar en la persona que coordine la asignatura de TFG la evaluaci\u00f3n de las propuestas. El PTFG deber\u00e1 establecer la calificaci\u00f3n m\u00ednima que deber\u00e1 tener un o una estudiante para la concesi\u00f3n de la MH.<\/li>\n<li>En el caso de que el n\u00famero de propuestas de menciones de MH sea superior al n\u00famero de menciones disponibles, se aplicar\u00e1n los criterios de concesi\u00f3n de dicha menci\u00f3n que se encuentran en el PTFG.<\/li>\n<li>El acta de la asignatura de TFG deber\u00e1 ser firmada por el\/la coordinador\/a de la asignatura de TFG.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 13.- Tribunales de evaluaci\u00f3n<\/h4>\n<ol>\n<li>En el caso de que la evaluaci\u00f3n la realice un tribunal, a propuesta de la persona encargada de la coordinaci\u00f3n de la asignatura, la CTFG nombrar\u00e1 tantos tribunales como sean necesarios para poder evaluar los trabajos presentados.<\/li>\n<li>Los tribunales estar\u00e1n formados por tres miembros:\n<ul>\n<li>Un\/a presidente\/a (el\/la de mayor categor\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por este orden)<\/li>\n<li>Un\/a secretario\/a (el\/la de menor categor\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por este orden)<\/li>\n<li>Un\/a vocal.<\/li>\n<\/ul>\n<p> Deber\u00e1n pertenecer al personal docente de la Universidad de La Laguna y elegidos\/as, preferentemente, entre el profesorado que imparta docencia en la titulaci\u00f3n correspondiente. Asimismo, el PTFG deber\u00e1 establecer el n\u00famero de suplentes que se deber\u00e1 nombrar en cada tribunal.<\/li>\n<li>Se debe promover la aplicaci\u00f3n del principio de composici\u00f3n equilibrada, entre mujeres y hombres, seg\u00fan indica la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.<\/li>\n<li>Excepcionalmente, el o la vocal podr\u00e1 ser:\n<ul>\n<li>Personal t\u00e9cnico de gesti\u00f3n, administraci\u00f3n y servicios, (PTGAS) siempre que tenga la titulaci\u00f3n m\u00ednima (nivel 2 de MECES) exigible para formar parte del tribunal designado y que su labor profesional est\u00e9 relacionada con el t\u00edtulo.<\/li>\n<li>Personal investigador post-doctoral vinculado contractualmente con la Universidad de La Laguna que preferentemente imparta docencia en el t\u00edtulo y cuyo tipo de contrato no se lo impida.<\/li>\n<li>Personal externo con o sin venia docente, siempre que tenga la titulaci\u00f3n m\u00ednima exigible (nivel 2 de MECES) para formar parte del tribunal designado y que su labor profesional est\u00e9 relacionada con el t\u00edtulo.<\/li>\n<li>Profesorado em\u00e9rito.<\/li>\n<li>Personal investigador con contrato predoctoral siempre y cuando el ROD no se lo impida.<\/li>\n<\/ul>\n<p> El PTFG deber\u00e1 recoger quien puede ser vocal de los tribunales.<\/li>\n<li>Las personas encargadas de la tutorizaci\u00f3n de un o una estudiante en la modalidad espec\u00edfica no podr\u00e1n formar parte de tribunal que la o lo eval\u00fae.<\/li>\n<li>El profesorado tiene la obligaci\u00f3n de participar en estos tribunales si as\u00ed le es requerido por el centro. Solo se podr\u00e1 justificar la imposibilidad de pertenecer a un tribunal por situaci\u00f3n administrativa, por las causas de abstenci\u00f3n y recusaci\u00f3n se\u00f1aladas en los art\u00edculos 23 y 24 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico o por causas debidamente justificadas.<\/li>\n<li>La persona encargada de la coordinaci\u00f3n de los TFG establecer\u00e1 el d\u00eda, hora y lugar de celebraci\u00f3n de las defensas de los TFG, as\u00ed como el orden de exposici\u00f3n de los trabajos, garantizando la adecuada comunicaci\u00f3n a todo el estudiantado y profesorado afectado. Los actos de defensa se realizar\u00e1n en las fechas establecidas en el calendario acad\u00e9mico a tal fin.<\/li>\n<li>El tribunal deber\u00e1 subir al aula virtual de la asignatura TFG, en la actividad creada para dicho objetivo por la persona que coordine el TFG, la calificaci\u00f3n de la presentaci\u00f3n y defensa de los TFG que haya realizado la evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<h4>Art\u00edculo 14.- Revisi\u00f3n de calificaciones provisionales y calificaci\u00f3n definitiva<\/h4>\n<ol>\n<li>Para la modalidad de TFG espec\u00edfico, se tendr\u00e1 en cuenta lo siguiente:\n<ul>\n<li>a) En la publicaci\u00f3n de las calificaciones provisionales debe estar desglosada la evaluaci\u00f3n del tutor\/a, la memoria y el acto de presentaci\u00f3n y defensa.<\/li>\n<li>b) Los y las estudiantes que no est\u00e9n conformes con la calificaci\u00f3n provisional podr\u00e1n solicitar su revisi\u00f3n ante el\/la coordinador\/a de la asignatura.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Para la modalidad de TFG general se atender\u00e1 a lo establecido en la normativa de la Universidad de La Laguna sobre reclamaciones.<\/li>\n<li>Las calificaciones definitivas ser\u00e1n trasladadas al acta de la asignatura del TFG, que ser\u00e1 \u00fanica e ir\u00e1 firmada por el\/la coordinador\/a de la asignatura.<\/li>\n<li>El o la estudiante podr\u00e1 impugnar su calificaci\u00f3n definitiva siguiendo el mismo procedimiento que para el resto de las asignaturas de las titulaciones de la Universidad de La Laguna.<\/li>\n<li>El TFG no ser\u00e1 susceptible de ser aprobado por compensaci\u00f3n ni podr\u00e1 ser objeto de adaptaci\u00f3n o reconocimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<h3>Disposici\u00f3n adicional \u00fanica<\/h3>\n<p> Se faculta a la comisi\u00f3n delegada de docencia del Consejo de Gobierno de la ULL para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en este reglamento y para su interpretaci\u00f3n. <\/p>\n<h3>Disposici\u00f3n transitoria \u00fanica<\/h3>\n<p> Todos los centros de la Universidad de La Laguna deber\u00e1n tener elaborados y aprobados los PTFG, tal y como dispone el art\u00edculo 1.2, antes del inicio del curso 2025-2026. <\/p>\n<h3>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica<\/h3>\n<p> Quedan derogados el Reglamento de la Asignatura \u00abTrabajo Fin de Grado\u00bb de la Universidad de La Laguna aprobado en la sesi\u00f3n de Consejo de Gobierno de 2\/12\/2015 y sus posteriores modificaciones. <\/p>\n<h3>Disposici\u00f3n final \u00fanica<\/h3>\n<p> El presente reglamento entra en vigor en el curso acad\u00e9mico 2025-2026. <\/p>\n<h2>Acr\u00f3nimos<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>CTFG<\/strong> &#8211; Comisi\u00f3n con competencias en TFG<\/li>\n<li><strong>IA<\/strong> &#8211; Inteligencia Artificial<\/li>\n<li><strong>MECES<\/strong> &#8211; Marco Espa\u00f1ol de Cualificaciones para la Educaci\u00f3n Superior<\/li>\n<li><strong>MH<\/strong> &#8211; Matr\u00edcula de honor<\/li>\n<li><strong>PTFG<\/strong> &#8211; Procedimiento para la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los TFG<\/li>\n<li><strong>ROD<\/strong> &#8211; Reglamento de Ordenaci\u00f3n Docente<\/li>\n<li><strong>TFG<\/strong> &#8211; Trabajo Fin de Grado<\/li>\n<\/ul>\n<h2>ANEXO I<\/h2>\n<h3>Aspectos a regular en los Procedimientos para la elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los TFG<\/h3>\n<ul>\n<li>\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n del procedimiento (centro, secci\u00f3n o t\u00edtulo)<\/li>\n<li>N\u00famero de estudiantes m\u00e1ximo por TFG<\/li>\n<li>Tipos que podr\u00e1 adoptar el TFG seg\u00fan art\u00edculo 2.2<\/li>\n<li>Idioma en que se puede realizar y defender el TFG<\/li>\n<li>Las personas que pueden tutorizar un TFG<\/li>\n<li>Las personas que pueden cotutorizar un TFG<\/li>\n<li>Posibilidad de que el TFG derive de las pr\u00e1cticas externas<\/li>\n<li>\u00c1mbito de competencia de la comisi\u00f3n con competencias en TFG (centro, secci\u00f3n o t\u00edtulo)<\/li>\n<li>Composici\u00f3n de la comisi\u00f3n con competencias en TFG<\/li>\n<li>Establecer los criterios de evaluaci\u00f3n del TFG donde se pondere la valoraci\u00f3n de:\n<ul>\n<li>los conocimientos, las competencias y las habilidades<\/li>\n<li>la memoria<\/li>\n<li>la presentaci\u00f3n<\/li>\n<li>defensa<\/li>\n<\/ul>\n<p> y se fije\/n la\/s persona\/s que deber\u00e1n valorar la memoria en la modalidad espec\u00edfica<\/li>\n<li>Fijar las normas de estilo y formato de la memoria del TFG<\/li>\n<li>Establecer los criterios para la concesi\u00f3n de la menci\u00f3n de \u00abmatr\u00edcula de honor\u00bb (MH), incluida la calificaci\u00f3n m\u00ednima que debe tener un estudiante para la concesi\u00f3n de la MH.<\/li>\n<li>Requisitos para matricularse en el TFG<\/li>\n<li>Requisitos para poder realizar la exposici\u00f3n y defensa del TFG<\/li>\n<li>Actividades presenciales de la asignatura TFG adem\u00e1s de las tutor\u00edas (seminarios, talleres, tutor\u00edas colectivas, \u2026)<\/li>\n<li>Modalidad en las que se desarrollar\u00e1n los TFG (general o espec\u00edfica). En el caso de optar por la modalidad espec\u00edfica, se deber\u00e1 concretar si se opta por:\n<ul>\n<li>acuerdos previos estudiantes-docentes y por la elecci\u00f3n entre las ofertas de los departamentos o \u00e1reas de conocimiento<\/li>\n<li>solo por la elecci\u00f3n entre las ofertas de los departamentos o \u00e1reas de conocimientos<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Las personas que pueden ser vocales de un tribunal y el n\u00famero de suplentes por tribunal<\/li>\n<li>Establecer qui\u00e9n valorar\u00e1 los TFG en la modalidad general<\/li>\n<\/ul>\n<h2>ANEXO II<\/h2>\n<h3>Declaraci\u00f3n de originalidad del Trabajo Fin de Grado<\/h3>\n<p> (Este documento debe adjuntarse cuando el TFG sea entregado para su evaluaci\u00f3n) D.\/D\u00f1a. <strong>[Nombre y apellidos del o de la estudiante]<\/strong>, con DNI\/NIE\/pasaporte <strong>[N\u00famero documento]<\/strong> declaro que el presente Trabajo Fin de Grado que lleva por t\u00edtulo: <strong>[T\u00edtulo del Trabajo Fin de Grado]<\/strong> es original y soy el autor o autora del material aqu\u00ed incluido y, cuando no ha sido as\u00ed y he tomado el material de otra fuente, lo he citado o bien he declarado su procedencia de forma clara -incluidas, en su caso, herramientas de inteligencia artificial-. Las ideas y aportaciones principales incluidas en este trabajo, y que acreditan la adquisici\u00f3n de competencias, son m\u00edas y no proceden de otras fuentes o han sido reescritas usando material de otras fuentes. En La Laguna a <strong>[Fecha]<\/strong> Firma del\/de la estudiante<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(Aprobado por Consejo de Gobierno el 06 de noviembre de 2024) EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS El Real Decreto 822\/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organizaci\u00f3n de las ense\u00f1anzas universitarias oficiales y del procedimiento de aseguramiento de su calidad establece la obligatoriedad de la realizaci\u00f3n de un Trabajo Fin de Grado (en&#8230;<\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"template":"","meta":{"inline_featured_image":false},"tipo_norma":[146],"categoria_norma":[],"materia_norma":[211,212],"organo_norma":[160],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v21.3 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA - normativa<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/www.ull.es\/portal\/normativa\/normativa\/reglamento-del-trabajo-fin-de-grado-de-la-universidad-de-la-laguna\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA - 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