La Evaluación de la asignatura se rige por el Reglamento de Evaluación y Calificación (REC) que la Universidad de La Laguna tenga vigente, además de por lo establecido en la Memoria de Modificación por la que se rige la titulación.
En virtud de dicho reglamento,
todo el alumnado está sujeto a evaluación continua en la primera convocatoria de la asignatura,
salvo el o la estudiante que se acoja a la evaluación única, lo que tendrá que ser comunicado por el propio alumnado antes de haberse presentado a las actividades cuya ponderación compute, al menos, el 40% de la evaluación continua (ver art. 5.5 del REC), o excepcionalmente por circunstancias sobrevenidas (ver art. 5.7 del REC).
EVALUACIÓN CONTINUALa
evaluación continua consiste, según la Memoria de Verifica/Modifica para la titulación, en las siguientes pruebas:
- Pruebas objetivas (PO), con un peso del 30% en la nota final obtenida.
- Pruebas de desarrollo (PD), con un peso del 30% en la nota final obtenida.
- Trabajos y Proyectos (TR), con un peso del 20% en la nota final obtenida.
- Pruebas de ejecuciones de tareas reales y/o simuladas (PR), con un peso del 20% en la nota final obtenida.
[A partir de ahora se especifica la ponderación de las distintas pruebas de evaluación en la nota final de la asignatura (NF). Siempre se expresa la ponderación de las pruebas de evaluación respecto al total de la asignatura (100%). En caso de que una evaluación se componga de varias pruebas y no se diga nada, se entiende que la nota final es la media de dichas notas.]Las pruebas de evaluación a realizar dentro de la evaluación continua son las siguientes:
- Pruebas objetivas (PO), a realizar en la fecha oficial de convocatoria que figure en el calendario académico.
- Pruebas de desarrollo (PD), a realizar en la fecha oficial de convocatoria que figure en el calendario académico.
- Trabajos y Proyectos (TR), a realizar durante el cuatrimestre.
- Pruebas de ejecuciones de tareas reales y/o simuladas (PR), a realizar durante el cuatrimestre.
En la prueba final PF de la primera convocatoria, el alumnado se evalúa de la parte PO y PD.
La modalidad de evaluación continua se extenderá a la segunda convocatoria. Por lo tanto, la segunda convocatoria podrá utilizarse para recuperar las pruebas de evaluación continua no superadas antes del fin de la primera convocatoria de la asignatura. En el caso de las pruebas TR y PR, la evaluación se hará mediante la realización de una o varias pruebas indicadas por el profesor, manteniendo las notas del resto de pruebas superadas con la misma ponderación. La prueba PR podrá coincidir con la fecha del examen de convocatoria en función de la disponibilidad del laboratorio. IMPORTANTE:
El alumnado deberá solicitar las pruebas TR y/o PR con 7 días de antelación con respecto a la fecha oficial de convocatoria que figure en el calendario académico.
En relación a la evaluación continua, conforme al artículo 4.7 del REC
“se entenderá agotada la convocatoria desde que el alumnado se presente, al menos, a las actividades cuya ponderación compute el 50% de la evaluación continua, salvo en los casos recogidos en el artículo 5.5". Por lo tanto, una vez realizado cualquier conjunto de actividades cuya suma de ponderaciones alcance el 50% supone el agotamiento de la evaluación continua de la asignatura. Una vez agotada la evaluación continua la calificación en el acta
no podrá ser "No presentado".
Obligatoriedad de las actividades: Será obligatorio realizar todas las pruebas de evaluación propuestas en la asignatura.
EVALUACIÓN ÚNICASi el alumnado no se evalúa de forma continua (por las circunstancias que se describen en el REC), debe evaluarse de todo el contenido teórico y práctico de la asignatura. La evaluación única,
cuya realización debe ser comunicada al profesorado de la asignatura con una antelación mínima de 7 días respecto a la fecha oficial en la que el/la estudiante quiera presentarse, se compondrá de:
- Una prueba teórica (PT) donde se evaluarán aspectos teóricos de ambos bloques, y que equivale a las pruebas PO y PD de la evaluación continua;
- Una prueba práctica (PP) donde se evaluarán contenidos prácticos de ambos bloques, y que equivale a las pruebas TR y PR de la evaluación continua.
Si la realización de estas pruebas no puede realizarse el mismo día debido a su extensión, el profesorado convendrá con el alumnado una fecha alternativa para su realización. La ponderación de las distintas pruebas de evaluación en la NF de la asignatura es: NF = 0.60*PT + 0.40*PP. La prueba PP podrá coincidir con la fecha del examen de convocatoria en función de la disponibilidad del laboratorio.
Respecto a la 5a convocatoria y posteriores:El alumnado que se encuentre en la quinta o posteriores convocatorias y desee ser evaluado por un Tribunal, deberá presentar una solicitud a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica, dirigida al Director/a de la Escuela de Doctorado y Estudios de Posgrado. Dicha solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de diez días hábiles al comienzo del periodo de exámenes.
Respecto a la conservación de actividades formativas prácticas del curso anterior:Se podrán mantener los resultados de las pruebas prácticas (TR y/o PR) del curso anterior para el curso actual, sin menoscabo de que el o la estudiante pueda decidir la repetición de dichas pruebas (antes de la realización de las mismas durante la evaluación continua, o bien mediante la prueba práctica de la evaluación única,
circunstancia que -tal y como ocurre en los casos anteriores-
debe ser comunicada al profesorado de la asignatura con una antelación mínima de 7 días respecto a la realización de las pruebas). Esto también será válido de cara a la convocatoria extraordinaria de Marzo.
Evaluación del 5% de inglés:Las actividades y evaluación en inglés están contenidos dentro de las pruebas TR y PR. La evaluación de dichas pruebas contemplará, por tanto, la evaluación del inglés en esta asignatura.