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Petición de Catalina Sánchez para disponer de sus bienes

AutorJuan Núñez Jaimez
Fecha1567
LugarCanarias, Tenerife, San Cristóbal de La Laguna

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En la noble cibdad de señor san Christoval ques en esta ysla de Thenerifee en siete dias del mes de abril año de mill e quinientos y sesenta y siete años antel muy magnifico señor el liçenciado Juan Veles de Guevara governador e justizia mayor en esta dicha ysla y en la de La Palma por su magestad e por presenzia de mi Juan Nunes Haymes escribano publico e del numero desta dicha ysla por su magestad pareçio presente Catalina Sanches muger de Bartolome Gonçales e presento una petiçion su thenor de la qual es esta que se sigue muy magnifico señor Catalina Sanches muger de Bartolome Gonçales digo quel dicho Bartolome Gonçales esta ausente desta ysla y no se espera benir a ella por estar desterrado perpetuamente e porque yo traxe su poder quando con el me case çiertos bienes dotales e los quiero reçebir y cobrar por mi rreparo e de mis hijos e para los poder cobrar e pedir de qualesquier bienes que se hallaren del susodicho tengo nesesidad se me de liçençia para ello pido a vuestra merced dada la ynformaçion del avçençia e de lo susodicho en lo que baste me conçeda dicha liçençia e para que pueda poner un procurador o dos o lo que mas me convenga ynterponiendo en ello vuestra merced su abtoridad e decreto judiçial e justiçia su merced que de ynformaçion e dada provera justiçia por informaçion dello este dia presento por testigo a Miguel Hernandes vezino desta cibdad el qual juro e dixo que conose a los dichos Bartolome Gonçales e Catalina Sanches su muger conthenida en este pedimiento y sabe que son casados e les a visto hazer vida maridable como tales marido e muger e sabe que tiene hijos porque se los a visto aver y procrear y sabe que el dicho Bartolome Gonçales esta avsente desta ysla de mas de dos años a esta parte y no se le espera que vendra tan presto porque lo sabe por cosa notoria y questo es la verdad por el juramento que hizo e no firmo porque dixo que no sabe por informaçion dello presento por testigo a Diego Hernandes herrero el qual juro e dixo que conose al dicho Bartolome Gonçales y sabe ques casado con la dicha Catalina Sanches y les a visto hazer vida maridable como tales marido e muger e que sabe quel dicho Bartolome Gonçales esta avsente desta ysla de mas de tres años a esta parte y es cosa publica que no a buelto a ella desde que se fue ni se espera que verna a ella tan presto porque lo conose y questa es la verdad por el juramento que hizo e no firmo e despues de lo susodicho en nueve dias del mes de abril e del dicho año el dicho señor governador vista la dicha ynformaçion dixo que dava e dio liçençia y facultad a la dicha Catalina Sanches para que pueda pareser en juicio e pedir e demandar y cobrar qualesquier bienes que pertenescan al dicho Bartolome Gonzales su marido e pueda dar cartas de pago e poder a qualesquier persona con qualesquier clausulas en lo qual y en los dichos poderes dixo que ynterponia e interpuso su avtoridad e decreto judiçial e lo firmo el liçenciado Juan Veles e yo Juan Nunez Jaymes escribano publico e del numero desta ysla de Thenerife por su magestad presente fize por ende fazer en este mio signo Juan Nunez Jaymes escribano publico

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