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Sesión capitular
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Y En XXVIII de jullio de IUDII años
Cabildo Y Este dicho dia entraron en cabildo la señora doña Beatriz de Bovadilla en
nonbre del señor governador e Pedro de Vergara alcalde mayor e Fernando
de Llerena e Christoual Despino e Guillen Castellano e Mexia regidores
e Jayme Joven e Alonso de Alcaraz e Francisco de Medina vecinos de la dicha ysla que
ende se fallaron
pan cocho
Y Hordenaron e mandaron que por quanto la ordenança era fecha por el señor
governador e cabildo antes desta çerca del pan que vysta ser en
perjuyzio de las panaderas y no bien de la tierra porque con la
per
dida que las panaderas han no dan pan que aquella revocan e
mandan que den diez onças de pan cozido y que tengas sus
pesas con que lo pesen so pena que a la que se le hallare que menos
diere yncurra en pena en las otras odenanças antes desta
fecha.
trigo para fuera
Y Ordenaron e mandaron que ninguna persona sea osada de sacar
trigo de la ysla ni çevada so pena de lo perder e el maestre que en
su navyo lo cargare pyerda el navyo e mas çinco mill marauedis asy
la persona que lo sacare como el maestre para los propios.
azeite
Y Ordenaron e mandaron quel azeyte se de por medida medido el quartillo
a catorze marauedis, y aquel respecto medio quartillo y den asymesmo
la mitad de medio quartillo al respecto e que desto se de
a
sy medido so pena que el que lo contrario heziere yncurra en pena de
las otras ordenanças contenidas.
xabon Y Ordenaron e mandaron quel xabon valga a doze la libra esto que
sea lo prieto y lo blanco a catorze so pena que el que lo contrario
heziere yncurra en las penas en la ordenança antes desta
establesçida.
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