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Relación de bienes a la muerte de Nicolás de Quevedo y Falcón y Josefa María de Alvarado y de la Fuente

AutorDesconocido
Fecha1783
LugarCanarias, Gran Canaria, Gran Canaria

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Libro en que se lleva la razon de lo que han fructificado los bienes que quedaron por muerte de los Señores Don Nicolas de Quevedo y Falcon y Da Josepha Maria de Alvarado y de la Fuente mis padres desde el dia 11 de Junio de 63 en que fallecio mi Madre y Señora. En blanco La casa de la plaza de Santo Domingo la vivi yo desde que murio mi Madre hasta el dia 11 de Abril del año de 65, en que se salio del castillo mi hermano, y se fue a Santo Domingo, y no volvi mas a la casa = estubo serrada por culpa suya, assi porque temian alquilarla por temor que le tenian, como porque haviendose puesto papeles, para que si huviese quien la quisiesse, alquilar ocurriesse a mi, me quito el papel y puso otro convocando a quien la quiesse comprar, por cuya razon no se alquilo, y assi deben ser de su cuenta todos estos alquiles = estubo serrada hasta el dia catorce de enero de sesenta y seis, en que haviendose Ydo a Yndias la alquilo Don Juan Guerra Alguazil mayor de Cruzada, ganando trece de plata, el que la vivio hasta setiembre de dicho año de sesenta y seis = estubo vacia por falta de alquilador desde el citado mes de septiembre, hasta el dia tres de julio de sesenta y siete, que lleva socorro diesmero que fue del millo de esta ciudad, la llave ganando a trece de plata, porque aunque le pedi 20 pesos por el tiempo que estubiera, y el ofrecio 19, haviendo passado a ver la casa se arrepentio y solo ofrecio los trece de plata, y se la di por no tenerla cerrada, vivio en ella hasta el dia 3 de Abril de 68, que entrego la llave = Y el dia catorce del citado mes de Abril llevo la llave Josepha de Alvarado mi prima hermana gananado sic tach. a 11 reales pesos menos un real = Pago mi prima el año y solo debe catorce y medio de plata = Abril de 69 = el dia 23 de julio de 1770 gaste 7 reales de plata en reformar el muro de la calle tres y medio de plata el oficial que fue Domingo Robaina, dos de plata el Pon, y real y medio de plata de carretada y media de tierra = Don Juan Guerra vivio ocho meses a trece de plata importa trece pesos = Socorro la vivio por los mismos trece de plata que son catorce pesos y cinco de plata = Pago mi prima un año que son 18 pesos = Memoria de lo que le e ydo embiando a mi hermano = desde el dia veinte y quatro de septiembre de 1776 años vino a Canaria = en quenta = el mismo dia quando lo fui a ver le dexe dos pesos = 20 reales = el dia 25 por la mañana que volvi a verle ocho pesos = 80 reales = el dia que se purgo quatro de plata para un asiento presiso = 5 reales = el dia de San Diego del Monte doce de Noviembre quarenta pesos, que mando a buscarlos con mi sobrino Domingo = 400 y los conto el contador Don Miguel Guerra = = el dia que pagaron el funeral del Sor Barrios mando otra vez a Domingo, y le mande otros quatro pesos = 40 reales = dos quesos que me pidio y se los mande con Manuel Melean que pesaron catorce libras y media, a real de = 18 reales 1 plata, son dies y ocho reales y un cuarto Vn cuarto de puerco que por Pascua le trajo Manuel Melean que costo dies y medio de plata y lo pague = 13 = 1 yo = Por quatro pesos que me pidio el dia del Niño del Coro y se los mande aquella tarde con Jacinto hijo de su = 40 compadre Miguel el Pedrero y Nieto de Domingo Lorenço = = Por doce de plata de ocho peones de cabeza que le = 15 reales echo Manuel y libro en mi Por tres pesos que le tocan pagar de la mitad de la Cuarta de agua, que se riega en el Parral, y pague a Da a Da Agustina de SantaMaria por el mes de Henero = 30 reales de este año de 1777 = Por seis pesos que me pidio el dia veinte de febrero y le mande el dia veinte y uno con Juan Angel el = 60 ayuda de sorchante que me dixo se los mandara con el = Por quatro pesos que le mande con su compadre Miguel el Pedrero con quien me los mando a pedir, el dia Domingo de Ramos y se los entregue quando sali de la Yglesia en la casa puerta de Don Joseph Leal en medios tostones, que eran para empedrar la calle de la casita que va para los Reyes que es de Ambos, y le toca la mitad = 40 reales del costo Por tres pesos que le mande con Joseph Alvarado hijo de dicho Miguel y se los entregue en la capilla del Carmen el dia de Pascua del espiritu santo 18 de Mayo = Por doce de plata que importaron dos quesos que le llevo Ysabel el dia 27 de Julio = Por seis pesos que me vino a pedir y le mande con Joseph Alvarado en 29 de julio y entregue en la sacrisita del Carmen siendo testigos Don Juan Guerra Alguazil mayor de Cruzada y Don Bartolome Dias y otros. Casa pequeña: La casa pequena en que vive tio Sanches; la tenia mi tia en quatro de plata que se la havia dado mi Madre y Señora, de la que como havian caido en tanta pobreza solo me ha dado una fanega de millo cada año para el Barbero, y me la daba a quince reales, que assi me lo ha dicho, y solo le pude sacar del año de sesenta y ocho nueve hasta que la dexo me ha pagado [...] dos años que son sesenta y ocho, y sesenta y nueve cumplido la vispera de San Joseph = a cuenta del año q va corriendo me ha dado dos pesos = mas me mando dos pesos = y mas la fanega de millo = y a quenta del año que va corriendo de 70 me dio 3 pesos el dia de Santa Cathalina de Sena y vivio en la casa solo el mes de Junio no cabal, y quedo vacia, y lo ha estado hasta el dia primero de Noviembre de dicho año que llevo la llave Antonio Alvarado ganando a dies reales cada mes = = = pago Antonio Alvarado cinco meses que se quentan del dia primero de Noviembre al el dia primero de Abril de este presente año de 1771 en que me entrego la llave = volvio a quedar vacia; el mes de Abril y Mayo = el mes de Junio la vivio un soldado en 10 reales, concluido el mes se fue al castillo del Padre = quedo en la casa en la cosina una viejesita pagando dos de plata estubo hasta el mes de septiembre = el mes de octubre, noviembre y Diciembre la vivio la madre de un soldado, el primero gano siete de plata y los otros dos meses gano a seis porque dixo se mudaba si no le vajaba el real = mas vivio tres meses la casa Maria Perera a dies reales se volvio a cerrar hasta que el dia dies y nueve de Junio de 74 tomo la llave la que la vive que por Junio hizo dos años ganando a seis de plata. En blanco Año de 68 = seis peones de cabeza = costo de vendimia el mismo = que los antecedentes = Año de 69 seis peones de cabeza = y el costo de la vendimia seis de plata porque no se les mantuvo = Año de 70 = ocho peones de cabeza = costo de la vendimia, quatro almudes de gofio seis de plata de pescado, quatro de plata de los vendimiadores = Año de 71 = seis peones de cabeza = costo de vendimia el mismo que el antecedente = Año de 72 = quatro peones de cabeza = costo de vendimia dos almudes de gofio = quatro de plata de pescado, dos de plata de los vendimiadores = Año de 73 = seis peones de cabeza = costo de vendimia quatro almudes de gofio seis de plata de pescado quatro de plata de los vendimiadores = Año de 74 seis peones de cabeza = dos almudes de gofio = tres de plata de pescado dos de plata de los vendimiadores = Año de 75 = quatro peones de cabeza = tres de plata de los vendimiadores = Año de 76 lo mismo = En blanco Otra casita pequena contigua a la antecedente De esta casita pequeña, la qual fabrico mi hermano Ysidro en sitio nuestro, y con el material que dexo mi Padre, y la puerta de canteria menos las quisialeras, que costio el; en cuya fabrica gasto noventa pesos como declara su muger por una de las clausulas de su testamento; yo no he tomado cosa alguna, antes si he pagado el tributo de nueve reales, que le tocan, mitad de los 18 que por cada septiembre se pagan al mayorasgo de Matos = Memoria de los costos de la viña = y vendimia en el año de 763 e he dies y seis peones de cabeza = 30 reales costo de vendimia seis de plata de pescado = quatro almudes de gofio quatro de plata de los vendimiadores = en el año de 764 dies peones de cabeza = costo de vendimia cinco de plata de pescado = quatro almudes de gofio = quatro de plata de los vendimiadores = Año de 65 ocho peones de cabeza = cinco de plata de pescado quatro almudes de gofio, quatro de plata de los vendimiadores = el año de 66 = seis peones de cabeza = costo de vendimia cinco de plata de plata sic de pescado, quatro almudes de gofio quatro de plata de los vendimiadores = el año de 67 ocho peones de cabeza = costo de vendimia lo mismo que en el antecedente = se vuelve a la foxa antecedente Año de 75 Millo tardio nueve fanegas con media fanega de planta vendido a dos pesos judia quatro almudes y medio Año de 76 Papas daria menudas como quatro fanegas y media porque eran como de semilla = las sebollas se han podrido todas en nueve de Diciembre me trajo Manuel dinero del millo y me entrego doce pesos, y doce de plata del diesmo, me dio razon de siete fanegas de millo con la planta = Año de 77 en 15 de Diciembre me trajo Manuel dinero de seis fanegas y media de millo con los dos almudes de la planta del Cercado de arriba del millo temprano = = = = = = del diesmo vn peso, ocho quartos y medio, y una moneda = Sercado de la Santa Ana en Telde: El Sercado de la Santa Ana en Telde la mitad es mio con la mitad del agua de su riego por mejora que me hizo mi Madre y Señora. Yo tome la cuarta de Manuel, de cuyos frutos no he tenido cuenta hasta ahora por ser mio = Año de 63 millo temprano siete fanegas planta dos y medio, de sevollas serian dies reales, judias las que se cogieron se volvieron a sembrar = millo tardio ocho fanegas y un almud = judias cinco almudes Año de 64 dio doce cerones de millo, que se pueden regular a sevollas fueron mui pocas que se las comio el vicho, judias se volvieron a sembrar = millo tardio siete fanegas y media y judias 10 almudes cautivas Año de 65 millo temprano seis fanegas y dos almudes y medio, sevollas siete de plata. Judias se dejaron para sembrar = tardio siete fanegas y cinco almudes. Judias nueve almudes Año de 66 millo temprano cinco fanegas y media, Judias no huvo, y Yo supli para plantar sevolla dies reales = tardio ocho fanegas y once almudes, Judias ocho almudes libres Año de 67 millo temprano quatro fanegas y dies almudes y medio, Judias, lo mismo que antes, sevollas siete de plata = tardio seis fanegas. Judias partible 8 almudes Año de 68 millo temprano seis fanegas y siete almudes, sevollas 10 reales Judias no se cogieron [...] di la siembra, tardio seis fanegas, Judias cinco almudes año de 1769 millo temprano ocho fanegas y tres almudes, libres, de los que deje tres almudes para plantar = Judias no se cogieron = del millo tardido me trajeron sinco almudes de Judias cautivos = mas del millo tardido me trajeron [...]ta de ocho fanegas menos un almud; del que se saco media fanega para la planta = de papas me trajeron cuenta Año de 70 de dies y nueve fanegas por la medida de alla que no salieron aca sino 18 y dies almudes se entiende cautivas y las vendi tres fanegas a dies de plata, y las otras a quince reales, y de semilla me traeran quatro fanegas mas o menos, las que se vendieron por socorrer a los pobres en tan grande necesidad a seis de plata y Judias se cogio una fanega cautiva entre ambos y quedo ala un almud para plantar y me trajeron cinco = millo me trajeron cuenta de seis fanegas y media; y dies de plata de Diesmo = me lo trajeron, en 4 de septiembre = me han traido dies almudes y medio de Judias cautivas = millo me trajo cuenta de ocho fanegas siete y medio que habra ido a razon de 25 = y media fanega que quedo por plantar el qual me trajo en 9 de febrero de 1771 = de Diesmo me trajeron dies y siete y medio de plata = + Año de 71 = Las Papas que se cogieron no sirvieron y de ellas solo di una fanega a mi Procurador y otra a mi labandera en seis de plata y media que le mande dar a mi hermano fray Pedro, y las demas a los pobres. = Millo temprano quatro fanegas y media cinco fanegas, Judias no huvo = de lo que me trajo Manuel siete pesos y medio = media fanega de gofio y dos almudes y medio para la planta = del tardio seis fanegas y Judias siete almudes cautivas = vendia a razon de 25 = Año de Papas no se echaron por no haver havido tiempo = 72 millo temprano seis fanegas y nueve almudes, se sacaron 3 para sembrar sevollas unos dies reales Judias no vi ningunas, tardio siete fanegas, Judias cinco almudes cautivos se vendio el millo a quince reales. Año de Papas mui pequeñas de modo que con semilla y la 73 otra unas cinco fanegas de las que se podrian sacar dos fanegas y media a tres millo temprano seis fanegas y media, Judias quedaron para sembrar = sevollas se las comio el vicho, y solo trajeron unas pocas pequeñas, que las regulo en cinco de Plata, millo tardio ocho fanegas se vendio Año de el temprano a trece de plata, y el tardio a dies y ocho Judias 74 cinco almudes = Papas [...] semilla tach. entre unas y otras Año de se pueden regular de papa mediana una fanega a 15, Judias no 75 huvo, sevollas dies reales = tardio siete fanegas, Judias media fanega cautiva, millo a 25 = y las Judias a treinta Papas Millo temprano siete fanegas y dies almudes y del mismo medio los dos almudes y medio de planta vendido modo a 15 de octubre = judias no me trajeron sevollas dies reales = vuelvase a la foxa antecedente La otra mitad que tenia Francisco, yo y su Muger, los frutos de este dividian en tres partes, una para mi, y las dos para mis dos hermanos: a mi hermano fray Pedro le he dado aun mas de lo que por todo le podia tocar; a mi hermano Ysidro le he dado todo hasta quando murio mi Madre parti el lyno y le di su parte: los medianeros se la llevaban; y aun manda a cobrarla con los Megias que tenia en su cercado, con la circunstancia que si havia algun real de pico se lo mandaba a el como asimismo su parte de Judias, y aun los truscos = de esta manera le estube dando todo pagando Yo los tributos, menos el que se le pagaba a el que solo le pague un año cuyo recivo tengo = tambien le pague dos años de la renta de la cuarta de agua que tiene de la capellania de Ysidorito que son 24 pesos = a fin de pagarle los 50 pesos que me dio para el funeral de mi madre y se lo di todo hasta que se embarco que fue el dia primero de Diziembre del año de 65 en estos años dio en el año de 63 ocho fanegas assi en el temprano, como en el tardio = en el de 64 seis fanegas en el temprano, y siete en el tardio = en el de 65 daba lo mismo, cada uno llevo lo suyo = en el año de 66 el millo temprano seis fanegas = le di una fanega, y la otra reserve para ayuda de pagar los tributos = el millo tardio le tocaron tres fanegas, le mande dos que las pidio = tambien le llevaron las Judias, que le tocaron = tambien le mande una fanega de papas de las mias en que se le computara algun real por el verde de estas tres fanegas tome recivo = el año de sesenta y siete dio del millo temprano quatro fanegas y cinco almudes el que se vendio a quince reales, de este no le di nada porque fue pagar los tributos = Judias dio entre una y otra cosecha ocho almudes = le mande dos de plata = de verde no tome nada con los animales de mi hermano fray Pedro = el millo tardio cinco fanegas le mande a mi cuñada su parte como asimismo su parte de papas de nada se tomo recivo por estar en cama de que murio = el año de 68 el millo temprano dio siete fanegas, que se vendio a diesocho reales Vellon en este no se cogieron Judias, antes Yo di almud y medio para sembrar = de millo tardio seis fanegas menos un almud y de esto se sacaron tres almudes para la planta = de Judias siete de plata = deven de seis de plata fiados hasta San Juan = Año de Millo temprano me mando la medianera con su hija 69 Ysabel el dia 18 de Agosto dinero de seis fanegas tach. a razon de dos pesos a que se vendio, y quatro y medio de plata de pico, sin la planta que se saco de monton = de millo tardido quatro fanegas y [...] dies almudes = y se vendio a dos pesos. Año de 70 este año me trajo Gregoria dinero de quatro fanegas y media de millo temprano el dia 18 de Agosto y dejo alla dos selemines y medio para la planta = y asimismo me trajo dos y medio de plata del Diesmo. Del millo tardio me trajo Bernardo en veinte de Enero de de sic 1771 dinero de cinco fanegas de millo y siete de plata el qual se vendio a veinte y cinco que es el primero que vendo a este precio = de diesmo tres reales de plata = de Judias me trajo quatro almudes, y medio, y advierto que en el millo me falto en dos fanegas almud y medio, y lo mismo pueda que suceda en las otras dos porque Yo solo vendi una y los siete de plata y traje a la ciudad las quatro fanegas = las Judias son cautivas = Año de 71 De papas me trajeron menudas porque no sirvieron como cosa de quince almudes: por no haver servido para venderlas las di de limosna a los pobres en que entran mis hermanos = cinco fanegas de Judias en el millo temprano, cautivas quatro almudes, y medio de millo tach. tardio me trajo Bernardo quenta de cinco fanegas y media de millo y un real de plata en esta forma dos fanegas en dinero a razon de 25 y el real de plata y lo demas en millo lo trajo y advierto que en cada fanega falto siempre medio almud por el medio que tengo por donde compro y vendo = de Judias trajo 8 almudes cautivas por lo que mira a mi parte y se sacara la misma falta del medio = y de diesmo 50 de plata lo trajo en 29 de Diciembre deste año = Año de 72 = En este año no se puso Millo tenprano sino sebada blanca, y dio cautivas 24 fanegas cautivas partibles, y dio un poquito de lino que echo Bernardo unas cinco libras, de estopa de espadilla y la otra siete libras y media = de Millo tardio cinco fanegas y media, y Judias quatro almudes y medio = Año de 73 millo temprano seis fanegas de millo, Judias quatro no huvo almudes y medio = el millo vendido a quince = tardio seis fanegas y ocho almudes no cabales, judias cinco almudes cautivos. Año de Millo temprano tres fanegas y media y medio almud 74 y almud y medio de Diesmo Judias no huvo = tardio seis fanegas y nueve almudes = Judias cinco almudes cautivos se vendio el millo tardio a dies y ocho = Año de 75 Me trajo Bernardo en 19 de Junio tres almudes y medio de Judias cautivas, y ocho calavasitas, Millo siete fanegas tardio nueve fanegas, Judias quatro almudes y medio = a razon de 25 = Año de En este año no se echo millo temprano, sino sebada 76 y dio treinta y una fanega cautivas, toca libres de Diesmo y trilla trece fanegas y dos almudes y medio a cada parte se vendio a dies reales por haverla traido a la ciudad pr que en Telde no la pagaban sino a siete de plata = Memoria de lo que he ido dando a mi hermano fray Pedro desde el año de sesenta y tres en adelante Primeramente se le cargan doce pesos, y dos y medio de plata que saque por su cuenta de en casa de Antonio Peres un habito para el Padre Fray Domingo Matos, y lo pague Yo y a mi no se me ha satifecho y el se obligo a pagarmelo que de no, no se lo huviera comprado. 123: 1 quarto Por trece varas de anascote blanco a tres de plata que le saque el año de sesenta, y tres, y se lo hizo Bernarda Placeres que costo nueve pesos seis de plata [...] reales de la hechura = y dos de plata de hilo por ser lo que por todo hacen once pesos y medio = por el [...] quatro pesos y lo demas [...] 7 75 pesos y medio mas le di cien reales. Por tres reses que le he dado ropa blanca se le puede cargar con sus hechuras 100 pesos 100 Por doce varas de Anascote que instado de el mande a buscar a Tenerife a Don Pedro Tonsstal por mano de la Señora Da Ana Romero el que por no haver de otro en Santa Cruz me lo mando del de primera suerte ancho y mui fino, a catorce de plata, y dies reales de los derechos y traida, que con otros dies reales de la hechura y dos de plata de hilo hacen veinte y 24 1 quatro pesos y un real de plata Por dos pesos que le mande estando enfermo = el año 20 pasado de sesenta y ocho = Por quatro pesos de 20 missas, que le estoi aplicando en el Carmen = Por once pesos y tres y medio de plata que se importe [...] que lo compre este año de sesenta y nuebe en esa forma dies pesos y real y medio que costo el anascote dos de plata de hilo, y dies reales de su hechura. sin incluir los cortejos de chocolate jabon y otras finezas que le he mandado = tambien se le cargan doce pesos de quintal y medio de lana, que lo obligan por mi mano el Sor Don Antonio de que se le 12 [...] de [...] libras que mande = [...] dos pesos que importe lo que le mande para 80033 : 4 quartos [...] = mas le di a Beatris la 25 reales vellon [...] cinco reales de los pebetes de la Santa Por cinco de plata que costaron unos manguitos, que llevo 3 reales = 6 quartos para los que solo mando dos de plata le di a mi hermano fray Pedro otro habito trece varas de anascote de en casa de Clemente a seis de plata, dos hilo y un peso de la hechura = que son once pesos = Cercado del Tabaibal = Para saber lo que toca a mis hermanos es necessario hacer primero la particion lo uno porque mi hermano tiene plantado un pedaso que se lo solte para su utilidad desde el año de sesenta que vino de Yndias, y el no ha pagado tributo ninguno, y ha percevido todo lo que le ha dado que el medianero corria con esso, Y no sabemos si le toca algo mas, lo otro porque haviendo sido la mejora de tercio, y quinto en la mitad del Cercado y el agua como esta dicho, y lo restante en el Tabaibal, de ai es que primero se ha de separar la mejora, y despues se ha de partir lo restante entre los tres = el mosto de sesenta y tres toco a cada uno siete pesos y dos de plata, se le dio a cada uno su parte = y Yo tome dos partes una por bia de mejora, y otra por mi legitima = lo llevo un fulano Martin casado con una hija de Asiego = el mosto de sesenta y quatro tambien di a cada uno lo que toco = el mosto de sesenta y cinco toco a treinta y seis reales a cada uno; a mi lo mismo no se le di prq se [...] pa los tributos = hize + lo di tambien el mosto de sesenta y seis toco tres pesos y dos de plata a cada uno tres pesos q lo di a mi hermano pr los tributos el mosto de sesenta y siete por todo cinco baras, y un barril se vendio a ocho pesos el majuelo de mi hermano dos botas = mi majuelo 18 varriles y lo demas dio el otro = el mosto de sesenta y ocho dio una bota y dies varriles y se vendio a cinco pesos y medio y se entiende por la parte de aca entrando el de mi hermano tambien = el mio dio el tach. primero dia trece canastas y el comun once hermano y el primero dia dio veinte y cinco varriles a mi tocaron [...] el segundo 20 canastas de mi hermano 13 y el mio siete = a mi 10 barriles varriles cautivos = media bota mi hermano tres barriles y cinco entre los dos fray Pedro y Ysidro = y yo no tomo ninguno. Año de 69 este año huvo dos dias de vendimia en el primero huvo 28 canastas, catorce del comun, y catorce del mio, y dio 29 varriles y un [...] se dieron tres de Diesmo por las uvas que se comen quedaron libres a cada uno trece varriles y tres botijas = mio 6 varriles y siete botijas = y otro tanto del comun = el segundo dia que se vendimio el de mi hermano se cogieron 22 canastas y libre de diesmo le toco 9 barriles y un tercio el que se vendio a nueve pesos y cinco de plata y lo compro el sargento mayor Don Geronimo Falcon = tuvo de costo de vendimia seis de plata = Año de se cogio de mosto de lo mio, cinquenta barriles cautivos, y partibles en 70 mi y el Medianero y del de mi hermano quarenta cautivos, tambien partibles entre el y el Medianero, y uno, y otro lo llevo Don Joseph Falcon a precio de ocho pesos que no huvo forma de sacarselo a mas por mas diligencias que hize: y tubo de costo la vendimia por mi parte dies de plata = otros seis de plata Año de dio veinte pesos junto con el Diesmo se vendio 71 a dies pesos = Año de Dio veinte y quatro barriles y un tercio se vendio 72 a onze pesos = Año de este año huvo veinte y tres pesos y el medianero tomo 73 alla otra bota y lo que le falto lo tomo de aca = Año de este año dio el Parral dies botas barril y medio y una 74 botija por todo dio dies y nueve castras el de mi hermano doce el mio, y siete el parral viejo Año de 75 dio el mosto tres botas y tres barriles cautivos el de mi hermano dio 22, el mio nueve y el otro siete y libre dieron cuenta de una bota y siete barriles se vendio a doce pesos y medio = Año de 76 este año dio dos botas y media se vendio a trece pesos y se le dio a mi hermano su parte = año de 768 dio el comun once canastas cautivas que a barril es una bota y se vendio a cinco pesos y medio = el año de 769 dio catorce canastas cautivas que son catorce barriles = vendido a nueve pesos y dos cinco de plata = Año de 70 dio quince barriles cautivos vendido a ocho pesos. Granos, lino, y estopa judia, y algodon del Tabaibal = Año de este año de 63 la sebada que se cogio se partio, y llevo 63 cada uno su parte porque con los disgustos estaba fuera de mi, y no supe lo que me hice del millo refleccione que tenia mi mejora en lo restante alli, y que no les podia tocar frutos en la trierra calma, y de alli en adelante no les di nada sino solo del mosto millo siete fanegas = judias cinco almudes = lino quatro libras, estopa seis libras y media = y de la espadilla tres libras = el algodon di lo que [...] Año de este año de sesenta y quatro no se coguieron chicharos = 64 millo ocho fanegas y tres almudes = se vendio a quince = judias cinco almudes = lino quatro libras y tres quartos de esto por cinco libras = y tres de la espadilla el algodon que dio lo parti y le mande su parte = Año de este año de sesenta y cinco se cogio de sebada seis fanegas 65 de millo siete fanegas y tres almudes, judias ocho almudes lino cinco libras, y ocho de estopa de la buena, y de la espadilla tres libras = Judias ocho almudes el algodon le mande su parte = se vendio el millo a quince = Año de este año de sesenta y seis no se cogio sebada chicharos 66 tres almudes = millo cinco fanegas se vendio a quince lino ocho libras y estopa once libras = y de la espadilla cinco libras = Judias siete almudes = de algodon les mande siempre su parte; 67 el año de sesenta y siete la sebada que se cogio se volvio a sembrar = el millo siete fanegas, y ocho almudes = Judias ocho almudes = lino no sirvio por cuya razon daria quatro libras de lino, y y sic cinco de estopa y dos de la espadilla = de algodon le mande su parte = el millo se vendio a dies y ocho = 68 en el año de sesenta y ocho se cogio por mi parte tres fanegas de sebada cautiva la que se vendio a 10 reales = millo del Tabaibal quatro fanegas, y tres almudes = Judias nueve almudes lino cinco libras y estopa de la buena 6 libras y de la de espadilla tres = de algodon tach. media libra 69 el año de sesenta y nueve se cogio de sebada en lo desepado dies, y ocho fanegas y tres almudes de sebada cautivas la que se vendio a dies reales, tocaron a nueve fanegas, y almud y medio cautivos al medianero y lo mismo a nosotros = se ha de revajar la siembra que puse Yo, recebi tres pesos y medio de la rama y quedo alla uno se cogieron otras cinco fanegas de sebada cautivas, dos y media a mi y dos y media al medianero = quatro fanegas se advierte que en todos estos años se ha de revajar la planta de todo por haverla Yo costeado y el medianero dice que ponia el la mitad pasose por ello para lo segar y revajarse lo respectivo = de sebada se ha gastado unos años con otras tres fanegas de sembradura y de millo cinco almudes = Año de este año dio el millo de el Tabaibal ocho fanegas menos almud y 70 medio: tres fanegas el del Parral y lo demas la otra tierra cuyo dinero se me trajo a dos pesos el dia 4 de Noviembre = esto se entiende libre de diesmo = de judias me trajeron de alla vajo siete almudes porque se cogieron dies cautivos dos se dejaron para senbrar = de algodon se me traera una cuenta mas o menos porque fue un puñito = de lino se trajo el día quatro de Noviembre quince fanegas de lino, y dies y siete de estopa = y el dia de pascua me trajeron 16 de lino y quince de estopa buena y siete de la espadilla, y todo esto es cautivo, esto es con diesmo = se gasto en comprar [...] lino quince de plata = año de he dado para sembrar dos fanegas y media de mi capellania Real [...] 71 se cogio de sebada primeramente entre ambos 25 fanegas libres, siete en medio del Parral y lo demas en la otra tierra = se cogio otra poquita tardia que dio siete fanegas cautivas, de la que solo me trajeron una fanega media en grano y media en dinero a tach. que no le he vendido a mas, y la otra quedo para sembrar = 83. 1 quarto del millo de alla abajo me traje sic Juan nueve pesos, y dos de plata el dia treinta y uno de octubre y esto fue con el diesmo y todo = Año de 72 Las papas, daria una fanega menuditas, se dispuso del mismo modo para los pobres = del millo de alla abajo me trajo Manuel en 30 de octubre ocho cinco pesos y medio pesos menos dos de plata en esta forma dos fanegas y tres almudes, cinco de plata del Diesmo y quince trece y medio reales de la rama con Diesmo y todo = Año de 72 sebada quince fanegas cautivas que se vendio a seis y medio de plata, que vienen quedando libres tres fanegas y media pr la parte de aca Millo dio razon haver tocado aca [...] vendio [...] Judias quatro almudes y medio = Año de 73 sebada solo vi fanega, y media porque solo se sembraron unas orillas y lo demas fueron Jabas, y ocho chicharos, que trajeron quatro almudes tach. de las jabas dies de plata = tach. Millo veinte almudes a 25 parti bles Judias sinco almudes cautivos = Año de 74 sebada la que se cogio se reservo para sembrar, millo fanega y media pues dio cuenta de tres pesos y seis de plata Judias media fanega = a treinta y el millo a veinte y cinco = Año de 75 sebada seis fanegas y siete almudes = millo dos fanegas y ocho almudes y medio Judias media fanega lino esta aun sin componer la cosecha de tres años Año de 76 sebada tres fanegas y siete almudes, quedo para sembrar, nueve almudes de lantejas, porque dio 10 cautivas Diezmo del año de 1784 tres de plata de la sebada = 3 Se me han retenido en el Ha[...] Taoro y Daute 1864 rreales que hazen 124 pesos y quatro rreales que importo el escusado que declare desde el año de sesenta y siete que me recevi de capitan Rodrigues hasta el año passado de 1782 = en que me revajo lo que yo avia de tomar que eran nueve pesos y un real de plata de España. Por esta cuenta se han revajado veinte y seis pesos y dos pesetas del recudimiento de San Juan Por el recudimiento de Navidad se me han revajado veinte pesos, dos reales y veinte y dos maravedis Por el recudimiento de San Juan se rebajan 26 pesos, y seis de plata = Y he pagado ya con el recudimiento de San Juan de de sic 1788, y me sobraron ochenta y nueve reales y veinte y cinco maravedis el año [...] fanega y media de millo [...] [...] su precio a dos quartos en plata el precio [...] = un almud de Judias a treinta del tardio quinse fanegas y nueve almudes de millo [...] de plata de Judias dos almudes a treinta = tres fanegas menos almud de millo = año de 82 trece fanegas cautivas a doce de plata = la segunda cosecha 18 fanegas = un real de plata de Judias, y de las tardias tres de plata = dies tramados de lino a dos quartos un real de plata [...] = tres fanegas de millo Año de 767 seis pesos siete reales antiguos = 20 maravedis Año de 68 seis pesos, seis reales. doce maravedis Año de 69 Dies pesos y dos reales = Año de 70 Noventa y cinco reales antiguos Año de 71 setenta y siete reales antiguos y 12 maravedis Año de 72 seite pesos setenta y dos reales y medio Año de 73 Noventa y dos reales y medio Año de 74 setenta y 1 reales y 12 maravedis Año de 75 cinco pesos y siete y medio de peseta Año de 76 quatro pesos y seis de plata = Año de 77 quatro pesos y medio, una moneda y 8 quartos 78 ochenta y tres rreales y 13 maravedis 79 ochenta y tres rreales y [...] maravedis Quaderno Pliego Pliego en que de conformidad, nombramos, terceros abaluadores, los quatro herederos. En blanco Pliego NºI Nota de los terceros peritos que de conformidad, nombramos, nosotros Da Anna Da Geronima Don Antonio y Don Francisco Romero y Vivero, hermanos y herederos lexitimos de los sseñores Don Ysidoro Romero y Da Andrea Antonia Vivero del Toro, nuestros venerados Padres, para el abaluo y estimacion de todos los vienes que quedaron por la caducidad de sus mercedes. Entendiendose que cada vno de los peritos, habra de formar su quenta y razon firmada y jurada, de todo lo que respectivamente abaluaze, y nosotros nos obligamos desde aora, a estar y pazar por lo que hicieren dichos peritos (que iran nombrados) sin contra ello ir, directa ni indirectamente aora ni en tiempo alguno; porque no siendo otro el fin de este compromiso que obiar costos y litixios, tan odiosos y mal vistos, queremos haya en el toda ceguridad, y ligamen, mayormente no siendo como no somos, en particular ni general inducidos ni persuadidos, vnos de otros, menos de estrañas personas, pues con todo conosimiento y reflexa sic de nuestros derechos lo haremos, y nos ofresemos a cumplirlo en todo y por todo. Los terceros peritos que asi nombramos, son a saver, para las cazas principales de esta ciudad y otra menor en la calle mayor de Triana, en lo que haze a albañileria a Francisco Rocha, en carpinteria a Nicolas Jazinto y el Herraje, y demas anexo a Xristobal el Palmero Para las cazas de Teror, Pino Santo, Miraflor, Ballececo y Palmar, a Juan Nabarro para Albañileria; a Juan Bernardino para Carpinteria; y para Herraje a Jazinto el Herrero Vesino de Teror. Para todas las tierras de Miraflor, Ballececo, Madre del Agua y Palmar, a Miguel y Pedro Rodriguez Para la hasienda del Pino Santo a Don Joseph de Ojeda Para laminas y cuadros y demas asesorio a Juan de Bargas Para la ropa a Juan Reynaldo y para menudencias de cosina a Sipriano el latonero. Asimismo estamos convenidos y concertados, en escuzar, peritos para, algunas cosas que son de ygual divicion; como la plata, [...] y asi tanbien en otras, que savemos sus costos; [...] e infiere perjuicio a alguno de los quatro coherederos; y porque asi somos conformes y gustosos cumpliremos, y es nuestra voluntad que a cumprirlo se los obligue, resipocamente. En cazo contrario, por los jueses y justicias a quienes toque el conosimiento renunciando cada vno por su parte, los fueros y privilegios, con las leyes que favorescan, y lo firmamos, en Canaria a 12 de Henero de 1763 Da Ana Antonia Romero i Vivero Da Geronima Romero i Vivero Ana Romero y Vivero Francisco de Borja Romero y Vivero Pliego Abaluos de todos los bienes En blanco de las casas nombradas del relox Nº2 en la Gerreria Desimos, nos Fransisco Canbalu, maestro de albañileria y canteria, y Nicolas Jasinto Riera, maestro de carpinteria, que hemos visto, y rreconosido, para sus apresios, segun nuestro leal saver y entender, las casas de los herederos del senor Don Ysidoro Romero, que Dios aya, que estan en la esquina de la calle de la Jerreria, en frente de la santa yglecia Catedral y se ynporto, por lo tocante a halbañileria y canteria y sitio beynte mil y tresientos rriales de bellon 20300 13700 línea 34000 y por lo tocante a carpinteria trese mil y setesientos que unidas las dos partidas, suman treynta y quatro mil rriales de bellon y lo firmamos, como maestros de dichos oficios, y en caso nesesario lo juramos - Canaria y henero 26 del 1630. Nicolas Jasinto Riera Francisco Cambalud En blanco Nº3 casas de Teror Miraflor y Palmar de Meleros Calderetas y Pino Santo Decimos nosotros Juan Bernardino Rodriguez maestro de carpinteria y Nicolas Gonzalez que lo soy de albañileria que hemos apreciado las casas de campo que fueron de los señores Don Ysidoro Romero y da Andrea Vivero del Toro de orden y manda de los herederos de dichos señores y son en la manera siguiente: La casa en el lugar y plaza de Teror aprecio por lo que haze a carpinteria en dos mil trescientos cinquenta y quatro reales vellon y por lo que hace a albañileria en tres mill novecientos ochenta y ocho rreales que ambas partidas componen la de seis mill trescientos quarenta y dos rreales = 6342 La casa del cortijo de Miraflor la carpinteria se aprecia en ciento setenta y nuebe rreales y la albañileria en quinientos noventa y dos que ambas hacen setecientos setenta y un rreales = 771 3º La de las tierras del Palmar la carpinteria en quarenta y ocho rreales y la albañileria en trescientos diez y ocho que ambas partidas hacen trescientos sesenta y seis rreales 4º La del cortijo de Meleros lo que es carpinteria vale cinquenta y siete rreales y la Albañile ria doscientos nobenta y cinco que todas componen trescientos noben cinquenta y dos rreales = 352 Las del cortijo de Calderetas vale su carpinteria quarenta y siete rreales y medio y la albañileria setenta que anbas partidas hacen ciento diez y siete rreales y medio = 117 La de la hacienda de Pino Santo vale toda su carpinteria dos mil quatrocientos seis rreales y la albañileria tres mill quinientos sesenta y dos y medio que ambas partidas componen la de cinco mil novecientos sesenta y ocho y medio rreales = 5968 Declaramos los expresados Juan Bernardino Rodriguez y Nicolas Gonzalez el alto que dichos aprecios los hemos echos sin aficion ni pasion a todo nuestro leal saver y entender como lo juramos a Dios y a una Cruz y que segun es dicho no balen mas que lo que dejamos expresado y asi lo firmamos en este lugar de Teror a veinte y seis de febrero de mil setecientos sesenta y tres. Nicolas Gonsales Juan Bernardino Rodrigues Nº4 ynporto la carpinteria de la casa terrera de la calle de Triana en la hasera del mar serca de la esquina de Matula, de los herederos del señor don Ysidoro Romero que dios aya dosientos nobenta y siete rriales y medio de bellon y lo firmo como maestro de dicho oficio Nicolas Jasinto 297-/ Riera ynporta la pedreria y canteria y balor del sitio de la casa terera de la calle de Triana en la hasera de la esquina de Matula de los herederos del señor Don Ysidoro Romero que dios aya, mil siento y sinco riales de bellon y lo firmo, como maestro de dicho ofisio Francisco de Rocha 1105 Cambalud En blanco Nº5 En el lugar de Teror en ocho dias del mes de febrero de 1763 años yo Bartolome Rodrigues y Diego Garsia uecinos de dicho lugar tach. pasamos a haser los aprecios por [...] desde las hasiendas que se espresa Cortigo de Calderetas 20 por beinte fanegas de tierras, en precio de tres mil y quinientos reales = 3500 3 por mas tres fanegadas de tierras en precio de sesenta reales = 0060 10 por mas dies fanegadas de tierras en presio de tres mil quinientos rreales = 3500 7 por mas siete fanegadas de tierras en presio de mil y docientos rreales = 1200 4 por mas cuatro fanegadas de tierras en precio de quinientos reales = 0500 6 por mas seis fanegadas de tierras en precio de setecientos reales = 0700 5 por mas cinco fanegadas de tierras en precio de setesientos y sinquenta rreales = 0750 8 por mas ocho fanegadas de tierras en precio de setesientos reales = 0700 1:4 por mas fanegada y media de tierras en precio de seiscientos rreales = 0600 por mas dies fanegadas de tierras en precio de mil siento y sinquenta rreales = 1150 ynporto = 12660 Cortigo de Las Meleras 6 por seis fanegadas de tierras en dos mil y quinientos reales = 1500 2500 1:4 por mas fanegada y media de tierras en mil y quinientos reales = 1500 6 por seis fanegadas de tierras en presio de dos mil y trecientos reales = 2300 5 por mas cinco fanegadas de tierras en dos mil reales = 2000 15 por mas quinse fanegadas de tierras en precio de tres mil y setecientos reales = 3700 10 por mas dies fanegadas de tierras en precio de cuatro mil reales = 4000 8 por mas ocho fanegadas de tierras en precio de ocho mil reales = 8000 13 por mas trese fanegadas de tierras en precio de cuatro mil y ochocientos reales = 4800 6 por mas seis fanegadas de tierras en precio de tres mil reales = 3000 3 por tres fanegadas de tierras en precio de mil y quinientos reales = 1500 10 por mas dies fanegadas de tierras en precio de tres mil reales = 3000 por mas la tierra de guerta con los arboles en presio de quinientos y ochenta reales = 580 línea es el ynporte = 36880 Tierras de la Madre del Agua 1:4 por mas una fanegada y cuatro selemines en precio de trecientos y sinquenta reales = 0350 3 por mas tres fanegas de tierras en precio de cuatro mil y ochocientos reales = 4800 [...]:2 por mas catorse selemines de tierra en precio de quinientos reales = 0500 1 por mas una fanegada en mil y setecientos reales = 1700 [...] 5 por mas cinco selemines de tierras en precio de tresientos reales = 0300 [...]:4 por mas fanegada y media de tierras en precio de dos mil y dosientos reales = 2200 [...]1:4 por mas un selemin y medio en precio de sien reales = 0100 [...] 4:4 por mas dies selemines de tierra en precio de mil y quinientos reales = 1500 1:4 por mas fanegada y media de tierras en precio de mil y trecientos reales = 1300 1:4 por mas fanegada de tierras en precio de de sic dos mil y tresientos reales = 2300 [...]:5 por mas cinco selemines de tierra en precio de setecientos reales = 0700 [...] 8 por mas ocho selemines de tierra en precio de seiscientos y cinquenta reales = 0650 10 por mas dies selemines de tierra en precio de setecientos Reales = 0700 ynporto = 17100 Cortigo de Miraflor 8 por ocho fanegadas de tierras en presio de mil y cien reales = 1100 1 por mas vna fanegada de tierras en precio de siento y ochenta reales = 0180 4 por mas cuatro fanegadas de tierras en presio de cinco mil y quinientos rreales = 5500 3 por mas tres fanegadas de tierras en precio de cuatro mil reales = 4000 5 por mas cinco fanegadas de tierras en precio de seis mil reales = 6000 2 por mas dos fanegadas de tierras en precio de mil reales = 1000 7 por mas siete fanegadas de tierras en precio de dos mil reales = 2000 7 por mas siete fanegadas de tierras en precio de tres mil reales = 3000 4:4 por mas cuatro fanegadas y medias de tierras en precio de seis mil reales = 6000 2:4 por mas dos fanegadas y media de tierra en precio de mil reales = 1000 7 por mas siete fanegadas de tierras en presio de mil docientos y sinquenta reales = 1250 2 por mas dos fanegadas de tierras en precio de docientos y treinta reales = 0230 3 por mas tres fanegadas de tierras de tierras sic en presio de trecientos y sinquenta Reales = 0350 1 por mas vna fanegada de tierra en precio de quinientos reales = 0500 ynporto = 32110 Tierras del Palmar en las guertas 4 por mas media fanegada de tierras en precio de cuatro cientos reales = 0400 2 por mas dos fanegadas de tierras en precio de dos mil quinientos y sinquenta reales = 2250 01 por mas un selemin de tierras en precio de siento y cuarenta reales = 0140 [...]:7 por mas vna fanegada y siete selemines de tierras de tierras en presio de mil nuebecientos y sinquenta reales = 1950 4 por mas cuatro selemines de tierra plantado de higueras y cañas en precio de trecientostos y sesenta reales = 0360 1 por mas un selemin de tierras en precio de sesenta reales = 0060 ynporto = 5460 Declaramos nosotros los dichos Bartolome Rodrigues y Diego Garsia abalbadores nombrados por los erederos del señor don Ysidoro Romero y de la señora dueña Andrea Vivero del Toro quelos abalbos que emos hecho de todas las propiedades que costan en este papel estan a nuestro saver y entender sin pasion ni aficion alguna y aci lo juramos a dios y la crus en este lugar de Teror a quinse del mes de febrero de 1763 años y para que coste lo firme Diego Garssia el espresado Bartolome Rodrigues no firmo por no saber En blanco Nº6 obejas de Calderetas Meleras Oy beinte y cinco del mes de febrero de 1763 pasamos a contar y partir el ganado que se hallo en el cortigo de Las Meleras 100 se allaron sien obejas grandes y la mitad del balor de una obeja en presio mil docientos y onse rreales = 1211 13 por trese machorras de año en presio de siento y dies y siete rreales = 0117 8 por ocho obejas preñadas en presio de siento y beinte rreales = 120 7 por siete obejas biejas en presio de cuarenta y nuebe rreales = 49 por mas dos carneros y la mita del balor de otro en presio de cinquenta y cinco rreales y medio = 55:4 29 por mas beinte y nuebe corderos y media en precio de siento cuarenta y siete rreales y medio = 147:4 29 por beinte y nuebe corderos en presio de siento y ochenta reales y dos quartos = 180:2 ynporto todo el ganado obejuno = mil ochosientos y ochenta reales y dos quartos = 1880:2 Yuntas por mas una yunta de bacas en presio de tresientos reales = 300 por mas un nobillo de dos años en precio de sesenta reales = 060 por mas dos terneros en precio de sinquenta y cinco rreales = 055 ynportaron las reses bacunas = 0415 Reses bacunas En el cortigo de Miraflor se hallaron bienes muebles los siguientes: vna yunta de bacas en presio de siento y setenta reales = 270 por mas vna nobilla de dos años en presio de ochenta reales = 80 por mas vn ternerito en presio de dies y seis reales = 16 por mas otra ternerita en presio de beinte reales = 020 ynportaron las reses bacunas = 386 Por mas dies obejas una preñada y la mitad del balor de otra y una bieja todas juntas obejas en en presio de siento y dies y nuebe rreales = 119 Miraflor por mas dos corderos en presio de dose reales y medio = 012:4 por mas tres corderos y la mitad del balor de otra en presio dies y siete reales y medio = 17:4 ynporto el ganado obejuno siento cuarenta y nuebe rreales = 149 Declaramos nos Bartolome Rodrigues y Diego Garsia abaluadores nombrados por su mandado que lo que consta en este papel esta a nuestro seber sic y entender sin pacion ni aficion alguna y asi lo juramos a Dios y Crus dicho Bartolome Rodrigues no firmo porque digo no saver = Teror y de febrero 26 de 1763 años para que coste lo firme Diego Garsia De pinturas Nº7 Memoria de laminas espejos y cuadros vienes que quedaron por muerte del Señor Don Ysidoro Romero 1 Primeramente vna lamina de nuestra señora del Pino con su cristal y dorada en veinte y sinco pesos. 2 dos espejos con marcos dorados los dos treinta pesos. 3 Vna lamina del corazon de Xesus su balor quinse pesos. 4 dos laminas vna de San Bernardo y otra de San Jeronimo iguales en dose pesos cada vna. 5 otras dos laminas vna de Santa Catarina Martin y otra de Santa Teresa de Jesus a dose pesos cada vna. 6 Vna lamina de velen en dies pesos. 7 mas nuebe laminas iguales vna de Señor Santo Tomas. otra de Señor San Joseph otra de Señor San Javier otra de Señor San Borja otra de Señor San Juan Bautista otra de Señor San Miguel otra de Señor Santa Ana otra de la anunsiasion de nuestra Señora y otra de Señor San Antonio de Padua a siete pesos cada vna. 8 mas vna lamina de nuestra Señora de las Angustias de mas de bara dose pesos y todas son doradas. 9 mas dose laminas pequeñas con sus marcos sinco doraditas y las siete pintadas las pintadas a ocho rreales y las doradas a peso la vna nuestra Señora de la piedad dorada. otra señora Santa Ana dorada otra nuestra Señora de la Soledad dorada otra Señora Santa Teresa de Jesus otra Señor San Francisco de Padua otra Señor San Juan de la Cruz otra Señora Santa Catarina martir dorada otra nuestra Señora de Velen otra Señor San Francisco de Asis otra Señor San Antonio Abad otra Señor San Pedro otra Señora Santa Varvara dorada 10 mas vn pais de bronse con su marco negro ocho rreales de vellon. 11 mas otra lamina de bronse con la sena y su marco negro ocho rreales de vellon 12 mas otro paisesito de bronse con su marco negro sinco rreales de Vellon. 13 mas dos laminitas pequeñas yguales vna de Santa Varbara y otra de nuestra Señora de las Mersedes a seis de plata cada vna. 14 mas vn quadrito de la sierva de dios vn peso 15 mas vna ymagen de consesion su marco dorado con su rremate que esta en el oratorio veinte pesos. 16 mas dos ymagenes de vulto vna de nuestra Señora de los Reies y otra Señor San Joseph su echura quatro de plata cada vna. 17 mas vn crusifijo de bulto con su piana dose rreales de vellon. 18 mas vna cruz del altar vn peso. 19 mas vn Señor Francisco Xavier y un Señor Ysidoro de Avana con sus guarnisiones pintadas a peso y medio cada vna. 20 mas dos niños dormidos a seis de plata cada vno. 21 mas el espejito de vestir dos de plata. 22 mas vn marco de madera con su vidrio y vna estampa de Santa Rosalia vn peso. 23 mas vn cuadro de Jesus Nasareno de dos varas veinte y sinco rreales vellon. 24 mas otro cuadro de la santisima trinidad quatro pesos. 25 mas la Madalena y Jesus en el guerto, veinte y sinco rreales cada vno, vellon 26 mas otro quadro de nuestra Señora del Rrosario en dos pesos. 27 mas otro quadro del Señor San Miguel peso i medio 28 mas vn rretrato dies de plata. 29 mas vn pais de dos varas de largo y mas de tersia de ancho en dos pesos. 30 mas otro quadro con vn crusifijo de vara y media dies de plata. 31 mas otro cuadrito de Señor San Javier de a menos de vara sin marco su balor un peso. 32 mas nueve laminitas de papel con sus marquitos a medio rrial cada vna. vna vn santisimo cristo. otra Señor San Jeronimo. otra Señora Santa Rrita. otra Señor San Felipe Neri. otra nuestra Señora del Pilar. otra Señor San Luis Gonsaga. otra Señor San Antonio de Padua. otra Señor San Yldefonso. y otra vn pais. 33 mas quatro niños de vulto dos de pasta y dos de madera todos de pasta tienen sus pianas y aunque los niños no tienen el balor de los otros con las pianas crese al mismo balor que los dos que no las tiene por lo que valen veinte y sinco riales cada vno de vellon. Apresie todo lo que va arriba dicho fiel y cristianamente segun mi conosimiento y en el tiempo que le alle y asimismo lo jurare si nesesario fuere = enero 30 de 1562 Juan de Vargas Machuca de Ropa Nº8 Memoria de la ropa que ha quedado por muerte del Señor Don Ysidoro Romero Abbogado de los Reales Concejos y he apreciado yo el infraescripto por orden de sus herederos: 1 = Por vna cama de Damasco con su colcha cielo y cortinas que valen treinta y dos pesos = d 320 reales vellon 2 = Por dose varas de Damasco para las silletas dose pesos = d 120 3 = Por un relingot dose pesos = d 120 4 = Por una capa de castor trese pesos y medio = d 135 5 = Por una chupa y calzones de tafetan ocho pesos = d 080 6 = Por un par de medias de seda dos pesos y medio = d 025 7 = Por un par de medias de estambre dose reales de plata = d 015 8 = Por un peynador de estopilla y toalla de bretaña dos pesos = d 020 Ornamento del oratorio 9 = Por el amito; alba, estola, manipulo, casulla, paño de caliz, burcia, frontal, y mantel dies pesos = d 100 Ropa de muger 10 = Por una saya de espumillon seis pesos = d 060 11 = Por una mantelleta dos pesos = d 020 12 = Por unas enaguas onze pesos = d 110 13 = Por una casaca de terciopelo tres pesos = d 030 14 = Por cinco varas y tercia de punta de oro quatro pesos = d 010 = suman 1d195 reales vellon Hallo en mi conciencia que la ropa que aqui consta la he visto con toda reflexion y cuidado y lo que vale son mil ciento noventa y cinco reales de vellon lo qual jurare siempre que se ofresca y lo firmo Juan de Lorenzo Reynaldo En blanco de las alajas de madera Nº9 Memoria de los apresios de las halajas que quedaron por fin y muerte del señor don Ysidoro Romero abogado de los rriales consejos de su majestad = ha saver escritorios = dos escritorios con sus armas, a dies y ocho pesos cada = uno. 2 = un escritorio del norte en quinse pesos. 3 = una papelera de sedro de fuera pintada. 4 = una papelera de sedro sin gabetas tres pesos. 5 = otra papelera de sedro con gabetillas tres pesos y medio. arcas de Yndias 6 = seys arcas de Yndias con pechanas su balor en esta forma la que esta en el estrado sinco pesos. 7 = otras dos yguales, a siete pesos y medio cada una 8 = otra dos menores la mas fuerte quatro pesos 9 = y medio = y la otra, tres pesos. 10 = otra arca pequeña en la sala nueba su balor tres pesos y medio. 11 = una caja de lino su balor dos pesos. 12 = otra de castaño su balor dos pesos. silletas 13 = una dosena de silletas de estrado forradas en badana, a sinco de plata cada una. 14 = mas ocho silletas al mismo presio. 15 = dos mesitas de estrado a peso cada una sillas 16 = una dosena de sillas de los brasos anchos a beynte y siete rriales y medio cada una 17 = mas seys sillas que estan en la sala prinsipal a dos pesos cada una. 18 = mas quatro sillas mas usadas, a quinse rriales cada una. 19 = mas quatro sillas mas deterioradas que estan en el estudio a dies de plata cada una. 20 = mas tres sillas sin brasos, en el estudio, a seys de plata cada una. mesas 21 = una mesa de caoba con las armas torniadas de til negro quinse pesos. 22 = una mesita llana, que esta sobre ella el escritorio pintado, sinco de plata. 23 = otra de sedro redonda de belón dies rriales. 24 = otra pequeña de belón quadrada sinco rriales. 25 = otra quadrada de pies torniados seys de plata. 26 = una mesa de caoba de pies boltiados y jierros crusados ocho pesos 27 = otra con los pies llanos, y tablones de castaño quatro pesos mesas 28 = dos mesas rredondas una de tres ojas y armas torniadas grande su balor seys pesos. 29 = otra menor tanbien rredonda su balor tres pesos y medio. 30 = otra pequeña quadrada de una bara poco mas o menos, su balor dies rriales. 31 = mas dos mesas en el estudio, una de caoba y pies y trabiesas boltiadas su balor ocho pesos. 32 = y la otra de tablon de sedro y pies boltiados su balor seys pesos. 33 = otra mesita mediana de tablonsito de barbusano y armas llanas, su balor dose rriales. 34 = la mesa de altar y cajon de ornamentos su balor, seys pesos. 35 = una mesita Redonda de sedro de tres ojas y armas torniadas quatro pesos. taburetes 36 = una dosena de taburetes de espaldar primoros del estrado, a quatro pesos cada uno. 37 = mas dies y seys taburetes de espaldar y rremates con distincion, seys de penacho y perillas a tres pesos cada uno. 38 = y los dies mas llanos a beynte y sinco rriales 39 = mas seys taburetes llanos dos torniados a sinco rriales 40 = y tres sin torniar a quadro rriales 41 = y uno alto de labarse las manos, sinco rriales catre 42 = un catre tornido Antiguo, su balor ocho pesos. barandillas 43 = sinco pares de barandillas quatro con correones y uno sin ellos, su balor a sinco rriales cada una. cuna 44 = una cuna torniada y tallada dies pesos. escaparate 45 = un escaparate biejo, dose rriales y medio. 46 = seys estantes del estudio a dies rriales cada uno. cajonsitos 47 = quatro cajonsitos entre grandes y pequeños ynclusibo con el questan los rramos, su balor, el menos, uno de plata, y los otros a dos de plata. 48 = dos armas de pila, la mayor dose rriales. 49 = y la menor seys rriales. bionbos 50 = dos bionbos, un biejo, dos pesos. 51 = y otro nuebo, en bastidores, engonsados de madera de pino del norte, sin lienso su balor setenta y sinco rriales. Y lo firmo como maestro de carpinteria, Canaria y henero 26 de 1763 Nicolas Jasinto Riera de las esteras y arrimo Digo yo Diego Bueno oficial de arrimo que aprecie arimo y estera de junquillo y la estera del oratorio el arimo dies pesos, y la estera en ceis pesos, y la estera del oratorio quatro de plata que inporta todo dies y ceis pesos y medio que es lo que allo en mi conciencia que bale y estoi pronto a juralo oy 22 de frebrero y por no saber firmar Roge a quien lo iciera por mi por testigo Bartholome Dias En blanco de cosina o menaje Memoria del aprecio que hago del omenage de cosina de la causa del sor Don Ysidoro Romero (que Dios haia) por cuio fallecimiento me lo han mandado sus herederos haser 1 Primeramente dose platos trinches de peltre, que pasaron dose libras y media importan treinta y nuebe rreales y un rreales quarto = 39,1 2 Por sinco borsolanas que passaron cinco libras a dicho precio que importan quince rreales y cinco quartos = 15,5 3 Por tres fuentes que pesaron once libras su valor a dicho precio de dos y medio de plata, su importe treinta y quatro rreales y tres qtos = 34,3 4 Por tres caponeros maiores, y tres platos trinches pequeños Rotos; que pesaron once libras a real y medio de plata libra, su importe, veinte rreales y sinco quartos = 20,5 5 Por otros tres caponeros que pesaron siete libras y media, su valor a dos de plata, que ymportan dies y ocho rreales y seis quartos = 18,6 línea 128,4 suma de la buelta = 128,4 6 Por quatro candeleros de metal quadrados, a quince rreales el par = 30 7 Por dos almireces que pessaron siete libras a dos y medio de plata libra, su importe = 21,7 8 Por otro dicho maior que pesso seis libras a dos y medio de plata, su importe = 18,6 9 Por dos palmatorias, a dies rreales cada una = 20 10 Por un belon grande con su remate = 30 11 Por otro dicho pequeño en = 10 12 Por otro dicho pequeño sin tapadera, en = 7,4 13 Por un pie de belon, con su coluna, sin valsa, en = 3,6 14 Por una palangana en = 10 15 Por un tintero, salvadera, y presa para la oblea de peltre, en = 15 16 Por un farol grande, en = 25 17 Por otro farol, quatro drado con quatro bidros, en = 10 18 Por otro dicho: de seis vidrios en = 6,2 19 Por dos chocolateros medianos, dies rreales cada uno = 20 20 Por otro dicho maior en = 8,6 21 Por otro dicho mas pequeño en = 7,4 22 Por dos calderas de metal, una grande y línea 372,7 suma de la buelta = 372,7 otra pequeña, que pessaron, la mayor siete libras y media, y la pequeña, libra y media, a dos y medio de plata libra que importa = 28,1 23 Por una setra de cobre Rota, que peso siete libras su importe a real y medio de plata libra = 13,1 24 Por una caldera grande de cobre remendada que peso nuebe libras su precio a dos de plata libra, descontando una de atara, quedando veinte rreales = 20 línea 434 25 Cuio aprecio hecho segun mi inteligencia, jurando en forma, haverlo hecho fiel, y legalmente, y lo firme. Canaria y febrero 5 del 1763. Don Ciprian Coradini 25 = Por dos garrafas que se olvidaron apreciar la grande treinta reales con cubo y todo = 45 reales vellon 26 = la pequeña quince reales con cubo y todo Ciprian Coradini En blanco Abaluo de las Armas y herraje que se me ha puesto de manifiesto por los herederos de los sseñores don Ysidoro Romero y Da Andrea Antonia Vivero del Toro y es a saver una escopeta mayorcita, la aprecio en sinco pesos = 50 vna tercerola en tres pesos = 30 dos espadas por armas que no estan en vso, las pongo en quince rreales cada una = 30 vna sarjenta en siete pesos = 70 vna barra en veinte y siete reales y medio = 27,4 vn asadon en quince reales = 15 Y dies asadas en treinta y seis rreales y dos quartos = 36,2 línea = 258,6 doble línea Christtoval Herera En blanco

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