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Carta de pago de Alonso de Matos a Antón Pérez Cabeza

AutorCristóbal de San Clemente
Fecha1522
LugarCanarias, Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria
InstituciónUniversidad de La Laguna
Referencia archivísticaPN 735, ff. 601r-602v
Tipo de documentoDocumentación administrativa

Page 601r > 601v

[1]
[...] Sepan quantos esta carta vieren como yo Alonso de Matos
[2]
vezino que soy desta ysla de la Gran Canaria
[3]
otorgo e conosco a vos Anton Peres Cabeça vezino
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desta dicha ysla questades presente que por quanto
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yo os devo dar e pagar trezientas e diez doblas
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de oro de resto del presçio que yo os devo dar e pagar por
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la venta que me hezistes del yngenio e tierras e aguas e cañas
[8]
e bestias esclavos e otras cosas que vos el dicho Anton Perez
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teniades en la vega de Aguatona ques cerca del lugar de Aguimes
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segund que mas largamente se contiene en la carta publica de vendida que
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vos el dicho Anton Perez me hezistes e otorgastes de lo susodicho que
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paso e se otorgo ante Pero Ortiz escribano publico desta dicha ysla en çinco
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dias del mes de henero del año de mill e quinientos e diez e ocho años
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por ende por esta presente carta otorgo e doy a vos el dicho Anton Perez
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Cabeça en pago e ynsolutund de dozientas e çinquenta doblas de
[16]
oro de las dichas trezientas e diez doblas que asy os devo quatro
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suertes de tierra de rregadio que son en la dicha vega de Aguatona
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en un çercado que agora nuevamente fecho yo el dicho Alonso de
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Matos que han por linderos de la parte de arriba la çerca e por otra parte
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el barranco de Aguatona e de otra parte tierra de cañaverales
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de mi el dicho Alonso de Matos que fueron de Martin Aleman e de otra
[22]
parte otras tierras mias que fueron de Pedro de Talavera quel dicho
[23]
çercado vos el dicho Anton Perez aveys de thener las dichas quatro suertes
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de tierras en lo mejor de todo el aun aparte donde vos el dicho Anton Perez
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quisieredes con veynte e quatro oras de agua para las regar
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por sus dulas segund que se riegan las otras tierras en el ca
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myno de Aguimez que se entiende cada ora un dia o una noche
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por manera que en dia e noche son dos oras las quales aveys de
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regar por el açequia que nuevamente se fecho el dicho Alonso
[30]
de Matos las quales aveys de regar con una açada de agua del
[31]
que agora se vos dar e se an dado en el dicho heredamiento de Aguimes
[32]
hasta oy e por ende desde oy dia questa carta es fecha en adelante
[33]
para sienpre jamas otorgo que me desapodero parto

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