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Concierto de Pedro del Pozo y Juan Martín con Cristóbal Díaz de la Garza para el ingenio de Agüimes

AutorFrancisco Díez Peloz
Fecha1571
LugarCanarias, Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria
InstituciónUniversidad de La Laguna
Referencia archivísticaPN 2485, ff. 73v-74v
Tipo de documentoDocumentación administrativa

Page 73v > 74r

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Albarrada
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Obligaçion
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Xpval Dias de la Garza
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Sepan quantos esta carta vie
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ren como nos Pedro del Poso e Juan Martin
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portugues e vezinos que somos desta
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ysla de la Gran Canaria en la villa de Aguimes cada uno de
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nos por si otorgamos e conosçemos por esta pre
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sente carta que nos obligamos a vos Xpoval Diez de la
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Garça vezino desta dicha ysla questais presente de
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vos haser y que vos hasemos quarenta brasas de al
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barrada pared seca de piedra en este yngenio desta
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dicha villa arriba de las fornallas del dicho yngenio
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para corral de la leña del dicho yngenio por don
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de vos el susodicho nos asentara la teja arriba de las
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dichas fornallas que a de ser la dicha alba
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rrada de nueve palmos de alto y por abaxo
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el simiento a de tener de ancho çinco palmos
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y arriba al remate della a de tener quatro en lo
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alto e para ello nos obligamos de arrancar
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y trayr y llegar a nuestra costa toda la piedra que
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oviese donde el acequia que va a Nuestra Señora de
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la Candelaria hasta el dicho yngenio y si en esta
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no toviere para la dicha albarrada ni faltare
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que en tal caso soys obligado vos el susodicho Xpoval
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Diaz a la haser traer y llegar a vuestra costa toda la
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demas piedra la qual albarrada nos aveys
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de pagar a dos reales y medio cada una brasa de
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las dichas quarenta brasas que se montan en e
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llas çient reales de plata de los quales nos abeis
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dado luego los çinquenta en lienço blanco y en anje
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o que lo devido e montado y nos deve lo hemos
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resçebido de que somos contentos y pagados y en
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tregados a toda nuestra boluntad sobre que renunciamos
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la querella y exsebçion de los dos años que
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los derechos ponen en razon de la pecunia

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