[1] | En la noble çiudad de San Christobal ques en la ysla de
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[2] | Tenerife en siete dias del mes de março año del nasçimiento
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[3] | de nuestro salvador Xpto de mill y quinientos y setenta y ocho
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[4] | años en presençia de mi Rodrigo de Mesa escribano publico
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[5] | desta dicha ysla y los testigos yuso escritos pareçio
pre
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[6] | sente Juan Antonio Lusardo de Franques vezino e regidor
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[7] | desta ysla de Tenerife a quien yo el dicho escribano doy
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[8] | fee que conozco e dijo que por quanto a su pedimiento
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[9] | y por probisiones de los muy illustres señores
regen
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[10] | te e oydores del audiençia real destas yslas de
Cana
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[11] | ria se mandaron depositar todos los azucares
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[12] | blancos y suertes panelas y remieles que
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[13] | se dieron en el yngenio y heredamiento del Realejo
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[14] | la çafra del año de setenta y siete pasado lo que
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[15] | se mando depositar en los pleytos que trato
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[16] | en la dicha rreal audiençia con Christobal Rruiz y se
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[17] | depositaron en Diego Diez vezino del Realejo y Juan
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[18] | Manuel maestre de azucar y Pero Gil y Juan Yanes
Macha
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[19] | do y Hernando Donis vezinos de La Orotava como parese
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[20] | por los depositos que en raçon dello se an fecho
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[21] | y porque el esta de acuerdo con el dicho Christobal
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[22] | Rruiz en los dichos pleytos en que los dichos azucares
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[23] | y lo demas se lo vende para en quenta y parte de
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[24] | pago de la deuda que la haçienda y heredamiento del
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[25] | Realejo le debe por la qual tomo posesion de la
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[26] | dicha haçienda por tanto que se alçaba y
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[27] | alço los dichos secrestos y enbargos que de su
pedi
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[28] | myento se an fecho en los suso dichos y sea para bien y [...]
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[29] | que todos los dichos azucares panelas
re
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[30] | mieles se entreguen al dicho Christobal Rruiz
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