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Recibo de pago de la dote de Juana de Alemán

AutorJuan Fernandez Fleitas
Fecha1610
LugarCanarias, Gran Canaria, Gran Canaria

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Rescuio de Joan de Lizaga a fauor del canonigo Don Bartolome Lopes del ajuar que le mando en dote con Joana de Aleman En Canaria en quinse dias del mes de otubre de mil y seissientos y dies años ante mi el escribano y testigos paresio presente Juan de Luisaga vecino desta ysla a quien yo el escribano doy fee que conosco y dijo que por quanto el señor rasionero Bartolome Lopes ante el presente escribano le hizo escritura y promesa de dote con Sebastian Marques e Melchora de los Reyes su mujer con Juana de Aleman ija de Juan Marques y Catalina Gutierres a fabor de Juan Narsiso de Lisaga en beinte y sinco dias del mes de setienbre deste presente año e porque entre las mandas que le mando fue sierto ajuar de casa que quedo de apresiarse e porque agora se los a dado el dicho rasionero e de conformidad nombraron por apresiador a Francisca Sanches biuda de Jose se sic de la Crus la qual abiendo bisto las rropas colchones y almojadas rropas e demas cosas contenidas en la clausula de la escritura que tasa del dicho ajuar apresio el dicho ajuar en mil y dusientos y sesenta e quatro reales y ansimismo las sillas mesa barra de cama cojines y lo demas de madera en dusientos y dos reales fue apresio de que de conformidad de anbos fijo Geronimo de Castro carpintero que juntas estas partidas suman y montan los dichos mil y quatrosientos e sesenta y seis reales de todas las quales dichas partidas se dio por contento y entregado a su boluntad renunsio las leyes del entrego prueba y paga como en ella se contiene y les otorgo bastante fenequito e carta de pago en forma de derecho a el cunplimiento de lo qual obligo su persona e bienes rayzes y muebles abidos y por aber dio poder a las justisias de su magestad para que se lo manden guardar e para que se lo manden cunplir como por sentensia pasada en cosa jusgada y el otorgante a quien yo el escribano doy fee que conosco lo firmo testigos y asimismo se dio por contento y entregado de las cosas e tieras contenidas en la dicha escritura de promesa de dote y renunsio las leyes del entrego y le otorgo de todo bastante fenequito en forma testigos Francisco Gonsales y Francisco de Bolaños y Francisco Lopes vesinos y estantes en esta ysla Juan Narsiso de Linsaga ante mi Francisco Suares escribano publico e yo Juan Fernandez Fleitas escribano publico de esta ysla de Gran Canaria hize sacar este testimonio de su original segun que lo falle en uno de los registros del dicho mi ofisio que por se aber pagado ante Francisco Suares escribano publico que fue de esta ysla mi antesesor con el qual lo coregi y conserve sierto y berdadero segun del cossa a que me remito a que fueron testigos a lo ber sacar y coregir con su original Francisco de la Crus y Pedro Ortiz Nabaro vecinos desta siudad y lo di a pedimiento del canonigo Bartolome Lopes en Canaria a dies de marso de mil y seissientos y beynte y ocho años e por ende en testimonio de berdad fise aqui mi signo Joan Fernandes Fleitas escribano publico reales de medio toston y no mas de que doy fee Finiquito del ajuar de mi sobrina Juana Aliman

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