Doble Grado en Derecho y en Relaciones Laborales
Facultad de Derecho. Universidad de La Laguna (ULL).
Presencial.
La Universidad de La Laguna dispone de un campus virtual desde el curso académico 2005-2006, y ha desarrollado Proyectos Piloto de Docencia Virtual, estableciendo que un máximo del 30% de la docencia y/o tutorías presenciales puedan desarrollarse de modo virtual, a través de las aulas virtuales que tiene cada asignatura. En el curso académico 2007-2008 participaban el los proyectos piloto un total del 25% del profesorado, a lo que debe sumarse las aulas virtuales para proyectos de investigación, programas propios de posgrado, plan de formación del personal docente y del personal de administración y servicios y otras actividades realizadas. Por ello, algunas actividades de algunas asignaturas podrán desarrollarse de manera semipresencial.
Se ofertarán 15 plazas de nuevo ingreso.
El o la estudiante tiene que solicitar plaza a una oferta diferenciada de la doble titulación de Grado mediante la preinscripción universitaria. La nota de corte para acceder en un curso académico a un doble grado no puede ser, en ningún caso, inferior a la nota de corte para acceder a cada uno de los grados que forman parte del doble grado.
Las plazas que se ofertan en esta modalidad están dirigidas al cupo general (bachiller y ciclo formativo grado superior) y se reservan para solicitantes con título de Bachillerato con EBAU o con título oficial de técnico superior de formación profesional o equivalentes, que configurarán un solo cupo. No obstante, se respetará lo establecido en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio para los cupos de personas con discapacidad y deportistas de alto nivel o rendimiento.
La titulación del Doble Grado consta de 372 ECTS, que cada estudiante deberá cursar, y superar, para la obtención del título.
Para poder mantenerse en el Programa de Doble Grado, el estudiantado tendrá que superar, al menos, 36 créditos de los matriculados por primera vez. De no superarlos, podrá seguir cursando los dos grados fuera del Programa de Doble Grado si reúne los requisitos de la simultaneidad de estudios.
En los supuestos de abandono del Programa, el estudiante tendrá derecho a elegir la titulación que desee de entre las que lo conformen, por una vez y siempre que cumpla con el requisito previsto por la Normativa de Progreso y Permanencia de la Universidad de La Laguna para el estudiantado que haya finalizado el curso de su primera matrícula. En estos supuestos, la comisión académica del título correspondiente hará los reconocimientos que sean oportunos teniendo en cuenta la tabla de reconocimiento de asignaturas o bloques de asignaturas aprobada en el Programa.
Si un estudiante abandona el Programa de forma voluntaria o por no cumplir los requisitos indicados en este artículo, no podrá volver a matricularse en el mismo. Asimismo, se entiende por abandono del Programa no matricularse dos cursos académicos sucesivos.
Si el estudiante decide abandonar el Programa de Doble Grado y continuar solo uno de los títulos que lo componen, la decisión adoptada se considerará irrevocable, si bien en cursos posteriores podría matricularse como estudiante de continuación en el otro título, siempre que cumpla con el rendimiento mínimo exigido por la Normativa de Permanencia y Progreso o, en caso contrario, someterse a los procedimientos de admisión.
Desde el curso 1999/2000, el Vicerrectorado de Alumnado de la Universidad de La Laguna ha puesto en marcha el Programa de Atención a Estudiantes con Discapacidad, con el objetivo de garantizar la igualdad de condiciones del estudiantado con discapacidad con las del resto de estudiantes, integrando a estas personas en la Universidad en todos los aspectos que afecten a los estudios y la vida universitaria. Para ello anualmente se realizan una serie de proyectos y actuaciones que se resumen en:
Rama de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas.
Naturaleza de la institución que ha conferido el título: Institución Pública.
Naturaleza del centro universitario en el que el titulado ha finalizado sus estudios: Centro propio de la Universidad.
Profesiones para las que capacita una vez obtenido el título:
Lengua utilizada a lo largo del proceso formativo: Castellano.
Este título, junto al MU en Abogacía, habilitan para el ejercicio de actividades profesionales según el REAL DECRETO 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado/a y Procurador/a de los Tribunales.