El Vicerrectorado de Alumnado de la Universidad de La Laguna publicó a finales de febrero la convocatoria de ayudas asistenciales correspondientes a 2005, destinadas a su personal, tanto docente como no docente. Estas dotaciones económicas cubren diferentes conceptos relacionados con la salud y educación, como es el caso de guarderías, estudios, natalidad y adopción, minusvalías, tratamientos de salud y tratamientos especiales. La convocatoria puede consultarse en la página de internet: www2.ull.es/docencia/ ayudasasistenciales05.html
Según indica le texto de la convocatoria, pueden solicitar las ayudas los trabajadores de la universidad «en servicio activo en la fecha de presentación de las solicitudes». Los beneficiarios de esta medida serán «tanto el personal como sus cónyuges o convivientes y sus hijos o tutelados legales».
Las solicitudes deberán presentarse en el Negociado de Servicios Asistenciales o en el Registro General de la Universidad de La Laguna, en los plazos siguientes: guardería, hasta el 15 de marzo; ayuda de estudios, hasta el 4 de noviembre; minusvalía, hasta el 15 de marzo; natalidad y adopción, dentro de los 3 meses siguientes al nacimiento o adopción; tratamientos de salud, dentro de los 3 meses siguientes a emitida la factura; y tratamientos especiales, en el mismo plazo que el anterior.
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra que, con la misma finalidad, sea convocada por cualquier organismo público o privado, salvo que la cuantía recibida fuese inferior, en cuyo caso podrá solicitarse la diferencia con el límite de ayuda previsto para cada modalidad en la convocatoria. Cuando ambos cónyuges o convivientes trabajen en la universidad, sólo uno de ellos podrá percibir la ayuda.
Para la ayuda de guardería, se podrá solicitar para financiar gastos de educación o comedor de hijos menores de cuatro años. Podrá obtener esta ayuda el personal que acredite una renta per capita (RPC) máxima de 13.500 euros, aunque si el crédito presupuestario permite atender a solicitantes por encima de ese tope, el límite de RPC quedará establecido en 16.000. Se concederá cada ayuda según el coste real de la guardería, hasta un máximo de 770 euros anuales en once mensualidades de 70 euros.
La ayuda de estudios financia los en la enseñanza no universitaria. Como en el caso anterior, se deberá acreditar una RPC máxima de 13.500 euros. Se concederá una ayuda de pago único de 73 euros para matrículas en Educación Infantil, Preescolar o Primaria, y 121 en ESO, Bachillerato o ciclos formativos.
Las ayudas de natalidad y adopción están pensadas para financiar los gastos derivados del nacimiento o acogida de un nuevo miembro familiar. Con un límite de renta igual que en los casos anteriores, está previsto que se conceda un pago único cuyo de 121 euros por cada hijo nacido o adoptado.
En cuanto a las ayudas de minusvalía, están orientadas a sufragar gastos de tratamiento y asistencia especializada, sin que se haya fijado un límite de renta en este caso. Se concederán según el gasto real acreditado, con abono mensual desde enero hasta diciembre de 2005 del 50% de los costes en casos de minusvalías de hasta un 33%, y del 100% si es del 34% o superior.
Para tratamientos de salud (dentales, oculares, auditivos, ortopédicos y de desintoxicación), permanece el mismo límite de renta establecido para solicitarlos. Existe también una partida económica para tratamientos especiales no especificados en los casos anteriores, para los que también es condición esa cota fiscal anual.
