El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna aprobó en su sesión del 16 de diciembre, por 32 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones, el reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes de la institución. Con esta normativa se adapta el procedimiento a lo estipulado por la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que reconocía a los centros de educación superior la competencia para regular el régimen jurídico de sus concursos.
Los nuevos estatutos de la ULL, aprobados en 2004, recogían en su artículo 23 la regulación de estos concursos de acceso, aunque encomendaba al consejo de gobierno la redacción y aprobación de un reglamento específico, que se cumple con el recientemente refrendado. Con esta normativa, se estipula los procedimientos de acceso a los cuerpos de Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos de Escuela Universitaria y Profesores Titulares de Escuela Universitarias.
En este documento se explica que las plazas ofertadas mediante concurso han de estar recogidas previamente en el estado de gastos del presupuesto de la ULL, y comunicadas a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria. Los concursos convocados deberán garantizar los principios de igualdad de oportunidades, mérito y capacidad para el acceso de todos los que opten.
Los concursos constarán de dos pruebas de carácter público y eliminatorias, diferentes según la categoría a la que se opte, basadas mayoritariamente en exposiciones orales. Se celebrarán en el centro donde tenga su sede el departamento del área de conocimiento objeto de concurso.
Podrán optar los candidatos que hayan sido habilitados para el cuerpo y área que se convoque en cada concurso según lo estipulado por el Real decreto 774 de 2002, o bien a funcionarios de cuerpos docentes universitarios nombrados antes de la LOU. También se garantiza la posibilidad de concursar a profesores de la Unión Europea.
Una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de concurso, los interesados tendrán un plazo de veinte días naturales para presentar en el Rectorado la instancia correspondiente.
Para resolver los concursos, se convocará una comisión compuesta por un presidente, un secretario, tres vocales y otros tantos suplentes, todos ellos pertenecientes al área de conocimiento correspondiente. La categoría funcionarial de todos deberá ser igual, equivalente o superior a la plaza convocada, nunca inferior. Estos miembros son susceptibles de ser recusados o abstenerse, en cuyos casos serían sustituidos por los suplentes. En caso de que la comisión quedara reducida a tres personas, se disolvería y nombraría una nueva.
La normativa completa está disponible en la página web de la universidad, en http://www2.ull.es/docencia/documentos/reglamento_concursos.pdf.
