De acuerdo con la convocatoria de preaviso de huelga presentado el 3 de octubre por la Junta de Personal de Administración y Servicios de Funcionarios de la Universidad de La Laguna para los días 18, 19, 20, 25, 26 y 27 de octubre de 2005, el Rectorado del centro académico ha publicado hoy viernes 14 la resolución por la que se establecen los servicios mínimos, con el objeto de armonizar la prestación de servicio público de esta institución con el derecho de huelga.
Así, se consideran como servicios esenciales los servicios de registro de documentos (Jefe de Negociado de Registro y Archivo), la inspección de servicios (control de servicios mínimos y seguimiento de la huelga, por parte del Servicio de Recursos Humanos), y los servicios de información (secretaria del rector).
La misma instrucción firmada hoy indica que los paros y alteraciones en el trabajo de los funcionarios declarados en servicios mínimos serán considerados ilegales, y pueden ser objeto de sanciones de conformidad con la legislación vigente.
Asimismo, los funcionarios que ejerciten el derecho a la huelga no percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esta situación, de acuerdo con la legislación aplicable.
