La Universidad de La Laguna y la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) acaban de firmar dos convenios de colaboración con un año renovable de vigencia, uno de ellos marco, en el cual se especifican las condiciones generales de la relación entre ambas instituciones, y otros específico, referido a un proyecto mediante el cual la organización evaluadora supervisará la realización de informes acerca de diferentes proyectos de investigación de la institución académica.
El convenio marco estipula que la interlocutora por parte de la ULL será su Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI), mientras que por la de AENOR será su Dirección de Desarrollo. El acuerdo indica que, en los proyectos comunes que conlleven aportación económica, será necesario suscribir un convenio específico. Las materias en las que ambas instituciones colaborarán abarcan, entre otras, la impartición de cursos, el desarrollo de programas de acreditación y la evaluación de proyectos universitarios, que es precisamente el caso para el cual se ha redactado el otro acuerdo.
Evaluación
El segundo convenio rubricado establece el protocolo que se seguirá para realizar la evaluación de determinados proyectos de investigación de otras instituciones, empresasy centros de investigación siguiendo el Reglamento Particular de Certificación de AENOR. La OTRI propondrá una serie de expertos en I+D+i de la ULL para que sean ellos los que realicen el informe, tras recibir por parte de la entidad de análisis la preceptiva calificación como evaluador.
Para garantizar la ecuanimidad de los evaluadores, se comprobará que no existe ni ha existido en el pasado relación contractual entre el experto y la entidad propietaria del proyecto, así como que el experto no está sometido al control de personas con interés comercial directo en la certificación del proyecto de I+D+i.
La Universidad de La Laguna y el especialista encargado del análisis se comprometerán a tomar las medidas apropiadas para proteger la confidencialidad de la información obtenida en el transcurso de la realización de los trabajos para AENOR, y a no implicarse directa o indirectamente en el proyecto que va a evaluar, para evitar que su imparcialidad pudiera verse comprometida. Los datos obtenidos durante el trabajo no podrán utilizarse para fines propios.
