Facultad de Derecho

Sistema de Garantía de Calidad

Uno de los objetivos prioritarios de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna (ULL) es la calidad de la impartición de sus enseñanzas, con la que está comprometida para lograr y mantener la satisfacción de las necesidades de formación y expectativas de nuestros estudiantes. A esta finalidad se orienta el Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) de nuestra Facultad.

Según el procedimiento diseñado por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, la acreditación de una Enseñanza Oficial de Grado o de Máster se articula con base en criterios de calidad; uno de ellos es el Sistema de Garantía Interna de Calidad, que viene a constituir el pilar en el que se apoyan el resto de criterios. El SGIC permite analizar las desviaciones de lo planificado y las áreas susceptibles de mejora, así como definir e implantar propuestas para la mejora continua del plan de estudio. Por todo ello, el SGIC implica:

  1.  La existencia de un sistema de recogida de información, de revisión y mejora de objetivos del plan de estudio, de políticas y procedimientos de admisión, planificación de la enseñanza, desarrollo de la enseñanza y de la evaluación de los estudiantes, acciones para orientar al estudiante, dotación de personal académico, recursos y servicios de la enseñanza y resultados del aprendizaje.
  2. La existencia de procedimientos de consulta que permiten recabar información de egresados, empleadores u otros grupos sociales relevantes, sobre la inserción profesional de los titulados, la formación adquirida (conocimientos, aptitudes y destrezas) y los perfiles profesionales o las necesidades de formación continua.
  3. Un documento básico del SGIC que es el Manual de Calidad (MC), dado que en él se definen las características generales del sistema, los requisitos que atiende, su alcance y las referencias a la documentación genérica de la que se parte o a los procedimientos que lo desarrollan.
  4. La documentación del SGIC que se completa con un Manual de Procedimientos (MP) compuesto por una serie de documentos a los que se hace continua referencia en el MC y el listado de indicadores que permitirá la medición de los resultados de la actividad del Centro. Asimismo, forma parte del MC la definición de la política y objetivos de calidad, elaborada y revisada según se indica en el correspondiente procedimiento.

El Decano ha de procurar que el personal docente e investigador, de administración y servicios,  alumnos y resto de grupos de interés, tengan acceso a los documentos del SGIC que les sean de aplicación, particularmente al MC.

La estructura establecida para el desarrollo del SGIC de las titulaciones está organizada en dos niveles: el nivel institucional de la ULL y el de Centro:

Consejo de Calidad. La ULL está dotada de un Consejo de Calidad que es el responsable de proponer, impulsar, coordinar, valorar y actualizar los procesos evaluadores y formativos necesarios para garantizar el óptimo desarrollo de las actividades docentes, de investigación y de administración y servicios conducentes al logro de sus fines.

Vicerrectorado de Profesorado y Calidad Docente (VPCD). Apoya la implantación y desarrollo de SGIC, en tanto que suponen un refuerzo de la garantía de la calidad y mejora continua de las titulaciones, facilitando el proceso de acreditación. El apoyo del Equipo Rectoral se realiza a través de la Unidad de Evaluación y Mejora de la Calidad (UEMC), quien se encarga de aportar la documentación genérica y de colaborar en la revisión, planificación de la implantación y seguimiento de los SGIC. Asimismo, de facilitar la información necesaria (informes, encuestas, etc.) para proceder al continuo análisis de resultados.

Equipo Directivo. Este órgano y, en particular, su Decano/Director, asume la responsabilidad de establecer la propuesta de política y objetivos de calidad del Centro, nombrará un Coordinador de Calidad para que lo represente en lo relativo al seguimiento del SGIC y propondrá a la Junta de Centro la revisión de la composición y funciones de la Comisión de Calidad de Centro (CCC).

Coordinador de Calidad (CC). Para ayudar al Decano/Director en las tareas relativas al diseño, implantación, mantenimiento y mejora del SGIC, se nombrará un Coordinador de Calidad. Tiene la responsabilidad de:

  • Asegurarse del establecimiento, implantación y mantenimiento de los procesos necesarios para el desarrollo del SGIC.
  • Informar al Equipo Directivo sobre el desempeño del SGIC y de cualquier necesidad de mejora requerida por el centro.
  • Asegurarse de que se promueve la toma de conciencia de la rendición de cuentas a los grupos de interés en todos los niveles del centro.

Comisión de Calidad del Centro (CCC). Es un órgano que participa en tareas de planificación y seguimiento del SGIC, y actúa como uno de los vehículos de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros del mismo. Está compuesta por el Decano/Director, que actúa como Presidente, el Coordinador de Calidad, un representante de cada titulación (de grado y postgrado), un representante de cada departamento que tenga una carga docente superior al 7%, dos representantes del Personal de Administración y Servicios (administrador y otro), y un representante del alumnado (preferiblemente egresado o estudiante de tercer ciclo). Podrán asimismo formar parte de la Comisión de Calidad del Centro hasta dos miembros externos a la Universidad, que por su relación con las materias propias de las titulaciones del centro se consideren necesarios para la mejor consecución de los objetivos de la misma contenidos en el SGIC. Como Secretario de la CCC actuará el Secretario del Centro.

INSTRUCCIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE CURSO DE LA FACULTAD DE DERECHO
Con el propósito de crear un espacio de diálogo entre alumnado y profesorado con finalidad de coordinar la actividad académica y como parte integrante de su Sistema Interno de Calidad la Facultad de Derecho de la Universidad de la Laguna se ha dotado de las Comisiones de Curso y de la figura del Profesor Coordinador o Profesora Coordinadora, figuras necesarias en el organigrama de dicho sistema, que si bien no cuentan con previsión en nuestro Reglamento de Régimen Interior, es preciso, en espera de que se aborde su regulación a través de la futura revisión del mismo, dotar de un marco procedimental de referencia que posibilite el normal desarrollo de sus funciones.
Composición.-Para cada curso y grupo de las titulaciones impartidas en la Facultad de Derecho, con una duración igual a la de cada uno de los cuatrimestre en los que se distribuye la docencia en cada curso académico, se formará una Comisión de coordinación.
Cada comisión de coordinación estará integrada por:
  • todo el profesorado que imparte docencia en el cuatrimestre
  • así como por los representantes del estudiantado, delegado y subdelegado de curso y grupo, designados según dispone el reglamento Regulador de los delegados de grupo o curso de la Universidad de La Laguna.
Cada comisión estará coordinada por un profesor o profesora de una de las asignaturas impartidas en el cuatrimestre.
Sesiones y convocatoria.-Las comisiones tendrán al menos dos reuniones ordinarias por cuatrimestre: una inicial de constitución, y otra  final, de seguimiento y evaluación del mismo.
Podrán, no obstante, convocarse cuantas reuniones extraordinarias de la Comisión sean precisas, a juicio del Coordinador o a solicitud del profesorado o alumnado integrantes de la misma.
Funciones.- La Comisión de curso tendrá como principal objetivo analizar la programación y desarrollo de la actividad docente a fin de procurar que ésta se desempeñe en condiciones de calidad de la enseñanza y de un mejor aprendizaje, recogiendo las sugerencias o propuestas que sus miembros realicen a tales efectos y sean aprobadas por la Comisión, elevándolas , en su caso, a los órganos de la Facultad competentes, cuando se trate de materias sobre las que la Comisión carece de competencias.
La Comisión de curso velará por el debido cumplimiento del calendario lectivo y de los acuerdos recogidos en la comisión de ordenación académica del centro, adoptando cuantas medidas sean conducentes a dicha función, instando, en su caso, el ejercicio de las competencias de otros órganos competentes por las vías y procedimientos previstos.
La Comisión  aprobará en su sesión final el Informe de Coordinación que recogerá el desarrollo del cuatrimestre, las incidencias detectadas así como las medidas adoptadas, además del resultado final y las propuestas de mejora que estimen pertinentes.
Del Profesor Coordinador o Profesora Coordinadora.-El coordinador o coordinadora del curso, nombrado por la Junta de Facultad,  tiene las siguientes funciones:
  1. Convocar las reuniones de las comisiones de curso al menos dos veces en el cuatrimestre.
  2. Recoger el acta de las reuniones, remitirlas a los miembros de la misma y al Decanato de la facultad,
  3. Dinamizar las reuniones de la Comisión para que se cumpla el objetivo del curso
  4. Canalizar las peticiones, quejas o sugerencias del alumnado y profesorado.
  5. Planificar las actividades formativas de manera que no se solapen, ni interfieran el normal funcionamiento de la docencia de las restantes asignaturas.
  6. Proceder a través de la mediación informal o la sugerencia a solventar las deficiencias o anomalías leves detectadas en el desarrollo o programación de la docencia, dando cuenta a la Comisión de Coordinación.
  7. Proponer a la Comisión de coordinación la adopción de cuantas medidas sean conducentes para el debido cumplimiento del calendario lectivo y de los acuerdos recogidos en la comisión de ordenación académica del centro, así como de cuantas disposiciones regulen el régimen de impartición de la docencia.
  8. Elevar al término del cuatrimestre el informe final de la Coordinación dentro de los plazos y conforme al procedimiento que apruebe la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho.
Certificación de la actividad.- Una vez enviado el Informe final de la coordinación del curso, se certificará el mérito correspondiente al coordinador o coordinadora del curso.
Derecho supletorio.- En lo no previsto en la presente Instrucción, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Derecho.

La Comisión de Calidad del Centro (CCC) es un órgano que participa en tareas de planificación y seguimiento del SGIC, y actúa como uno de los vehículos de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros del mismo. Está compuesto por el Decano/Director, que actúa como Presidente, el Coordinador de Calidad, un representante de cada titulación (de grado y postgrado), un representante de cada departamento que tenga una carga docente superior al 7%, dos representantes del Personal de Administración y Servicios (administrador y otro), y un representante del alumnado (preferiblemente egresado o estudiante de tercer ciclo). Podrán asimismo formar parte de la Comisión de Calidad del Centro hasta dos miembros externos a la Universidad, que por su relación con las materias propias de las titulaciones del centro se consideren necesarios para la mejor consecución de los objetivos de la misma contenidos en el SGIC. Como Secretario de la CCC actuará el Secretario del Centro. Son funciones de la CCC:

  • Diseñar el SGIC.
  • Recibir información del Decano/Director sobre modificación del organigrama y se posiciona ante los mismos
  • Estar informada por el Decano/Director respecto a la Política y los Objetivos Generales de Calidad del Centro y se encarga de difundir esta información en el Centro.
  • Verificar la planificación del SGIC.
  • Realizar el seguimiento del SGIC.
  • Desarrollar procesos de revisión y mejora de los programas formativos.
  • Realizar el seguimiento de la eficacia de los procesos a través de los indicadores asociados
  • Estudiar y, en su caso, aprobar la implantación de las propuestas de mejora del SGIC sugeridas por los restantes miembros del Centro.
  • Controlar la ejecución de: las acciones correctivas y/o preventivas, actuaciones derivadas de la revisión del sistema, acciones de respuesta a las sugerencias, quejas y reclamaciones.

La CCC se reunirá con una periodicidad trimestral, al menos, previa convocatoria del Secretario. De las sesiones, el Secretario levantará un acta que enviará a todos los componentes de la CCC, quienes dispondrán de una semana para proponer correcciones. Si no se formulan correcciones se considerará aprobada, y el acta se publicará en la web del Centro de modo que esté disponible para toda la comunidad universitaria.

La Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna, en el marco de la Política y objetivos de calidad trazados por ésta, instituye la calidad como interés que presidirá toda su actividad y la utilización de todos sus recursos técnicos, económicos y humanos para lograr que sus egresados adquieran las competencias y tengan el reconocimiento de la sociedad en general y, en particular, para satisfacer las razonables expectativas de los grupos de interés en relación con sus titulaciones de Grado y Posgrado.

La Junta de Facultad, a instancias del Decano, establece las siguientes Directrices de su Política de Calidad:

Primera: Formular una Política de Calidad con el compromiso de desarrollar una cultura universitaria que dote de importancia a la calidad y la garantía de la misma, informando y haciendo partícipe a todo el personal de la Facultad de Derecho (profesorado, alumnado y personal de administración y servicios) en que el eje inspirador de las actividades del centro lo constituya la calidad a cuya consecución se compromete la Comisión de Calidad del Centro.

Segunda: Favorecer la mejora continua de las Titulaciones impartidas en la Facultad, garantizando un nivel de calidad que asegure su acreditación mediante la revisión permanente de los indicadores disponibles sobre las mismas y la puesta en marcha de acciones de mejora.

Tercera: Mantener permanentemente informada a la Comunidad Universitaria y a la Sociedad de sus actuaciones en materia de Calidad, consolidando una cultura de la calidad en la Facultad.

Cuarta: Establecerlos procedimientos necesarios para favorecer la eficacia en la toma de decisiones por parte de la Facultad.

Quinta: Controlar y revisar periódicamente el Sistema de Garantía Interna de Calidad de la Facultad.

Sexta: Diseñar y ejecutar acciones de seguimiento y evaluación, así como cuantas acciones preventivas y correctivas sean necesarias para que los procesos formativos que se desarrollan resulten adecuados a los fines que persiguen.

Por ello, determina los siguientes OBJETIVOS GENERALES DE CALIDAD: 

1. Impartirá una formación orientada a desarrollar la creatividad y el espíritu crítico de sus estudiantes, desarrollando su capacidad para aprender y resolver problemas autónomamente con el fin de dotarles de una sólida competencia profesional, científica, técnica y cultural, además de facilitar su adaptación a los cambios en un mundo globalizado y multicultural.

2. Potenciará la implicación del profesorado en las actividades docentes como parte de su compromiso profesional y fomentará la coordinación de las actividades docentes.

3. Impulsará la calidad docente optimizando los recursos para obtener una ratio profesor/alumno acorde con las directrices del Espacio Europeo de Educación Superior, haciendo especial hincapié en la necesaria dotación de profesorado e infraestructuras para el Centro.

4. Promoverá una oferta de másteres y títulos propios vinculados académicamente a la Facultad que permita una especialización de los titulados y que cubra las demandas de formación de la sociedad y las empresas.

5. Potenciará el intercambio de estudiantes e investigadores con universidades y centros de investigación de prestigio.

B) En el ámbito de la Calidad investigadora

1. Promoverá la investigación y el intercambio de investigadores nacionales o internacionales a través de seminarios y otras acciones que estimulen la investigación y la calidad investigadora de la Facultad, así como dotando de servicios y medios organizativos necesarios para mejorar las actividades de investigación.

2. Establecerá contactos con otros centros de investigación para constituir una colaboración que redunde en una mayor calidad investigadora de la Facultad.

3. Facilitará cualquier proceso de captación de recursos destinados al desarrollo de la investigación a través de los diferentes programas de I+D+i.

4. Promoverá la difusión pública de los resultados de los investigadores y de los grupos de investigación.

C) En el ámbito de la Calidad de gestión

1. Facilitará la aplicación de normas y procedimientos de gestión aprobados por la Universidad de La Laguna para mejorar sus sistemas de información y gestión, tanto en el ámbito de la administración como en el desarrollo y control de sus actividades.

2. Promoverá un sistema de gestión de servicios a los usuarios de la Facultad caracterizado por la información, la transparencia y la máxima eficiencia en los procedimientos.

3. Promoverá la participación de los miembros de Facultad en la toma de decisiones colectivas para favorecer la eficacia y corresponsabilidad en la gestión.

4. Se implicará en la evaluación y certificación periódica de sus actividades y servicios e impulsará el establecimiento de sistemas de evaluación fiables.

5. Coordinará al personal de administración y servicios, así como su incorporación a las redes de gestión de la Facultad.

6. Facilitará la formación del personal de administración y servicios y del personal docente e investigador en las áreas de gestión institucional que les corresponda.

D) En el ámbito de la Proyección Social

1. Promoverá la difusión social de sus actividades y resultados con el fin de fomentar los valores de una sociedad democrática, justa, tolerante e intercultural.

2. Llevará a cabo políticas de captación de alumnos con las actitudes y cualidades contempladas en el perfil de ingreso de cada titulación del Centro.

3. Facilitará la empleabilidad e inserción en el mundo laboral de sus egresados.

4. Impulsará la captación de egresados mediante oferta de programas de formación diseñados y orientados a satisfacer sus necesidades de actualización y formación permanente.

9.1.2. Procedimiento para la definición de la política y objetivos de calidad del Centro

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar en la elaboración y la revisión de la Política y Objetivos de Calidad del Centro.
  2. Alcance:será de aplicación para la definición inicial de la Política y los Objetivos de Calidad y para sus modificaciones periódicas, que se efectuarán con carácter anual.
  3. Desarrollo:el CC, con una periodicidad anual o inferior en situaciones de cambio, elaborará un borradorde la Política y Objetivos de Calidad del Centro a partir de los elementos contemplados a nivel institucional. Estedocumento deberá ser revisado por la CCC y podrá ser enviado a la UEMC para su revisión. Si la CCC considera que el borrador no es adecuado lo devolverá al CC para que lo reelabore, incorporando las sugerencias realizadas. El borrador deberá ser aprobado en Junta de Centro. Una vez aprobado, el Equipo Directivo lo difundirá por el procedimiento establecido (PR Información Pública, apartado 9.5.4).
  4. Revisión, seguimiento y mejora:la política y objetivos de calidad se valorarán anualmente por parte de la CCC, obteniéndose un informe con los resultados de la revisión y las propuestas de mejora, que serán consideradas en la planificación anual del Centro y de las titulaciones. Su seguimiento corresponde a la CCC, quien valorará en qué medida las propuestas se han contemplado en la nueva planificación.
  5. Evidencias y archivo:los documentos generados en este procedimiento serán archivados por el CC
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Política y Objetivos de Calidad Papel o informático CC 6 años
Documento enmiendas y sugerencias no adecuación del borrador Papel o informático CC 6 años
Acta aprobación Política y Objetivos de Calidad en Junta Centro Papel o  informático CC 6 años
Justificación de la difusión de la Política y Objetivos de Calidad Papel o informático CC 6 años
Informe con los resultados de revisión y propuestas de mejora Papel o informático CC 6 años
Justificación difusión de resultados Política y Objetivos Calidad Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades:

–      CCC: Revisar y validar el borrador de la política y objetivos de calidad. Hacer el seguimiento de las propuestas de mejora establecidas.

–      CC: Elaborar y proponer el borrador de Política de Calidad e identificar objetivos. Envío a la CCC.

–      Equipo Directivo: Difundir el documento de la política y objetivos de calidad del Centro.

–      Junta de Centro: Aprobar el borrador de la política y objetivos de calidad.

–      UEMC: Revisar los documentos.

9.2 Procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado

La Titulación de Grado en Derecho garantiza la evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado a través de los procedimientos establecidos para ello:

9.2.1 Procedimiento para la garantía de calidad del programa formativo

  1. Objeto: establecer la sistemática a aplicar en la revisión y control periódico de los programas formativos con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos.
  2. Alcance:será de aplicación en la revisión y control del programa formativo.
  3. Desarrollo:el Equipo Directivo define el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en la garantía de calidad de los programas formativos. En este caso designa a una Comisión de Titulación (CT) (en su defecto la CCC), quien se encargará de:
  • Revisar la oferta formativa del Centro y, en su caso, proponer las mejoras necesarias.
  • Analizar y elaborar un informe sobre la coherencia del plan de estudio, al menos, con los siguientes aspectos: perfiles de ingreso y egreso; estructura y planificación del plan de estudio; y guías docentes y su desarrollo.

El resto de los aspectos a revisar y mejorar se hará anualmente cuando la CCC analice los resultados e indicadores que permiten el seguimiento de los diferentes procedimientos (PR):

  • PR para la valoración del progreso y resultados de aprendizaje de los estudiantes (apartado 8.2)
  • PR para la evaluación de la actividad docente del profesorado (apartado 9.2.2)
  • PR para la garantía de calidad de las prácticas externas integradas en el plan de estudio (apartado 9.3.1)
  • PR para la gestión de la movilidad de estudiantes (apartado 9.3.2)
  • PR para la recopilación y análisis de información sobre inserción laboral (apartado 9.4.1)
  • PR para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (apartado 9.5.2)
  • PR para la gestión y revisión de incidencias, reclamaciones y sugerencias (apartado 9.5.3)

Los informes realizados han de ser aprobados en Junta de Centro, donde se podrán proponer sugerencias y se determinará si cabe un proceso de suspensión de la enseñanza y/o del desarrollo de un nuevo plan de estudio. Si las medidas propuestas implican la modificación del plan de estudio, han de ser aprobadas conjuntamente por Junta de Centro y Consejo de Gobierno, según la normativa vigente, antes del envío a la ANECA para su valoración. Si la ANECA considera que las modificaciones no suponen un cambio en la naturaleza y objetivos del título inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), o si han transcurrido tres meses sin pronunciamiento expreso, se considerará aceptada la propuesta de modificación. En caso contrario, se considerará que se trata de un nuevo plan de estudio y se procederá a actuar como corresponde al nuevo título. El Equipo Directivo deberá proceder a informar a las partes implicadas de los resultados y decisiones tomadas. Por aplicación del PR para la Información Pública (apartado 9.5.4) serán dados a conocer los resultados a todos los grupos de interés mediante los mecanismos establecidos.

  1. Revisión, seguimiento y mejora:los procesos de revisión y mejora del programa formativo se desarrollarán anualmente por la CCC. La medición de los indicadores que le afectan se hará de acuerdo con el procedimiento para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1). Las propuestas serán consideradas en la planificación anual de la titulación. Su seguimiento corresponde a la CCC, quien valorará en qué medida las propuestas se han contemplado en la nueva planificación y si han tenido incidencia en los resultados del proceso formativo.
  2. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Informe de revisión y mejora de la oferta formativa Papel o informático CC 6 años
Acta de aprobación de la oferta formativa Papel o informático CC 6 años
Informes de resultados Papel o informático CC 6 años
Acta de aprobación de los resultados globales Papel o informático CC 6 años
Justificación de la difusión de los resultados del programa formativo Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–      CCC: Analizar resultados e indicadores.

–      CT: Revisar y elaborar informes y propuestas de mejora sobre el programa formativo.

–      Equipo Directivo: Definir el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en la garantía de calidad de los programas formativos y rendir cuentas a las partes implicadas.

–      UEMC: Asesorar y apoyar la revisión y propuestas de mejora del programa formativo.

9.2.2. Procedimiento para la evaluación de la actividad docente del profesorado

La ULL desarrolla el Programa de apoyo a la evaluación de la actividad docente del profesorado (DOCENTIA) propuesto por la ANECA.

  1. Objeto: establecer la sistemática por la cual se evalúa, promociona, reconoce e incentiva la labor docente del Personal Docente e Investigador (PDI) de la ULL.
  2. Alcance: será de aplicación al personal académico que presta sus servicios en los centros de la ULL.
  3. Desarrollo:el Equipo de Gobierno define el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en los procesos de evaluación, promoción, reconocimiento e incentivos del profesorado. El VPCD realiza anualmente la convocatoria de evaluación docente a través del Programa DOCENTIA. Su gestión es realizada por la UEMC y el Comité de Evaluación creado a tal fin, teniendo de referencia la revisión y mejora de convocatorias anteriores. Podrán presentarse profesores con más de 5 años de experiencia docente, independientemente de su categoría profesional y relación contractual. La propuesta de aplicación del proceso de evaluación de la actividad docente de la ULL es la siguiente:

–      Inicio de la convocatoria. En la primera quincena del mes de septiembre el VPCD dará publicidad a la apertura de la convocatoria.

–      Presentación de solicitudesLas instancias de solicitud deberán ser cumplimentadas y enviadas vía online y presentadas en formato papel al VPCD.

–      Elaboración y envío de informes. La UEMC recabará los informes del Decano/Director. A través del correo electrónico la UEMC habrá enviado la plantilla personalizada de cada profesor.

La UEMC elaborará un informe por cada docente que enviará al Comité de Evaluación, quien se encargará de analizar los informes y valorar los criterios y dimensiones establecidas en el Manual DOCENTIA ULL. Los profesores evaluados recibirán los resultados de manera confidencial y podrán solicitar una revisión de los mismos. Para ello, deberán rellenar una solicitud y enviarla a la UEMC, pudiendo acceder a su expediente si así lo requirieran. Revisadas las reclamaciones, la Comisión de Evaluación emitirá un informe con la resolución alcanzada. Los informes resueltos por la Comisión de Evaluación se enviarán al Servicio de Recursos Humanos de la ULL para su inclusión en el expediente de cada profesor/a, a modo de certificado acreditativo de su evaluación. El profesorado podrá presentar recurso de alzada al Rector o a la Rectora contra la resolución del Comité de Evaluación en el plazo establecido. La UEMC, respetando la confidencialidad de los resultados individuales, elaborará un informe general de resultados y lo pondrá a disposición de la comunidad universitaria a través de su página web. La lista de profesores evaluados con excelencia podrá ser difundida con objeto de su reconocimiento público, previo consentimiento del interesado, a través de la página web institucional.

  1. Revisión, seguimiento y mejora:la revisión y mejora del procedimiento se realizará anualmente. La medición de los indicadores que le afectan se hará de acuerdo con el PR para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1).Las propuestas serán consideradas en la planificación anual de la titulación. Su seguimiento corresponde a la CCC, quien valorará en qué medida esas propuestas se contemplan en la nueva planificación anual y si éstas mejoran los resultados del proceso.
  2. Evidencias y archivo:los documentos generados serán archivados por la UEMC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Convocatoria anual de evacluación docente Papel o informático UMEC 6 años
Solicitud de evaluación Papel o informático UMEC 6 años
Encuestas de satisfacción del alumnado Papel o informático UMEC 6 años
Autoinforme profesorado Papel o informático UMEC 6 años
Informe de responsables académicos Papel o informático UMEC 6 años
Informes técnicos Papel o informático UMEC 6 años
Informes de evaluación de profesorado Papel o informático UMEC 6 años
Solicitud de revisión Papel o informático UMEC 6 años
Informe final de evaluación Papel o informático UMEC 6 años
Justificación de la difusión de resultados de la evaluación docente Papel o informático UMEC 6 años
Informe de revisión y mejora de la evaluación PDI Papel o informático UMEC 6 años
Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–  CCC: Realizar el seguimiento, revisión y mejora del procedimiento.

–  Comité de Evaluación: Elaborar los informes de evaluación del profesorado.

–  UEMC: Recopilar/canalizar la información y elaborar los informes técnicos de evaluación docente.

– VPCD: Realizar la convocatoria anual de evaluación y rendir cuentas a las partes implicadas.

9.3 Procedimiento para garantizar la calidad de las prácticas externas y los programas de movilidad

Dentro del Espacio Europeo de Enseñanza Superior tiene especial relevancia la gestión de las prácticas externas y los programas de movilidad.

9.3.1. Procedimiento para la garantía de calidad de las prácticas externas integradas en el plan de estudio

La realización de prácticas externas, a efectos del reconocimiento como créditos (Art. 12.6, RD 1393/2007), se regulará de acuerdo al reglamento para la gestión de los convenios en la ULL.

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar en la gestión y revisión de las prácticas externas integradas en el plan de estudio de la Titulación de Grado en Derecho.
  2. Alcance:será de aplicación en la gestión y en la revisión del desarrollo de las prácticas externas integradas en el plan de estudio.
  3. Desarrollo:el Equipo Directivo define el órgano, unidades y/o grupos involucrados en la gestión de prácticas externas. En este caso, designa a una Comisión de Prácticas, quien define los objetivos, contenidos y requisitos mínimos de las prácticas en empresa. La Comisión de Titulaciónrevisa los objetivos, contenidos y requisitos definidos por la Comisión de Prácticas, siendo aprobados en Junta de Centro. Una vez aprobados, la Comisión de Prácticas selecciona las empresas o instituciones con las que establecer los convenios de colaboración. La Comisión de Prácticas realizará la planificación de las prácticas y preparará el material para su difusión entre los estudiantes después de firmados los convenios y lo hará según el procedimiento establecido (apartado 9.5.4). Cuando se haga pública la convocatoria de plazas se asignarán los estudiantes a las empresas (por parte de la Comisión de Prácticas) y se desarrollarán las prácticas, que serán apoyadas por las acciones de orientación al estudiante necesarias, realizándose además el seguimiento de las mismas. El Equipo Directivo rendirá cuentas, de forma periódica, de los resultados obtenidos y, como consecuencia, de las propuestas de mejora que se consideren oportunas, a través del PR para la Información Pública (apartado 9.5.4).
  4. Revisión, seguimiento y mejora:la revisión y mejora de la gestión de las prácticas externas la desarrolla la CCC anualmente, a partir de la medición de los indicadores de acuerdo al PR para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1). Las propuestas de mejora serán utilizadas en la planificación anual de las prácticas en empresa para el curso siguiente por parte de la Comisión de Prácticas. Por aplicación del PR para la Información Pública(apartado 9.5.4) serán dados a conocer a los resultados a través de los mecanismos establecidos. El seguimiento corresponde a la CCC, quien valorará en qué medida las propuestas se han contemplado en la nueva planificación de las prácticas y si estas han tenido incidencia en los resultados.
  5. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por el CC y el Administrador, en su caso.
  6. Prácticas externas en los Juzgados y Tribunales de Justicia.Seis créditos se distribuirán en prácticas obligatorias en los Juzgados y Tribunales de Justicia, siendo dichas prácticas asignadas a los Profesores del Área de Derecho Procesal.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Documentos con objetivos, contenidos y requisitos para prácticas en empresa Papel o informático CC 6 años
Acta de aprobación de objetivos, contenidos y requesito de prácticas en empresa Papel o informático CC 6 años
Justicación/Sugerencias no aprobación… prácticas externas Papel o informático CC 6 años
Convenio firmado entre la Universidad y empresas/instituciones. Papel o informático CC 6 años
Documento planificación de las prácticas externas Papel o informático CC 6 años
Justificación de la difusión de información sobre prácticas externas Papel o informático CC 6 años
Documento de asignación de estudiantes a empresas/instituciones Papel o informático CC 6 años
Informe de recisión y mejora de las prácticas externas Papel o informático CC 6 años
Justificación de la difusión de los resultados de las prácticas externas. Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades:

–      CCC: Revisar, proponer y hacer el seguimiento de las mejoras sobre el desarrollo de las prácticas externas en empresas/instituciones.

–      Comisión de Prácticas: Definir los objetivos, contenidos y requisitos de las prácticas externas. Asimismo le corresponde: buscar y seleccionar empresas e instituciones con las que establecer convenios; planificar y gestionar las prácticas y desarrollar acciones de orientación al estudiante.

–      CT: Revisar, junto a la Comisión de Prácticas, los objetivos, contenidos y requisitos de las prácticas externas.

–      Equipo Directivo: Definir el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en la gestión de prácticas externas. Rendir cuentas a las partes implicadas.

–      Junta de Centro: Aprobar los objetivos, contenidos y requisitos de las prácticas externas.

9.3.2. Procedimiento para la gestión de la movilidad de los estudiantes

La ULL tiene centralizados sus programas de movilidad de estudiantes a través de la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI) y el Negociado de Becas (Programa de movilidad nacional SICUE / Becas SENECA). En la Facultad de Derecho existe un coordinador encargado de los programas de movilidad.

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar en la gestión y revisión de los programas de movilidad de los estudiantes de la Titulación de Grado en Derecho.
  2. Alcance:será de aplicación en la gestión y revisión del desarrollo de los programas de movilidad de los estudiantes de la titulación.
  3. Desarrollo:el Equipo de Gobierno y el Equipo Directivo definen el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en los procesos de gestión de movilidad del estudiante. A nivel institucional son la ORI y el Negociado de Becas los que informarán a los estudiantes a través de sus páginas web sobre la existencia de los programas de movilidad.En el Centro se definirá la figura del coordinador responsable de los programas de movilidad, quien se encargará de: promover actividades para fomentar la participación de los estudiantes en este tipo de programas y mantener informada a la CCC de los resultados obtenidos. El coordinador de movilidad del Centro analizará la información necesaria para gestionar los procesos de movilidad (universidades con las que establecer los convenios, preferencias de los estudiantes, etc.). La ORI establecerá los convenios que proceden con las universidades correspondientes, por iniciativa propia o a petición del Centro, a través del coordinador de movilidad. Posteriormente se planificarán las acciones de movilidad y se elaborarán los materiales de difusión de los programas de movilidad. Los estudiantes tramitarán su participación en los programas a través de la ORI. Una vez que el alumno saliente ha sido seleccionado y acepta la beca de movilidad, la ORI/Negociado de Becas gestiona la documentación para presentarla en la Universidad de destino y, junto al coordinador, resuelve cualquier incidencia que pudiera presentarse. El estudiante estará apoyado por el coordinador de movilidad en el centro. Finalizada la estancia, los alumnos participantes verán reconocidos, siguiendo la normativa en vigor, las asignaturas cursadas según la valoración asignada por la Universidad receptora. Los convenios de movilidad para estudiantes procedentes de otras universidades (alumnos entrantes) son establecidos por la ORI/Negociado de Becas. La acogida de estos alumnos será realizada por la ORI y por el coordinador de movilidad para los programas internacionales y nacionales, respectivamente. La matriculación, orientación e información de estos alumnos se hace de manera conjunta entre la ORI, el coordinador de movilidad y la Secretaría del Centro. El coordinador de movilidad será el encargado de solucionar cualquier incidencia que surja durante la estancia del alumno en la ULL. Las incidencias, caso de producirse, serán tenidas en cuenta para la mejora de los programas de movilidad. El Equipo Directivo rendirá cuentas, de forma periódica, de los resultados de movilidad y, como consecuencia, de las propuestas de mejora que considere procedentes, a través del PR para la Información Pública (apartado 9.5.4).
  4. Revisión, seguimiento y mejora:la revisión y mejora de los procesos de movilidad la desarrolla la CCC, anualmente, a partir de los indicadores que le afectan, que se determinarán de acuerdo con el PR para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1), elaborando un informe que debe ser aprobado por la Junta de Centro y difundido entre los grupos de interés, poraplicación del PR para la Información Pública (apartado 9.5.4). Las propuestas serán consideradas en la planificación anual de la titulación en general y de los programas de movilidad en particular. Su seguimiento corresponde a la CCC, quien valorará en qué medida las propuestas se han contemplado en la nueva planificación y han incidido en los resultados.
  5. Evidencias y archivo:los documentos generados serán custodiados por el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Acuerdos o convenios firmados por ambas partes Papel o informático CC 6 años
Documento planificación de las activades de movilidad Papel o informático CC 6 años
Documento informativo de los programas de movilidad Papel o informático CC 6 años
Justiciación difusión de información programas de movilidad Papel o informático CC 6 años
Documento activadades de apoyo estudiantes programas movilidad Papel o informático CC 6 años
Informe de la revisión y mejora acciones movildad de estudiantes Papel o informático CC 6 años
Justificación difusión de los resultado de la movilidad de estudiantes Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–     Coordinador de movilidad: Definir la política, objetivos y convenios de los programas de movilidad, así como su gestión y desarrollo.

–     CCC: Revisar y proponer mejoras.

–     Equipo Directivo: Definir el órgano, unidades o personas involucradas en la gestión de la movilidad del estudiante. Rendir cuentas a las partes implicadas.

–    ORI/Negociado de Becas: Establecer convenios con otras universidades y tramitar la participación de los estudiantes en los programas de movilidad.

9.4 Procedimiento de análisis de la inserción laboral de los graduados y de la satisfacción con la formación recibida

El Observatorio Permanente para el Seguimiento de la Inserción Laboral (OPSIL) y el Gabinete de Análisis y Planificación (GAP) son los organismos que se encargan de realizar los estudios de inserción laboral de los egresados de la ULL, así como de recoger su satisfacción con la formación recibida.

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar el modo en el que el Centro recibe, analiza y utiliza los resultados de inserción laboral de los egresados de la ULL y de su satisfacción con la formación recibida.
  2. Alcance:la inserción laboral de los egresados y su satisfacción con la formación recibida tras la finalización de la Titulación de Grado en Derecho
  3. Desarrollo:Recopilación de información sobre Inserción Laboral: La UEMC, el GAP y el OPSIL serán los principales responsables en el desarrollo de mecanismos necesarios para la recogida y análisis estadístico de los resultados de inserción laboral. La UEMC y el GAP identificarán anualmente los grupos de egresados objeto de estudio y transmitirán esa información al OPSIL. La UEMC y el GAP, conjuntamente con el OPSIL, determinarán las categorías, indicadores (situación laboral de los egresados; relación del tipo de empleo con la titulación cursada; tiempo para conseguir el primer empleo, etc.) y mecanismos de obtención de la información. El OPSIL se encarga de la recogida y medición de datos, así como de realizar el cruce con los ficheros del Servicio Canario de Empleo y de la Seguridad Social, siempre que fuera posible en este último caso. Para conseguir información relativa a la satisfacción de los egresados sobre el proceso de inserción laboral el OPSIL realiza encuestas a los grupos de interés de forma bianual. El OPSIL remite los datos al GAP, quien se encarga de la centralización de la información. El GAP es el servicio encargado de remitirla a los Centros de la ULL.

Análisis de los resultados de Inserción Laboral. La CCC, una vez recibidos los resultados/informes de inserción laboral y de satisfacción con la formación recibida, analizará los resultados y establecerá las propuestas de mejora que considere oportunas. En última instancia es la Junta de Centro quien aprobará dichas mejoras para su implementación. Por medio del PR para la Información Pública el Equipo Directivo difundirá los resultados de los egresados de su Centro a todos los grupos de interés. El OPSIL difunde los resultados generales a la comunidad universitaria cuando así lo tenga establecido.

  1. Revisión, seguimiento y mejora:el procedimiento será revisado por la UEMC, GAP y OPSIL en lo que respecta a la obtención y análisis técnico de los datos de inserción laboral y satisfacción. La CCC realizará al análisis y revisión de los resultados y hará las propuestas de mejora y su seguimiento. La revisión se realizará de manera bianual. A partir de dicha revisión se tomarán las decisiones oportunas para la mejora del proceso.A través de los canales que se estimen se difundirá la información.
  2. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por el responsable del OPSIL y el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Base de datos Papel o informático OPSIL 6 años
Cuestionarios de satisfacción de egresados Papel o informático OPSIL 6 años
Informes técnicos de resultados Papel o informático CC 6 años
Informe análisis de resultados de inserción laboral y propuesta de mejora Papel o informático CC 6 años
Difusión análisis resultado de inserción laboral y propuesta de mejora Papel o informático CC 6 años
Documento en el que se recojan la revisión y mejora del procedimiento Papel o informático CC 6 años
Prueba de la difusión de la revisión y mejora del procedimiento Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–      CCC: Analizar los resultados de Inserción Laboral de las titulaciones y de satisfacción con el programa formativo y elaborar informe de propuestas de mejora.

–      Equipo Directivo: Rendir cuentas a las partes implicadas.

–      OPSIL: Recoger información relativa al proceso de inserción laboral de los titulados de la ULL y hacer los cruces de datos con las administraciones públicas correspondientes. Enviar los datos al GAP. Difundir los estudios de inserción laboral de los titulados de la ULL entre la comunidad universitaria.

–      GAP: Enviar ficheros al OPSIL, recibir datos del OPSIL y remitir resultados a los Centros.

9.5 Procedimiento para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.) y de atención a la sugerencias y reclamaciones. Criterios específicos en el caso de extinción del título

El SGIC tiene en cuenta los distintos colectivos implicados en el programa formativo. Por ello, dispone de procedimientos y herramientas para recoger y valorar su satisfacción y sus sugerencias. Asimismo se dota de medios que le permiten garantizar la publicación periódica de la información actualizada. En el caso de la extinción de un programa formativo cuenta con mecanismos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes.

9.5.1. Procedimiento para la medición y análisis de resultados

El SGIC debe contar con procedimientos que le permitan garantizar que se miden, analizan y utilizan los resultados para la toma de decisiones y la mejora de la calidad del programa formativo.

  1. Objeto:establecercómo el Centro garantiza que se recopilan, miden y revisan los indicadores relativos a los resultados generados en el SGIC.
  2. Alcance:dará cobertura a la Titulación de Grado en Derecho.
  3. Desarrollo:el Vicerrectorado implicado y el Equipo Directivo definen el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en los procesos de medición y análisis de los resultados. La UEMC, el GAP y, en su caso, el OPSIL, serán los principales responsables de la definición de indicadores así como de su recopilación y revisión. En la información relativa a los indicadores (cuantitativos, documentales y valorativos) se señalará: la definición de cada uno de ellos; fórmulas para determinarlos (en el caso que sean cuantitativos); procedimiento al que corresponde; y responsables de su medición: UEMC, GAP, OPSIL etc. Con la periodicidad establecida en el documento de definición de indicadores, se recopilan, revisan y comprueba la validez de los indicadores por parte de quien proceda. Si se detecta alguna ausencia o falta de fiabilidad en la información, se comunica a quién la ha proporcionado para su corrección. El GAP, y en su caso el OPSIL, suministra la información relativa a indicadores cuantitativos y la UEMC los de carácter valorativo y/o documental. La información es remitida a la CCC, quien analizará los resultados obtenidos. El Equipo Directivo decidirá la difusión de los resultados, a través del PR para la Información pública.
  4. Revisión, seguimiento y mejora:la revisión y mejora del procedimiento de medición y análisis de resultados se realizará anualmente por la UEMC. La revisión de los indicadores corresponderá a la UEMC, GAP y OPSIL en su caso. A partir de dichas revisiones se considerarán las mejoras oportunas en la planificación anual del proceso y de los documentos que lo acompañan. Su seguimiento corresponde a la UEMC, quien valorará en qué medida las propuestas han sido tenidas en cuenta y su grado de incidencia en los resultados obtenidos.
  5. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Documento indicadores y unidades organizativas que los proporciona Papel o informático CC 6 años
Informes técnicos Papel o informático CC 6 años
Informe de revisión y mejora del procedimiento Papel o informático CC 6 años
Difusión de resultados del procedimiento de medición y análisis Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–      CCC: Recopilar y analizar la información.

–      Equipo Directivo: Rendir cuentas a las partes implicadas.

–      GAP/OPSIL: Definir indicadores y recopilar y analizar información.

–     UEMC: Definir indicadores, recopilar y analizar información y hacer un seguimiento de las propuestas de mejora. Revisar y mejorar el PR.

9.5.2. Procedimiento para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados

Conocer y analizar la satisfacción de los distintos grupos de interés y disponer de información sobre sus necesidades y expectativas permite tomar decisiones encaminadas a la mejora de la calidad de las enseñanzas impartidas.

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar para recopilar y analizar los resultados de satisfacción de los distintos colectivos implicados en el programa formativo: estudiantes, personal académico y de administración y servicios, egresados, empleadores, etc.
  2. Alcance:será de aplicación a la Titulación de Grado en Derecho.
  3. Desarrollo:La UEMC será la principal responsable de:elaborar los instrumentos de medición de satisfacción de los grupos de interés internos (estudiantes, personal académico y de administración y servicios); realizar el proceso de encuestación y elaborar y enviar a los centros los informes técnicos. El OPSIL se encargará de la recogida de datos de los grupos de interés externos: egresados y empleadores. Al GAP corresponde la recepción de los datos proporcionados por el OPSIL y su remisión a los centros. La CCC debe revisar y analizar los resultados de satisfacción de los colectivos implicados y tomar las decisiones oportunas para la mejora de la titulación. La Junta de Centro aprobará la adecuación de las mejoras y el Equipo Directivo será el encargado de difundir la información atendiendo al PR para la Información Pública (apartado 9.5.4).
  4. Revisión, seguimiento y mejora:el procedimiento será revisado por la UEMC/GAP/OPSIL en lo relativo a la obtención y análisis técnico de los datos de satisfacción. La CCC se encargará del análisis y revisión de los resultados y de la realización de propuestas de mejora y su desarrollo. La revisión será anual y las propuestas serán consideradas en la posterior planificación.
  5. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por los responsables de los distintos servicios (UEMC/OPSIL) y por el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Convocatoria anual de evaluación docente Papel o informático UEMC 6 años
Solicitud de evaluación Papel o informático UEMC 6 años
Encuestas de satisfacción del alumnado Papel o informático UEMC 6 años
Autoinforme profesorado Papel o informático UEMC 6 años
Informe de responsables académicos Papel o informático UEMC 6 años
Informes técnicos Papel o informático UEMC 6 años
Relación de canales de comunicación y difusión de la información Papel o informático UEMC 6 años
  1. Responsabilidades

–      CCC: Interpretar los datos sobre satisfacción de los grupos implicados.

–     UEMC/GAP/OPSIL: Planificar, gestionar, revisar y rendir cuentas sobre los procesos de análisis de satisfacción de los grupos implicados.

–     Vicerrectorado implicado: Definir el órgano o unidades involucrados en los procesos de análisis de satisfacción.

9.5.3. Procedimiento para la gestión y revisión de incidencias, reclamaciones y sugerencias

Las reclamaciones y sugerencias se consideran fuente de información para recoger la satisfacción de los grupos de interés.

  1. Objeto:establecer la sistemática a aplicar en la gestión y revisión de las incidencias, reclamaciones y sugerencias de la Titulación de Grado en Derecho.
  2. Alcance:será de aplicación a la Titulación de Grado en Derecho.
  3. Desarrollo:el Equipo Directivo define el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en la gestión de incidencias, reclamaciones y sugerencias. En este caso, será el mismo Equipo el que gestione en el Centro este procedimiento junto a los servicios/órganos objeto de la incidencia. En primer lugar, se definen los canales de atención de incidencias.Estas se podrán interponer al Equipo Directivo mediante la vía que proceda, preferentemente por escrito, cumplimentando la hoja de incidencias correspondiente. Recibida la incidencia, el Equipo Directivo la enviará a la CCC, que realizará un análisis y su comunicación al Servicio/Departamento implicado/afectado. Será el servicio quien considerará su resolución (queja/reclamación) o viabilidad (sugerencia). En caso de tratarse de una felicitación, será comunicada a todos los miembros del Servicio/Departamento y se agradecerá al proponente. Adoptadas las acciones para la solución de la queja/reclamación o puestas en marcha para aplicar la sugerencia recibida, el Servicio/Departamento implicado comunicará a quien haya interpuesto la queja/reclamación/sugerencia la solución adoptada. En el caso de no poder actuar sobre la misma, se comunicará al CC para que la CCC proceda a su envío a otras instancias. El Servicio/Departamento implicado iniciará un expediente sobre la incidencia recibida, que mantendrá abierto hasta la finalización de las acciones. Una vez resuelta, remitirá los expedientes completos a la CCC para su conocimiento, archivo y seguimiento, si fuera necesario.
  4. Revisión, seguimiento y mejora:la CCC revisará anualmente el procedimiento y, atendiendo a los resultados obtenidos, propondrá mejoras. La medición de los indicadores que le afectan se hará de acuerdo con el PR para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1). Por aplicación del PR para la Información Pública (apartado 9.5.4) se difundirá la información susceptible de difusión a través de los mecanismos establecidos.
  5. Evidencias y archivo:los documentos serán archivados por el CC y por el responsable del Servicio/Departamento implicado.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Incidencias recibidas Papel o informático CC/Servicio 6 años
Informe de análisis Papel o informático CC 6 años
Comunicado al proponente Papel o informático CC/Servicio 6 años
Documento en el que se recojan la revisión y mejora Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–      CCC: Revisar y proponer mejoras sobre la gestión de las incidencias.

–    CC: Analizar y comunicar al Departamento/Servicio afectado las incidencias dirigidas al Centro. Archivar expedientes de incidencias.

–      Equipo Directivo: Recibir las alegaciones, quejas y propuestas.

–   Responsable del Servicio/Departamento: Analizar, definir, desarrollar, archivar y rendir cuentas de las acciones correctivas, preventivas o de mejora.

9.5.4. Procedimiento para la información pública

Es un requisito fundamental del SGIC que la información llegue a todos los grupos de interés, internos y externos a la comunidad universitaria: equipo de gobierno, equipo directivo, estudiantes, docentes y personal de administración y servicios, futuros estudiantes, egresados, empleadores y sociedad en general.

  1. Objeto:establecer el modo en la Facultad de Derecho hace pública la información actualizada relativa a las titulaciones que imparte para su conocimiento por los grupos de interés
  2. Alcance:seráde aplicación a la información relativa a todas las titulaciones de la Facultad de Derecho.
  3. Desarrollo:El Equipo de Gobierno y/o Equipo Directivo definen el órgano, unidades y/o grupos de interés involucrados en el proceso de información pública. En el Centro es el Equipo Directivoel que decide qué información publicar, a qué grupos de interés va dirigida y el modo de hacerla pública. El órgano implicado (en el caso del Centro será el CC) ha de obtener la información indicada bien en el propio Centro (el SGIC contiene y genera una buena parte de esa información) o en los correspondientes Servicios Universitarios. La CCC revisa la información, comprobando que sea fiable y suficiente, y la pone a disposición del Equipo Directivo para que éste proceda a su difusión. Periódicamente se comprueba la actualización de la información publicada por el CC, haciendo llegar cualquier observación al respecto al servicio implicado o a la CCC para que sea atendida.
  4. Revisión, seguimiento y mejora:La medición de los indicadores que afectan a este procedimiento se hará de acuerdo con la periodicidad establecida en el documento de definición de indicadores, de acuerdo con el PR para la Medición y Análisis de Resultados (apartado 9.5.1). Anualmente, la CCC revisará el procedimiento atendiendo a los resultados obtenidos y en función de los mismos propondrá mejoras.El CC se responsabiliza del seguimiento de las acciones de mejora quien valorará en qué medida esas propuestas han sido contempladas en la nueva planificación del procedimiento.
  5. Evidencias y archivo:los documentos generados serán archivados por el CC.
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Relación de canales de comunicación para la difusión de la información Papel o informático CC 6 años
Informe de la revisión y mejora de procedimiento de información pública Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades

–      Equipo Directivo: Aprobar el contenido de la información a publicar, hacia quién va dirigida y el modo de hacerlo y difundir dicha información.

–   CCC y órgano/unidad implicado: Proponer qué información publicar, a quién y cómo y validar la información obtenida.

–     CC: Obtener la información derivada del SGIC para su revisión, mantenerla actualizada y hacer el seguimiento de las mejoras del procedimiento.

9.5.5. Procedimiento y criterios de extinción de la titulación

La Titulación de Grado en Derecho ha establecido los criterios para interrumpir la impartición de la titulación y los mecanismos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes.

  1. Objetivo:establecer los criterios de extinción de una titulación o enseñanza y los mecanismos por los que el Centro garantiza que, en caso de suspensión de una titulación oficial, los estudiantes van a disponer del adecuado desarrollo efectivo de la misma hasta su finalización.
  2. Alcance:seráde aplicación a la Titulación de Grado en Derecho.
  3. Desarrollo:
  • Criterios de extinción de una titulación: la suspensión y extinción de la titulación podrá producirse por:

–      Supuesto 1: No obtener un informe de acreditación positivo por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). El RD 1393/2007 establece que las titulaciones acreditadas inicialmente deben someterse a un proceso de evaluación por la ANECA o por los órganos de evaluación que las distintas leyes de las Comunidades Autónomas determinen, cada 6 años, desde la fecha de su registro en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), con el fin de mantener su acreditación. Tal como indica el artículo 27 del citado RD, la acreditación de los títulos se mantendrá cuando obtengan un informe de acreditación positivo. En caso de informe negativo, se comunicará a la Universidad, al Gobierno Autónomo y al Consejo de Universidades para que las deficiencias encontradas puedan ser subsanadas. De no serlo, el título causará baja en el RUCT y perderá su carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, estableciéndose en la resolución correspondiente las garantías necesarias para los estudiantes que se encuentren cursando dichos estudios. Por tanto, un plan de estudio se considerará extinguido cuando no supere este proceso de acreditación.

–      Supuesto 2: Porque se considera que la titulación ha sufrido modificaciones que producen un cambio apreciable en su naturaleza y objetivos. También se procederá a la suspensión de la titulación cuando, tras modificar los planes de estudios y comunicarlo al Consejo de Universidades para su valoración por la ANECA (artículo 28 del mencionado RD), ésta considera que tales modificaciones suponen un cambio apreciable en la naturaleza y objetivos del título previamente inscrito en el RUCT, lo que supone que se trata de un nuevo plan de estudio y se procederá a actuar como corresponde a una nueva titulación.

–      Supuesto 3: Por acuerdo de la Comunidad Autónoma de Canarias que determina la suspensión y extinción de una titulación, bien a propuesta del Consejo Social de la ULL o bien por propia iniciativa, con el acuerdo del referido Consejo.

  • Mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes: cuando ocurra la suspensión de una titulación oficial, las Universidades están obligadas a garantizar el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes, hasta su finalización. El Equipo Directivo debe proponer a la Junta de Centro, para su aprobación, los criterios que garanticen el adecuado desarrollo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización, que contemplarán, entre otros puntos: no admitir matrículas de nuevo ingreso en la titulación; impartir acciones tutoriales y de orientación específicas a los estudiantes repetidores; y el derecho a la evaluación hasta consumir las convocatorias reguladas por los Estatutos de la ULL.
  1. Revisión, seguimiento y mejora:en el caso de producirse la suspensión de una titulación oficial en la que existan estudiantes matriculados, la CCC establecerá los mecanismos oportunos para garantizar la salvaguarda de los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes, ycon la periodicidad establecida en el documento de definición de indicadores la CCC comprobará su efectividad, proponiendo, en caso contrario, las acciones de mejora que fueran necesarias. El CC se responsabiliza del seguimiento de las acciones de mejora.
  2. Evidencias y archivo:los documentos generados en este procedimiento serán archivados por el CCC
Identificación del registro Soporte de archivo Responsable custodia Tiempo de conservación
Documento informe negativo para la acreditación (ANECA) Papel o informático CC 6 años
Documento de ANECA sobre deficiencias encontradas procesos acreditación Papel o informático CC 6 años
Acta/documento con criterios que garanticen el adecuado desarrolo de enseñanzas Papel o informático CC 6 años
Acta seguimiento de la implantación y desarrollo de acciones de suspensión del título Papel o informático CC 6 años
Acta/documento relativos a la petición de suspensión del un título Papel o informático CC 6 años
  1. Responsabilidades:

–   ANECA: Comunicar a la ULL, a la Comunidad Autónoma y al Consejo de Universidades las deficiencias detectadas en los seguimientos. Emitir informes de acreditación. Valorar modificaciones de los planes de estudios.

– CCC: Analizar el seguimiento de las acciones docentes de los alumnosmatriculados en la titulación suspendida.

–    Comunidad Autónoma de Canarias: Acordar la suspensión de una titulación, si procede.

–    Consejo de Gobierno: Emitir informe sobre la suspensión de una titulación, si procede.

–    Consejo Social: Proponer la suspensión de una titulación.

–     Equipo Directivo: Definir los criterios para establecer las garantías necesarias a los estudiantes que estén cursando estudios que se extinguen.

–    Junta de Centro: Aprobar los criterios definidos por el Equipo de Dirección del Centro. Proponer la suspensión de una titulación, si procede.

Documentación y evaluación del Grado en Derecho

Documentación y evaluación del Grado en Relaciones Laborales

Informes DOCENTIA

Informe Docentia General ULL 2014-2015

Informe Docentia Fac.Derecho ULL 2014-2015

Informe Docentia Fac.Derecho ULL 2013-2014

Informe Docentia Fac.Derecho ULL 2012-2013

Informe Docentia Fac.Derecho ULL 2010-2011

Informe Docentia Fac.Derecho ULL 2010

Informes de resultados de satisfacción

Grado en Derecho- 2010/2015

Grado en Relaciones Laborales- 2012/2015

Informes de resultados de la titulación de Derecho

Presentación informe 2013

Informe: Resultados 2013

Grado en Derecho

EVOLUCIÓN DE TASAS 
Grado en Derecho
Dato Memoria
de Verificación
Curso
10-11
Curso
11-12
Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Tasa de graduación 17 31
Tasa de abandono 44 13,2 10,5 12,7 18,3
Tasa de eficiencia 62 98,8 93,3
Tasa de rendimiento 60,8 58,6 60,7 62,3 61,2
Tasa de éxito del título 73,1 71,0 72,6 79,0 81,6
GRADO DE SATISFACCIÓN DE LOS GRUPOS DE INTERÉS
Grado en Derecho Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Grado de satisfacción global de los estudiantes con el título 3,36 3,08 3,12
Grado de satisfacción estudiantes con el profesorado 3,20 3,04 3,15
Grado de satisfacción estudiantes con los recursos 2,65 2,67 2,71
Grado de satisfacción del profesorado con el título 3,32 3,41
Grado de satisfacción de los egresados con el título 3,65
Grado de satisfacción de los empleadores con el título 3,85
EVOLUCIÓN DE INDICADORES
Grado en Derecho
Curso
10-11
Curso
11-12
Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Alumnos de Nuevo ingreso 258 220 220 224 261
Nota media de acceso 7,283 7,740 7,707 7,483 7,468
Número de alumnos totales matriculados 395 634 843 1019 1111
Número de alumnos egresados 63 86
Número de alumnos egresados (sin contar adaptados) 53 75
Duración media de los estudios 3,943 4,387

Grado en Relaciones Laborales

 

EVOLUCIÓN DE TASAS 
Grado en Relaciones Laborales
Dato Memoria
de Verificación
Curso
10-11
Curso
11-12
Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Tasa de graduación 26 29,5
Tasa de abandono 18 24,4 16,3 19,7 30,6
Tasa de eficiencia 71 94,8 89,8
Tasa de rendimiento 46,6 60,7 60,6 67,4 67,6
Tasa de éxito del título 69,0 77,6 80,0 84,8 85,2
GRADO DE SATISFACCIÓN DE LOS GRUPOS DE INTERÉS
Grado en Relaciones Laborales Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Grado de satisfacción global de los estudiantes con el título 3,43 3,22 3,20
Grado de satisfacción estudiantes con el profesorado 3,09 3,15 3,12
Grado de satisfacción estudiantes con los recursos 2,49 2,52 2,59
Grado de satisfacción del profesorado con el título 3,11 3,41
Grado de satisfacción de los egresados con el título 4,00 2,85
Grado de satisfacción de los empleadores con el título 3,70
EVOLUCIÓN DE INDICADORES
Grado en Relaciones Laborales
Curso
10-11
Curso
11-12
Curso
12-13
Curso
13-14
Curso
14-15
Alumnos de Nuevo ingreso 176 141 142 121 151
Nota media de acceso 6,300 6,604 6,679 6,267 6,241
Número de alumnos totales matriculados 207 311 436 501 555
Número de alumnos egresados 49 83
Número de alumnos egresados (sin contar adaptados) 27 65
Duración media de los estudios 4 4,354
Tasas correspondientes al Grado en Derecho-detalle por asignaturas
Tasas correspondientes al Grado en RRLL-detalle por asignaturas