Grado en Fisioterapia

Perfil de ingreso y egreso

Perfil de ingreso

Las características personales y académicas (capacidades, conocimientos e intereses) que deben tener los estudiantes que van a comenzar los estudios de la Titulación de Grado en Fisioterapia son:

  • Capacidad de trabajo en equipo
  • Capacidad de razonamiento lógico
  • Lectura comprensiva
  • Conocimientos suficientes de ciencias complementarias: química, biología, física y estadística
  • Conocimientos de informática
  • Conocimientos adecuados de idioma
  • Motivación ante la elección debido a las características propias de la Titulación y al perfil profesional de la misma.

Perfil de egreso

El perfil profesional del Fisioterapeuta está marcado por las atribuciones que se derivan de las competencias reseñadas en la propuesta de directrices curriculares para el Grado en Fisioterapia elaborada por la Comisión de Especialistas del Área de Fisioterapia de la Región Europea de la World Confederation for Physical Therapy (WCPT):

– El Graduado/a en Fisioterapia deberá demostrar competencia profesional en sus diferentes campos de actuación, expresando conocimientos, habilidades y actitudes en actividades de promoción, mantenimiento, prevención, protección y recuperación de la Salud, respetando los principios éticos, morales y culturales del individuo y de la comunidad.

– Deberá también demostrar capacidad de adaptación a las tecnologías del mundo contemporáneo, buscando siempre actualizarse en un proceso de formación continuada.

– Igualmente deberá adquirir una visión integral de su profesión, que se muestre genérica en el ámbito de la Fisioterapia al tiempo que específica en su campo de trabajo, posibilitando la inserción de los procedimientos fisioterapéuticos en sus diferentes dimensiones.

Lo dispuesto en los artículos 2 y 7 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en la que se contienen los aspectos básicos de las profesiones sanitarias tituladas.

De conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta ley, son profesiones sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica y fundamentalmente a dotar a los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están organizadas en colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con lo previsto en la normativa específicamente aplicable.