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La autolimitación y la prudencia deben regir a los magistrados, según óscar González

viernes 30 de enero de 2004 - 00:00 GMT+0000

El magistrado de la sala tercera del Tribunal Supremo óscar González González considera que, en última instancia, las fricciones que pudieran darse entre la audiencia a la que pertenece y el Tribunal Constitucional se deben resolver apelando a la «autolimitación en su función» y la «prudencia» de los magistrados.

González fue el encargado de dictar la lección magistral que formaba parte de los actos con los que hoy, viernes 30 de enero, la Facultad de Derecho celebraba la festividad de su patrón, San Raimundo de Peñafort. En el acto también intervinieron el rector de la Universidad de La Laguna, ángel Gutiérrez Navarro, y el decano del centro, Andrés González Sanfiel.

La conferencia trató de analizar las fricciones existentes entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Recientemente se hizo pública una sentencia por la cual magistrados del Constitucional fueron condenados por el Supremo a pagar una indemnización a un abogado murciano por no haber atendido un recurso que había presentado. Antes de comenzar la intervención, tanto González como el decano de la facultad reiteraron que el asunto de la ponencia había sido fijado mucho antes de que aconteciera la polémica decisión judicial.

El orador mencionó superficialmente el asunto, aunque en ningún momento entró a valorarlo. De hecho, la conferencia tuvo un marcado tono técnico, por lo que González mencionó algunas fricciones existentes entre las dos salas y expuso las posturas de cada una en esos casos, pero sin expresar explícitamente su parecer.

Algunas sentencias del Supremo, alguna de ellas protagonizadas por personajes tan célebres como Isabel Preysler, generaron tantas tensiones entre las salas que fue necesario crear una comisión mixta de las dos instituciones que estudiaran la situación y delimitaran claramente las funciones de cada tribunal.

En esa comisión, a la que pertenece González, participa un representante del Ministerio de Justicia, dos por cada uno de los tribunales, y un catedrático de Derecho Administrativo. Este órgano se planteó desde un primer momento dos objetivos: reducir el número de ocasiones en las que se produzcan enfrentamientos, intentando limitar para ello los recursos de amparo al Constitucional, y fijar con claridad los límites de dicho tribunal en sus intervenciones.

A punto del colapso

El conferenciante señaló que otro fin que se persigue es quitar trabajo al Tribunal Constitucional, ya que corre peligro de colapsarse por la ingente labor que afronta anualmente. Según su memoria de 2002, a la institución llegaron ese año 7.456 asuntos, 500 más que el año anterior. De esa cifra, el 97% eran recursos de amparo al tribunal y, a su vez, la quinta parte de ese porcentaje procedía de sentencias del Tribunal Supremo. De esa cifra, se resolvieron por sentencia 240 y se rechazaron 5.000 aproximadamente, lo que implica que queda, según González, «una rémora de mil casos que se acumulan de año en año».

Durante las deliberaciones de la comisión mixta, se llegó a sugerir que el Tribunal Constitucional desestimara los recursos de amparo que se basasen en el posible incumplimiento del precepto de igualdad ante la ley, ya que éste estaría de sobra asegurado en las instancias previas. Sin embargo, se decidió no excluir estos casos ya que la sociedad entiende que es necesario que el Tribunal Constitucional ampare todos los derechos fundamentales. Por ello, la clave está en no reducir los derechos que defiende el Tribunal, pero sí el número de casos.

Para el ponente es necesario acabar con el trasiego de casos que saltan de un tribunal a otro, lo cual comparó con el juego del ping-pong. Además, recordó que siempre se está pensando en la parte del proceso que ha perdido y que recurre la sentencia, pero es necesario que los recursos paren en algún momento ya que existe también otra parte, la que ganó en primera instancia, que también tiene derecho a tener una sentencia firme.


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