El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna aprobó hoy lunes 30 de abril, por 32 votos a favor, 4 en contra y una abstención, el Reglamento de los Estudios Conducentes a la Obtención de Títulos Propios de la institución académica, un documento que pretende adaptar la normativa hasta ahora en vigor a los criterios de la convergencia europea y, al mismo tiempo, flexibilizar y agilizar los procedimientos.
Tras la publicación en el pasado mes de junio del decreto que regula los títulos oficiales de posgrado de la Comunidad Autónoma de Canarias, se obligaba a las universidades del archipiélago a una modificación de la denominación de títulos propios -que no son oficiales, sino propios de cada centro-, al prohibir la oferta de títulos propios de máster, que deberán denominarse a partir de ahora maestría universitaria, con el objeto de no llamar a confusión entre uno y otro.
El nuevo reglamento establece por tanto tres categorías de títulos propios: Diploma Universitario, dirigido a proporcionar una cualificación profesional con significación en el mercado de trabajo no incluida por la universidad en el registro de titulaciones oficiales de grado y que responda a demandas profesionales y formativas del entro no social. Contará con una carga lectiva de 180 créditos europeos.
La Maestría Universitaria, por su parte, estará dedicada a proporcionar a los titulados estudios de especialización científica o formación profesional avanzada cuando no se considere adecuado su registro como máster oficial, bien debido a la temporalidad de su implantación, a la demanda específica o a impedimentos de otro tipo. Este tipo de enseñanza contará con una carga lectiva de 60 a 120 créditos europeos.
Por último figura el título propio de Experto o de Especialista Universitario, previsto como una formación avanzada especializada en áreas o temas concretos y con una carga lectiva mínima de 30 créditos y máxima de 50.
El documento prevé la elaboración de un catálogo de títulos propios de la Universidad de La Laguna, que habrá de ser aprobado anualmente a partir de las propuestas que formule la Comisión de Estudios de Posgrado, y se indica además que no podrá darse el visto bueno a aquellos títulos propios cuyos objetivos y contenidos coincidan sustancialmente con titulaciones oficiales.
El reglamento aprobado hoy regula asimismo el acceso a este tipo de enseñanzas. Así, para entrar en un título propio de Diploma Universitario se ha de reunir los requisitos necesarios para el acceso a los estudios universitarios. En el caso de la Maestría Universitaria, se debe estar en posesión de un título universitario de grado, o de un Diploma Universitario de la Universidad de La Laguna o de otro expresamente declarado equivalente, o estar en posesión de un título oficial obtenido conforme a sistemas de educación universitaria anteriores a lo establecido en el real Decreto de 21 de enero de 2005 o, finalmente, acreditar que se ha superado todas las asignaturas de primer ciclo de una titulación de primero o segundo ciclo, o haber superado al menos 180 créditos europeos correspondientes a las enseñanzas de grado, siempre y cuando entre éstos esté comprendida la totalidad de los contenidos formativos obligatorios del título.
Para acceder a los estudios de un título propio de Experto Universitario o de Especialista Universitario, será necesario cumplir, como norma general, lo estipulado en el apartado anterior para los títulos de Maestría Universitaria. También podrán acceder quienes acrediten una notable experiencia en el campo de las actividades profesionales relacionadas con el título propio, siempre que se reúnan además los requisitos necesarios para el acceso a los estudios universitarios. En este caso se precisará la autorización del rector, previa solicitud razonada de la dirección académica del título propio.

