Skip to main content

La ULL plantea un reparo de legalidad a reconocer una universidad privada en el Consejo Universitario canario

jueves 30 de noviembre de 2023 - 12:05 GMT+0000

Edificio Central de la Universidad de La Laguna

La Universidad de La Laguna ha remitido a la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias un escrito en el que plantea un reparo de legalidad y una cuestión de orden referida al punto cuarto de la sesión de Consejo Universitario de Canarias que se celebrará mañana, viernes 1 de diciembre. En él, la institución académica solicita que se retire del orden del día ese punto, en el cual se iba presentar el informe sobre el reconocimiento de un nuevo centro privado de educación superior, concretamente la Universidad Tecnológica de las Islas Canarias.

La negativa de la Universidad de La Laguna a que se aborde este punto en la reunión es una posición compartida por la otra institución pública de formación superior de la comunidad autónoma, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y está motivada por la existencia de una serie de requisitos de ámbito estatal que este centro privado no cumple y, por tanto, no debería ser reconocido oficialmente.

Existen, además, dos informes previos de la Conferencia General de Política Universitaria que también se han mostrado desfavorables al reconocimiento del centro privado en cuestión. El propio Consejo Universitario de Canarias acordó no considerar nuevamente esta propuesta hasta contar con un informe positivo del órgano estatal, circunstancia que no se ha producido, pese a lo cual el gobierno autonómico pretende volver a plantear esta cuestión.

A continuación, se reproduce la motivación íntegra remitida por la Universidad de La Laguna a la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura:

“De conformidad con la normativa vigente en el momento actual (a estos efectos el RD 640/2021, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, también en  el precedente Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo)  para el reconocimiento de una universidad privada deberán cumplirse una serie de condiciones y requisitos establecidos en relación con su actividad docente, su actividad investigadora y de transferencia del conocimiento, su personal docente e investigador, y la disponibilidad y características de las instalaciones y equipamientos. Tales requisitos normativos son lo suficientemente precisos (STS 13 de julio de 2022) para que, tras una simple labor de contraste con la memoria presentada, pueda determinarse si una concreta solicitud cumple con los mismos, por ello “aceptar que pudieran utilizar la denominación de «universidad» entidades que poco o nada tienen que ver con las funciones típicamente universitarias; algo que podría llamar a engaño a una parte del público, así como conducir a una ausencia de controles mínimos de calidad. Ninguna razón hay, por tanto, para pensar que dichos preceptos reglamentarios son ilegales. (Ss TS de 6 y 13 de julio de 2022).

La fijación de tales requisitos por el Estado han sido declarados ajustados a la Constitución puesto que el Estado, desde la competencia reconocida por el art. 149.1.30.ª, puede sin duda establecer condiciones básicas relativas al profesorado, a la viabilidad económico-financiera y a la calidad de las instalaciones universitarias, puesto que, desde este título puede regular, por lo que aquí interesa, las bases que garanticen el derecho de todos a la educación mediante la programación general de la enseñanza (artículo 27.5), la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los derechos constitucionales (artículo 27.6) y la homologación del sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes (artículo 27.8), cfr. STC 131/1996, de 11 de julio, o STC 223/2012, de 29 de noviembre , FJ 10.

Por ello, y como parte del procedimiento para dicho reconocimiento se exige un informe de la Conferencia General de Política Universitaria, que se pronunciará, en términos favorables o desfavorables, que deberá tener en cuenta las condiciones y los requisitos establecidos normativamente, tanto por el Estado como por la correspondiente Comunidad autónoma.

Adicionalmente, en la Ley 5/2009, de 24 de abril, de Canarias, se establece que el reconocimiento de universidades privadas requerirá informe preceptivo de la Conferencia General de Política Universitaria, en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria, y se ajustará a los requisitos básicos fijados por el Gobierno del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Universidades, siendo también preceptivo el informe del Consejo Universitario de Canarias.

En el presente supuesto la Conferencia General de Política Universitaria, a través de su Comisión delegada, en la sesión celebrada el día 6 de junio de 2023, emitió el informe correspondiente, en relación con el expediente de reconocimiento de la Universidad on-line “Universidad Tecnológica de las Islas Canarias”, con un resultado desfavorable a dicho reconocimiento.

Concluye dicho informe que resulta manifiesta la carencia de los requisitos legales mínimos para que a esta propuesta se le conceda el reconocimiento como Universidad privada. Ha de tenerse en cuenta, a estos efectos, que el Consejo Universitario e Canarias, en sesión celebrada el 27 de julio de 2018, acordó no volver a considerar la tramitación del proyecto de creación de la Universidad Tecnológica de las Islas Canaria hasta que se contase con un informe favorable por parte de la Conferencia General de Política Universitaria.

Por todo ello, resulta patente que el informe del Consejo Universitario de Canarias no puede legalmente producirse por cuanto falta el presupuesto previo para tal pronunciamiento, de conformidad con la aludida Ley 5/2009 de 24 de abril de Canarias, al no haberse acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones de carácter básico establecidos por la normativa estatal, tal y como resulta del referido Informe de la Conferencia General de Política Universitaria.

En consecuencia, la Universidad de La Laguna solicita la retirada del punto 4. Informe sobre el reconocimiento de la universidad privada “Universidad Tecnológica de las Islas Canarias” de la sesión del Consejo Universitario de Canarias convocada para este próximo viernes 1 de diciembre de 2023”.

 


Archivado en: Destacado, Institución, Portada ULL

Etiquetas: ,