Experto Universitario en Docencia Universitaria

Acceso y admisión

Atendiendo al Reglamento de títulos propios de la ULL, art.6 (ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO DE TÍTULOS PROPIOS DE LA ULL, BOULL 29/06/2017):

2. Podrán acceder a los estudios y obtener la titulación de título propio de Máster, quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial de grado, otro expresamente declarado equivalente o un título universitario oficial obtenido conforme a sistemas de educación universitaria anteriores al establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE nº 260, de 30 de octubre).

b) Estar en posesión de un título propio de nivel de grado de la ULL, o equivalente de otra universidad, con una duración mínima de 120 créditos ECTS. En este caso, el alumno podrá acceder a los estudios de máster, pero no obtendrá dicha titulación. Si el alumno superase la evaluación de todas las asignaturas del título podrá solicitar la titulación de Certificado de Formación Específica.

c) Acreditar haber superado al menos 180 créditos ECTS correspondientes a enseñanzas oficiales de grado. En este caso, antes de solicitar el título de máster el alumno debe haber finalizado sus estudios de grado. Si el alumno no finalizara sus estudios de grado oficial y solicita la titulación del título propio obtendría el título de Certificado de Formación Específica.

d) Quienes acrediten experiencia profesional en el campo de las actividades relacionadas con el título propio de, al menos, dos años. En este caso, el alumno podrá acceder a los estudios de máster, pero no obtendrá dicha titulación. Si el alumno superase la evaluación de todas las asignaturas del título podrá solicitar la titulación de Certificado de Formación Específica. El Vicerrectorado con competencia en materia de títulos propios verificará la experiencia profesional de estos alumnos y autorizará su acceso.

3. Podrán acceder a los estudios y obtener el título propio de Diploma de Especialización, Experto Universitario o de Certificados de Formación Específica, como norma general, quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Los establecidos en el apartado anterior para los títulos propios de máster.

b) Los que superen una prueba específica de acceso de la que será responsable el director del título propio, en la que el alumno demostrará estar en posesión de los conocimientos básicos para poder cursar la titulación propia con aprovechamiento. El director académico debe haber contemplado este sistema de acceso en la memoria de solicitud del título y comunicará al Vicerrectorado responsable los alumnos que han superado dicha prueba para que sean admitidos.

4. También tendrán acceso a estudios conducentes a la obtención de títulos propios de posgrado de la ULL, quienes acrediten estar en posesión de una titulación extranjera de educación superior homologada o equivalente a los correspondientes títulos españoles oficiales de grado. Para este efecto no se requiere la homologación de dicho título, sino la previa comprobación que éste faculta en el país expedidor del mismo para el acceso a estudios de posgrado.

5. En los casos en los que los alumnos no cumplan los requisitos de acceso, pero aun así deseen cursar los estudios, podrán realizarlos, pero al finalizar sus estudios no recibirán el título universitario, sino que en su lugar recibirán un certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso formativo en el que aparecerá la temática, contenidos y horas realizadas. Este certificado será emitido por el Vicerrectorado responsable de la gestión de títulos propios.

6. Asimismo, se admitirán alumnos que sólo deseen cursar una o varias asignaturas de un título propio, siempre y cuando haya plazas libres. En estos casos, los alumnos recibirán un certificado de asistencia y aprovechamiento emitido por el Vicerrectorado responsable de la gestión de títulos propios por cada una de las asignaturas cursadas.

Como norma específica para el acceso al EDU-ULL se considerarán como requisitos de acceso los mismos que para el acceso al Plan de Formación del PDI de la Universidad de La Laguna y los propuestos por la Comisión Académica del título.

Nuevo listado, ACTUALIZADO a 6 de octubre, de admitidos y lista de espera 2023-2025

Admisión

El programa formativo del título se ofertará al personal vinculado a la Universidad de La Laguna como docente universitario. Los costes de formación para el profesorado de la ULL son asumidos por el Vicerrectorado con competencias en formación del profesorado. El proceso de admisión se realizará mediante solicitud de los/as interesados/as, que será tramitada por la unidad que tenga encomendada la gestión de los títulos propios

 

Baremo

Si bien el título está pensado para la formación inicial y permanente del profesorado, además de los criterios contemplados en el art. 6 del Reglamento de títulos propios de la ULL, para el acceso al Experto se han establecido los siguientes criterios preferentes:

A. Colectivo con preferencia 1: Profesorado con vinculación a la ULL: Se establece el siguiente orden de preferencia:

1.1. Profesorado novel: Aquél que tiene una experiencia profesional en el ámbito universitario inferior a 5 años. Se atenderá al siguiente orden: ayudantes doctores, asociados, personal investigador en formación (PIF) posdoctoral (contratados/as Ramón y Cajal, Viera y Clavijo, Juan de la Cierva, Beatriz Galindo, Marie Curie…), y contratados laborales de interinidad.

1.2. Profesorado funcionario: Si no se cubriera el cupo previsto de las 30 plazas por edición, tendrían acceso otras figuras de profesorado funcionario de la ULL. El orden de preferencia será: Contratados doctores, Titulares de Universidad, Titulares de Escuela, Catedráticos de Universidad y Catedráticos de Escuela.

Se valorará: Estar contratado en la ULL, en el momento de presentar la solicitud (categoría de laboral o funcionario), y el número de años como docente en la ULL después del primer contrato (experiencia docente). Ante casos de profesorado con la misma categoría profesional, tendrán preferencia quienes lleven menos años como docente.

B. Colectivo con preferencia 2: Personas sin vinculación a la ULL: En el caso de que las plazas ofertadas no fueran íntegramente cubiertas con los solicitantes incluidos en el colectivo de preferencia 1, se procederá a baremar y ordenar las restantes solicitudes. Se establece el siguiente orden de prioridad:

2.1. Profesorado de otras universidades. Dentro de éstos, el criterio preferente atenderá al siguiente orden: ayudantes doctores, asociados, personal investigador en formación (PIF) posdoctoral (contratados/as Ramón y Cajal, Viera y Clavijo, Juan de la Cierva, Beatriz Galindo, Marie Curie…), contratados laborales de interinidad, contratados doctores, profesorado titular y catedrático.

2.2. Profesorado de otras etapas educativas.

Preinscripción

  • Del 1 de junio de 2023 hasta el 9 de septiembre de 2023.

Procedimiento de preinscripción en sede electrónica.

Instrucciones para el autoregistro en sede electrónica (sólo para quien no tiene cuenta institucional).

Matrícula

  • Del 19 de septiembre de 2023 hasta el 26 de septiembre de 2023.