Siguiendo las directrices marcadas por el artículo 11 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y por lo expuesto en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna, la supervisión de tesis y el seguimiento de cada doctorando se implementará atendiendo a las siguientes consideraciones:
De lo expuesto se puede asegurar que existe una trazabilidad completa de la actividad desarrollada por el doctorando, supervisada por el director de tesis y la comisión académica, además de por la EDEP, pues queda todo ello registrado en la aplicación informática creada a tal fin, bajo la denominación Registro de Actividades y Plan de Investigación (RAPI).
Comisión académica
El programa de doctorado cuenta con una comisión académica cuyos miembros tienen dilatada experiencia en materia investigadora y que cumplen con los requisitos del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna.
Documento de compromiso y buenas prácticas en la investigación
Las funciones de supervisión de se establecerán mediante un compromiso documental, en modelo normalizado establecido por la EDEP, firmado el estudiante de doctorado, y las personas responsables de la dirección y tutorización. El compromiso debe ser firmado a la mayor brevedad posible después de la admisión y matrícula y, en todo caso, en el plazo máximo de seis meses desde la asignación de tutor o tutora y de director o directora de tesis
El documento de compromiso, una vez suscrito por los intervinientes, será archivado en el expediente del estudiante.