Máster Universitario en Abogacía y Procura

Prácticas externas

La realización de prácticas externas en empresas, organismos e instituciones es obligatoria en aquellos másteres que lo tengan establecido en su plan de estudios. Suponen un acercamiento del alumnado a supuestos reales, complementando la formación recibida con la realidad del mundo laboral.

Las prácticas persiguen la aplicación de todos los contenidos del máster en una situación real del ejercicio profesional. Particularmente en el conocimiento de la organización y funcionamiento del despacho profesional, cuestiones deontológicas y de responsabilidad. El tipo de actuaciones profesionales en las que intervendrá el alumno/a, dependerá de los asuntos gestionados en la entidad, exigiéndose la inserción en la dinámica de trabajo del puesto de destino, asunción del clima laboral de la entidad y rol asignado.

De conformidad con lo previsto en el art. 16 del RD 775/2011, de 3 de junio, los alumnos estarán tutelados por un equipo de profesionales al frente de los cuales se designará a un abogado que haya ejercido la profesión durante al menos 5 años. Los alumnos, en el desarrollo de sus prácticas, tendrán derecho a entrevistarse con los miembros del equipo de tutoría que tuvieran asignado. Cada equipo de tutoría, integrado al menos por 3 miembros, tendrá como máximo 6 alumnos. En caso de que el tutor designado no pudiera desempeñar su labor con el alumno, el tutor al frente del equipo de tutorías le designará uno nuevo, de acuerdo con lo previsto en la Normativa de Gestión de las Prácticas Externas del estudiantado de la Universidad de La Laguna.

El equipo de tutoría deberá elaborar un informe o memoria semestralmente que dé cuenta de las actividades realizadas durante el ejercicio de sus funciones.

a. Contenidos

En las Prácticas externas, el alumno deberá, de la mano del tutor interno, poner en práctica los conocimientos adquiridos a lo largo del programa. El alumno podrá asistir a juicios, redactar documentos jurídicos, participar en el conocimiento y resolución de casos así como en todo aquello que sea requerido por parte de la entidad que lo acoja de acuerdo con un plan acordado previamente por ambos tutores y conocido por el alumno en el momento
de su incorporación.

b. Lugares de desarrollo

Las prácticas podrán desarrollarse, conforme a lo expuesto en el artículo 15 del RD 775/2011, en juzgados o tribunales, fiscalías, sociedades o despachos profesionales de abogados, instituciones penitenciarias, departamentos jurídicos o de recursos humanos de las Administraciones Públicas, instituciones
oficiales o empresas.

c. Duración de las prácticas

Las prácticas, según establece el artículo 14 del RD 775/2011, supondrán 30 ECTS adicionales a los indicados en el artículo 12 del mismo texto legal.
Las prácticas abarcarán un total de 740 horas que tendrán lugar durante los tres cuatrimestres del Máster.

d. Resultados esperables

Con el módulo de prácticas externas los alumnos aprenderán a:

  • Integrar su formación teórica y práctica a través de la participación activa y la relación con los profesionales que ejercen su trabajo en los diferentes lugares de desarrollo.
  • Desarrollar las cualidades humanas y las habilidades técnicas para responder apropiadamente a las exigencias de la práctica profesional.
  • Ejercer la función de asesoramiento propia del abogado, configurando relaciones jurídicas que eviten conflictos jurídicos.
  • Actuar ante los órganos de los respectivos órdenes jurisdiccionales que le permitan en el futuro llevar a cabo las actuaciones procesales propias del abogado.
  • Intervenir como mediador en conflictos jurídicos, para procurar soluciones extrajudiciales.

Las prácticas académicas podrán realizarse en entidades/empresas colaboradoras, tales como empresas, instituciones, entidades públicas/privadas, Administraciones públicas u organismos dependientes, etc.

Para el desarrollo de las prácticas externas, la Universidad de La Laguna mantiene los convenios necesarios realizados con las empresas, organismos e instituciones en las que se considera que el alumnado puede adquirir las competencias profesionales adecuadas al título y que responden a los perfiles profesionales definidos en la Memoria.

Requisitos generales para la realización de las Prácticas Externas

Para la realización de las prácticas externas, el alumnado deberá cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Estar matriculado en el título y en la asignatura de Prácticas Externas de su plan de estudios.
  • No mantener ninguna relación contractual con la empresa, institución o entidad, salvo los casos descritos en la normativa aplicable.
  • Cualquier otro requisito académico establecido por el título en su Memoria de Verificación/Modificación y en la guía docente de la asignatura.

El título cuenta con las estructuras y mecanismos de organización, gestión, evaluación y seguimiento de las prácticas externas, que se concretan en: la Comisión Académica del Master (CAM), la Coordinación de Prácticas Externas, los tutores académicos y tutores Externos. A nivel título, es el Coordinador de Prácticas Externas que se recoge en la Guía Docente el responsable de gestionar el desarrollo de la asignatura:

La Comisión Académica llevará a cabo la selección y asignación de tutores académicos al estudiantado. Por su parte, el/la Coordinador/a de Prácticas Externas de la titulación, junto con los tutores académicos, es el encargado de acordar con los tutores externos de las entidades el número de estudiantes que admite, la temporalidad y las actividades a realizar por los estudiantes.

Para la evaluación de esta actividad el estudiante deberá elaborar una memoria de las actividades desarrolladas en el centro de prácticas, de la que se valorará la calidad y corrección de expresión acerca del contenido, así como su presentación y defensa.

La normativa universitaria general, nacional, autonómica y propia de la ULL, por la que se rige las prácticas externas en las titulaciones oficiales de la ULL es la siguiente:

  • Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio de 2014)
  • D. 168/2008, de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Master y Doctorado de la Comunidad Autónoma Canaria
  • Acuerdo 6/CG de 20 de diciembre de 2017 del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna por el que se aprueba el Reglamento de Prácticas Externas de la Universidad de La Laguna.
  • Reglamento de tutores externos de prácticas de la Universidad de La Laguna (BOC, 19 de octubre de 2011).