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Crue Universidades Españolas lamenta que el Gobierno legisle las prácticas externas sin hablar con las universidades

martes 08 de enero de 2019 - 10:44 GMT+0000

El Real Decreto–ley 28/2018 (BOE de 29 de diciembre) para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo incluye, en su Disposición Adicional Quinta, de forma sorpresiva y sin consulta previa a las universidades, la obligatoriedad de incorporar al régimen general de la Seguridad Social a los estudiantes que realizan sus prácticas académicas externas.

Crue Universidades Españolas celebra el reconocimiento del valor de las prácticas académicas y que éstas computen a los estudiantes como período de cotización a la Seguridad Social, pero quiere mostrar su gran preocupación por las posibles repercusiones de esta disposición, así como su malestar por no haber tenido conocimiento de la misma previo a su publicación en el BOE. Crue encuentra problemas importantes en el Real Decreto–ley, tanto en la concepción de lo que son las prácticas, como en su aplicación concreta, fundamentalmente en lo referido a quién y cómo debe hacerse cargo de las cotizaciones correspondientes, lo que puede acarrear serias dificultades tanto para los estudiantes, que vean mermada su oferta de prácticas, como para las universidades. Por ello, Crue solicita al Gobierno la apertura de una mesa de diálogo con las universidades para abordar el desarrollo normativo previsto en la propia disposición mencionada.

Hasta ahora, la inclusión de las prácticas académicas externas en la Seguridad Social quedaba organizada de la siguiente manera:

El Real Decreto–ley 28/2018 trata por igual las prácticas curriculares y las extracurriculares, olvidando que ambas tienen un carácter radicalmente distinto, sean o no remuneradas. Las prácticas curriculares forman parte de los planes de estudios universitarios como una asignatura más: se trata, por tanto, de una actividad académica obligatoria para los estudiantes matriculados en ella, a diferencia de las prácticas extracurriculares que tienen carácter voluntario. Con la aprobación del Real Decreto–ley 28/2018, la organización de las prácticas académicas externas quedaría configurada de este modo:

El Real Decreto–ley 28/2018 trata por igual las prácticas curriculares y las extracurriculares, olvidando que ambas tienen un carácter radicalmente distinto, sean o no remuneradas. Las prácticas curriculares forman parte de los planes de estudios universitarios como una asignatura más: se trata, por tanto, de una actividad académica obligatoria para los estudiantes matriculados en ella, a diferencia de las prácticas extracurriculares que tienen carácter voluntario. Con la aprobación del Real Decreto–ley 28/2018, la organización de las prácticas académicas externas quedaría configurada de este modo:

Crue Universidades Españolas advierte de que una aplicación indiscriminada del Real Decreto–ley 28/2018 puede suponer la disminución del número de prácticas ofertadas por las empresas e instituciones, la discriminación en la formación de estudiantes de títulos profesionalizantes y no profesionalizantes, y una importante carga de gestión añadida en los servicios de prácticas de las universidades. La obligatoriedad de cotización a la Seguridad Social de las prácticas curriculares podría, asimismo, acarrear un grave problema económico, difícilmente asumible para las universidades, que se añadiría al actual déficit estructural de la financiación universitaria. Crue recuerda que las universidades ya dedican más de 100 millones de euros de sus propios presupuestos para ayudar a estudiantes con problemas económicos. Finalmente, la norma no contempla las prácticas académicas externas de los estudios de formación permanente de las universidades, que cada vez cobran mayor importancia.

Por todo ello, Crue Universidades Españolas reclama al Gobierno la apertura de una mesa de diálogo en la que se aborde: a) la diferencia entre las prácticas curriculares y extracurriculares; b) que se mantenga la bonificación del 100% para las prácticas curriculares remuneradas y su extensión para las prácticas no remuneradas tanto curriculares como extracurriculares; c) el tratamiento a las prácticas de los estudios de formación permanente; y d) el establecimiento de un procedimiento de alta simplificado y automatizado a la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas con bonificación, con el objetivo de facilitar la nueva gestión que habrán de asumir las universidades y las entidades colaboradoras.

Por último, Crue pide la incorporación urgente de personal experto en gestión laboral a los servicios universitarios de empleo y prácticas, de acuerdo a lo previsto en el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021, con el fin de apoyar la gestión administrativa que supondrá la adaptación al nuevo Real Decreto Ley.

(Nota cedida por Crue Universidades Españolas)


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