LA RESPONSABILIDAD DE LAS PLATAFORMAS DE ECONOMÍA COLABORATIVA A LA LUZ DE LA LEY 34/2002 DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

  • NORA RODRIGUEZ GARCIA ESTUDIANTE DOCTORADO

Resumen

Las plataformas de economía colaborativa juegan hoy un papel fundamental en el desarrollo de las relaciones inter partes y con el nacimiento de este modelo de intercambio se generan una serie de cuestiones jurídicas que el legislador nacional e internacional ha preferido abordar de manera cautelosa. La sentencia del TJUE de 13 de mayo de 2014 (C‑131/12, ECLI:EU:C:2014:317) sobre Derecho al Olvido reabre el debate en torno a la responsabilidad de los intermediarios, ya que la inexistencia de una legislación internacional que abarque esta casuística implica que se deba resolver mediante normas de Derecho Internacional Privado para subsumirse en la legislación interna de cada país, aunque existen unos regímenes “generales” de responsabilidad contractual y extracontractual, los cuales serán objeto de estudio de este artículo.

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Publicado
2021-02-16
Sección
Artículos